Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03211/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del programa colaborativo rural "Parque Verde"
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Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

Anuncio 3211/2025

Atendiendo a la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, (ley antitabaco), no se permitirá fumar en el lugar de trabajo, en las aulas o
en los espacios asociados al plan formativo laboral.
El uso del móvil en las horas de clase estará limitado a la mínima expresión y desaconsejado en las actividades formativas
donde se utilice maquinaria y/o herramienta alguna, aplicándose la sanción correspondiente según recoge el presente
Reglamento de Régimen Interno.
Derechos y deberes
Derechos:
1.- Al respeto a su conciencia cívica y moral y a su dignidad personal.
2.- A no ser discriminado por razones de sexo, estado civil, edad (dentro de los límites que establece la
normativa que regula el programa), raza, condición social, ideas religiosas o políticas, afiliación o no a un
sindicato, así como por razón de lengua.
3.- A su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene.
4.- A la utilización de las instalaciones y medios de que dispone el centro.
5.- A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Además, los beneficiarios del programa tendrán derecho a:
1.- Recibir formación ocupacional específica y gratuita, adaptada a sus necesidades y posibilidades
personales.
2.- Participar en el proyecto a través de los representantes elegidos, o mediante aquellos cauces que para tal
fin se dispongan.
3.- Recibir de forma periódica información y orientación sobre su rendimiento.
Deberes:
1.- Respetar la dignidad y el trabajo de las personas relacionadas con el proyecto, tanto directa como
indirectamente.
2.- Cumplir con las obligaciones derivadas del puesto de trabajo.
3.- Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
4.- Cumplir las órdenes e instrucciones impartidas por los superiores en el ejercicio de sus funciones.
5.- Cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo
Además, los beneficiarios del programa quedarán obligados a:
1.- Cumplir con las obligaciones derivadas del plan formativo y ejecutar de forma responsable las tareas que
se contemplan en el mismo.
2.- Participar activamente en la vida y funcionamiento del centro.
3.- Respetar las instalaciones y medios puestos a su disposición.
Faltas y sanciones faltas
Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves.
Faltas leves.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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