Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Piornal. (BOP-2020-2201)
BOP-2020-2201 Aprobación definitiva Ordenanza municipal del uso y tenencias de perros y animales domésticos.
40 páginas totales
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9. Designación del veterinario que realizará la apreciación de la potencial peligrosidad en
el supuesto contemplado en el artículo 2.3 del Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo,
por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico
de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
10. Emisión de la autorización que establece el artículo 5.2 para la tenencia en viviendas
particulares de más de cinco animales simultáneamente.
11. Coordinación con el resto de servicios municipales en relación a acciones de
concienciación.
12. Potenciar la relación con el Área de Protección Animal de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y otros organismos oficiales.
13. Elaboración/modificación de propuestas de Ordenanzas y de otros textos legales.
14. Gestión de las reclamaciones y quejas de la ciudadanía relacionadas con la
protección animal, con la correspondiente apertura de expediente administrativo, así
como la realización de inspecciones ante la sospecha de maltrato o incumplimiento de la
normativa.
15. Gestión de infraestructuras municipales de uso por los animales y propietarios/as de
los mismos: Saneamientos caninos, parques de perros y centro de recogida de
animales.
16. Diseño y desarrollo de campañas informativas sobre identificación animal y
convivencia responsable con animales de compañía.
17. Promover el sacrificio cero en el centro de recogida de animales.
18. Facilitar la labor social de asociaciones, instituciones y otras entidades no
relacionadas con la protección animal que para llevar a cabo sus funciones que precisen
de la colaboración de esta oficina (de mayores, de apoyo comunitario, de educación
especial…).
19. Colaboración con las entidades de protección animal y otras asociaciones, así como
promover convenios de colaboración con las mismas y actuaciones comunes.
20. Facilitar y colaborar en la campaña oficial de vacunación antirrábica e identificación
animal.
CVE:
BOP-2020-2201
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de junio de 2020
N.º 0123
Pág. 8002
el supuesto contemplado en el artículo 2.3 del Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo,
por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico
de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
10. Emisión de la autorización que establece el artículo 5.2 para la tenencia en viviendas
particulares de más de cinco animales simultáneamente.
11. Coordinación con el resto de servicios municipales en relación a acciones de
concienciación.
12. Potenciar la relación con el Área de Protección Animal de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y otros organismos oficiales.
13. Elaboración/modificación de propuestas de Ordenanzas y de otros textos legales.
14. Gestión de las reclamaciones y quejas de la ciudadanía relacionadas con la
protección animal, con la correspondiente apertura de expediente administrativo, así
como la realización de inspecciones ante la sospecha de maltrato o incumplimiento de la
normativa.
15. Gestión de infraestructuras municipales de uso por los animales y propietarios/as de
los mismos: Saneamientos caninos, parques de perros y centro de recogida de
animales.
16. Diseño y desarrollo de campañas informativas sobre identificación animal y
convivencia responsable con animales de compañía.
17. Promover el sacrificio cero en el centro de recogida de animales.
18. Facilitar la labor social de asociaciones, instituciones y otras entidades no
relacionadas con la protección animal que para llevar a cabo sus funciones que precisen
de la colaboración de esta oficina (de mayores, de apoyo comunitario, de educación
especial…).
19. Colaboración con las entidades de protección animal y otras asociaciones, así como
promover convenios de colaboración con las mismas y actuaciones comunes.
20. Facilitar y colaborar en la campaña oficial de vacunación antirrábica e identificación
animal.
CVE:
BOP-2020-2201
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de junio de 2020
N.º 0123
Pág. 8002