Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talavera la Real. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (03190/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de las instalaciones deportivas del Ayuntamiento de Talavera la Real
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Ayuntamiento de Talavera la Real

Anuncio 3190/2025

cualquiera de las instalaciones deportivas. Dicho cumplimiento será exigido por el personal encargado de las
instalaciones, como responsable de cumplir y hacer cumplir directamente las disposiciones vigentes.
- Los usuarios mantendrán en todo momento actitud de consideración y respeto hacia el resto de usuarios,
espectadores y al personal encargado de las instalaciones. En su relación con estos últimos, estarán obligados
al cumplimiento de cuantas instrucciones u observaciones reciban sobre el buen orden y funcionamiento de
las instalaciones, y sobre la disposición y utilización de materiales y dotaciones.
- Identificarse antes de acceder a las instalaciones deportivas y siempre que, estando dentro de éstas, le sea
solicitado por el personal al cuidado de las instalaciones, además de mostrar el recibo de reserva de
instalación, siempre que les sea solicitado por el mismo.
- El usuario deberá usar la ropa adecuada al deporte que practique, con especial atención al calzado, que
deberá poseer una suela determinada acorde al tipo de pavimento de la instalación respectiva.
- Abandonar las instalaciones en el horario establecido por el Ayuntamiento respetando los horarios de
ocupación de las instalaciones programados.
- Los usuarios deberán dejar las instalaciones utilizadas en perfecto estado para el uso siguiente.
- Los usuarios deben ayudar a mantener las instalaciones deportivas municipales limpias, utilizando las
papeleras y recipientes higiénicos repartidos por las dependencias deportivas. Deberán respetar el mobiliario,
material deportivo, bancos, jardines, arbolado, etc.
- Por otra parte, asumirán responsabilidad directa y plena por los daños y perjuicios que se produzcan en las
instalaciones durante la utilización de las mismas, así como los ocasionados en las demás dependencias de la
instalación y los sufridos por personas físicas como consecuencia de la actividad realizada.
- Comunicar a los empleados de las instalaciones las anomalías de funcionamiento, roturas, deficiencias o
incumplimiento de lo dispuesto en el presente Reglamento.
- En las actividades deportivas fuera del marco de la Escuela Municipal de Deportes, la seguridad de los
menores de edad es responsabilidad única de los padres, madres o de las personas adultas que los
acompañen o de la entidad, club o asociación deportiva a la cuál se han cedido las instalaciones, quienes
también se harán responsables en caso de incumplimiento por aquellos de las normas de funcionamiento de
las instalaciones deportivas municipales.
- El Ayuntamiento de Talavera la Real no se hará responsable ante las personas usuarias en caso de
accidentes que puedan sufrir éstas derivados de su propio incumplimiento de las presentes normas o de una
inadecuada o imprudente utilización de las instalaciones deportivas, ni de los prejuicios económicos que se
deriven de las mismas.
- El Ayuntamiento recomienda a los usuarios someterse a un reconocimiento médico previo antes de iniciar
cualquier actividad programada, reservándose el derecho de exigirlo si lo estimase conveniente.
- El incumplimiento de las presentes normas, así como los actos de vandalismo y mal comportamiento,
podrán dar lugar a las sanciones previstas en este Reglamento.
- En caso de personas usuarias pertenecientes a clubs, entidades deportivas privadas u otras, éstos serán
responsables subsidiarios del comportamiento de sus miembros en actividades organizadas por ellos
mismos.
- Los padres y madres o acompañantes de los usuarios infantiles esperarán a los niños en las zonas
destinadas a tal fin. El Ayuntamiento no se hace responsable de lo/as alumno/as una vez haya finalizado la
actividad. El acceso a las instalaciones deportivas municipales, así como la inscripción en cualquiera de los
servicios deportivos ofertados, supone la aceptación de las normas contenidas en este Reglamento.
Artículo 32. Obligaciones del Ayuntamiento.
El Ayuntamiento deberá cumplir con los deberes y obligaciones siguientes:
- Mantener las instalaciones deportivas en buen estado de conservación y limpieza.
- Tratar a los usuarios con respeto y consideración.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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