Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Piornal. (BOP-2020-2201)
BOP-2020-2201 Aprobación definitiva Ordenanza municipal del uso y tenencias de perros y animales domésticos.
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disposición municipal a efectos de su entrega en adopción o cualquier otra actuación a criterio
veterinario.
4. La incautación y retención del animal tendrá carácter preventivo hasta la resolución del
expediente sancionador, a la vista de la cual se devolverá a la persona propietaria, o bien
quedará bajo la custodia de la administración competente para su entrega en adopción o
cualquier otra actuación a criterio veterinario.
Capítulo VIII.- Inspecciones municipales.
Artículo 28. Inspección.
Los servicios municipales competentes, adscritos a la oficina municipal de censo y protección
animal, ejercerán las funciones de inspección y velarán por el cumplimiento de lo establecido
en esta Ordenanza. El personal de los servicios municipales competentes debidamente
acreditado y en ejercicio de sus funciones está autorizado para:
a) Recabar información verbal o escrita respecto a los hechos o circunstancias objeto de
actuación.
b) Realizar las comprobaciones y actuaciones precisas para el desarrollo de su labor.
c) Solicitar colaboración ciudadana.
Artículo 29. Medidas cautelares. Los servicios municipales competentes adscritos a la oficina
municipal de censo y protección animal de forma motivada podrán proponer y adoptar las
medidas cautelares necesarias cuando así lo estimen conveniente por razones de garantizar la
seguridad ciudadana, la higiene y la protección de la salud pública así como el bienestar
animal.
TÍTULO IV. ESTABLECIMIENTOS PARA EL FOMENTO Y CUIDADO DE ANIMALES DE
COMPAÑÍA.
Artículo 30. Definición.
1. Se entiende por establecimientos para el fomento y cuidado de los animales de compañía,
los que tienen por objeto la producción, tratamiento, alojamiento temporal o permanente y la
venta de dichos animales incluyendo los criaderos, las residencias, los centros para el
tratamiento higiénico o sanitario y las tiendas de animales.
2. A efecto de la presente Ordenanza, se incluyen aquellas otras entidades afines no
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BOP-2020-2201
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http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de junio de 2020
N.º 0123
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