Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03207/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento interno de las instalaciones deportivas
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Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra

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Entrenamientos de dichas entidades.
Otros usos deportivos.
Artículo 8. Mantenimiento de las instalaciones deportivas.
El Ayuntamiento, a través de la Concejalía de Deportes, velará por el mantenimiento y conservación adecuados del conjunto
de bienes de diferentes tipos, con tal de prestar el servicio público al que están destinados durante la vida útil del edificio o
instalación.
La utilización de las instalaciones deportivas municipales exige una actitud positiva en general y siempre deportiva en todos
los espacios y dependencias de las mismas, así como el respeto hacia los demás usuarios, espectadores y personal de la
instalación.
Para hacer uso de cualquiera de las instalaciones y espacios deportivos es imprescindible el adecuado atuendo y, sobre
todo, calzado acorde con las diferentes modalidades deportivas. La no observancia de estos aspectos acarreará la adopción
de las medidas que correspondan.
Artículo 9. Restricción a las instalaciones deportivas.
El Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra, a través de los responsables y el personal de servicio en las instalaciones, tiene
facultad para negar el acceso y/o expulsar a aquellas personas que incumplan de forma reiterada alguna de las normas
contenidas en este Reglamento (o normativa legal aplicable), o cuyas acciones pongan en peligro la seguridad y tranquilidad
de los usuarios.
El incumplimiento de las normas de uso de la instalación, así como la falta de respeto reiterada hacia otros usuarios o
personal de la instalación, podrá llevar consigo la restricción temporal o anulación de concesión de uso de dicha instalación.
Artículo 10. Cierre temporal de las instalaciones.
El Ayuntamiento se reserva la facultad de cerrar temporalmente las instalaciones por limpieza, obras, programaciones
propias, competiciones, partidos, cursos u otros eventos que estime oportunos, avisando a los usuarios de dicho cierre
momentáneo.
Artículo 11. Responsabilidad por el uso de las instalaciones.
- El Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra no será responsable de las lesiones que pueda sufrir el usuario,
salvo que deriven de un mal estado de la instalación o de los bienes adscritos a la misma, conforme a la
normativa general sobre responsabilidad de las administraciones públicas.
- En todo caso, el Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra no será responsable ante el usuario en caso de
accidentes o desperfectos derivados del incumplimiento por parte de éste, de las presentes normas, de un
comportamiento negligente de otro usuario o un mal uso de las instalaciones, equipamientos y servicios.
- La responsabilidad por actos cometidos por los menores, cuando puedan acceder a las instalaciones
deportivas municipales, corresponderá a éstos, de conformidad con las disposiciones que regulan este tipo de
responsabilidad en el Código Civil y en el Código Penal.
Título tercero. Del uso y solicitud de las instalaciones deportivas
Artículo 12. Usos.
Tienen consideración de usos, actividades o actos ordinarios:
La utilización puntual y aislada de una instalación o espacio deportivo para su uso específico, previo pago del precio
de la misma cuando corresponda, bien individual o colectivamente.
El uso colectivo puntual, de temporada o anual de una instalación o espacio deportivo para su uso específico previo
pago de la tasa que corresponda en su caso.
El uso deportivo puntual, de temporada o anual de una instalación o espacio deportivo para una modalidad diferente
de la específica pero perfectamente compatible y autorizadas, acogiéndose, si corresponde, a las condiciones de
pago establecidas.
La utilización puntual, temporal o anual de una instalación o espacio deportivo para una modalidad diferente de la
específica pero perfectamente compatible por su afinidad, en las condiciones autorizadas por el órgano competente.
Tienen consideración de usos, actividades o actos extraordinarios:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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