Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio (Badajoz). (03113/2025)
Convocatoria y bases del proceso selectivo para la provisión de una plaza de Trabajador/a Social, mediante la suscripción de un contrato de relevo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Montijo
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Este ejercicio se calificará con un máximo de 10 puntos, siendo necesario para superarlo y pasar al ejercicio
siguiente obtener un mínimo de 5 puntos.
El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de 90 minutos.
Segunda prueba:
Consistirá en la realización de un supuesto práctico en tiempo y forma a determinar por Tribunal, en el que
deberán acreditarse los conocimientos que se posean en referencia al programa anexo y a la plaza objeto de
la convocatoria.
Este ejercicio se valorará con un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para
superarlo.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único y deberán ir provistos de DNI y bolígrafo. Quedarán
decaídos en su derecho cuando no se personen en los lugares de celebración una vez iniciada la prueba o por
la inasistencia a esta, no obstante, aquellos aspirantes no presentados en el momento previsto, en el
supuesto de caso fortuito o fuerza mayor, cuando esté debidamente justificado y así lo aprecie el Tribunal,
podrán ser admitidos, siempre y cuando estas no hayan finalizado, y dicha admisión no menoscabe el
principio de igualdad con el resto de aspirantes.
El orden de actuación de los aspirantes, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse de forma conjunta, se
iniciará por orden alfabético, salvo que el Tribunal decida otro más conveniente. El Tribunal, salvo razones
que justifiquen lo contrario, podrá adoptar las medidas oportunas para que los ejercicios escritos sean
corregidos sin conocer la identidad del aspirante.
Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal o del órgano
convocante, que alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la
convocatoria, o bien, que se han producido variaciones de las circunstancias alegadas en la solicitud, se
iniciará expediente de comprobación acerca del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al
interesado. El órgano convocante, de forma motivada, podrá en su caso, declarar decaído en su derecho al
interesado.
El órgano de selección podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento para que acrediten su
personalidad, a cuyo fin deberán acudir provistos del DNI o, en defecto de éste, de otro documento oficial que
acredite su identidad.
8.3.- Calificación definitiva.
La calificación definitiva del proceso selectivo se obtendrá por la suma de ambas fases (concurso y oposición)
hasta un máximo de 30 puntos.
Los empates se resolverán atendiendo en primer lugar a la mejor puntuación obtenida en la fase de
oposición, de mantenerse el empate, en segundo lugar, a la mejor puntuación en la fase de concurso, de
persistir, como último recurso se procederá a sorteo público.
Novena.- Lista de aprobados.
El Tribunal publicará la relación de aspirantes con la puntuación obtenida en cada fase del presente proceso en la sede
electrónica (https://montijo.sedelectronica.es/board), concediéndose un plazo de cinco días hábiles para formular las
reclamaciones y/o alegaciones que estimen oportunas, la calificación definitiva contará con la propuesta de contratación en
favor del aspirante con mayor puntuación.
De acuerdo con esta lista, se elevará así mismo, propuesta para constituir una bolsa con los aspirantes que hayan superado
el proceso, para cubrir futuras necesidades, con las siguientes normas de funcionamiento:
La renuncia a un puesto de trabajo ofertado supondrá el pase del aspirante al último lugar de la lista de espera, salvo que
concurra una de las siguientes circunstancias:
- Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.
- Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acredite debidamente.
- Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Este ejercicio se calificará con un máximo de 10 puntos, siendo necesario para superarlo y pasar al ejercicio
siguiente obtener un mínimo de 5 puntos.
El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de 90 minutos.
Segunda prueba:
Consistirá en la realización de un supuesto práctico en tiempo y forma a determinar por Tribunal, en el que
deberán acreditarse los conocimientos que se posean en referencia al programa anexo y a la plaza objeto de
la convocatoria.
Este ejercicio se valorará con un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para
superarlo.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único y deberán ir provistos de DNI y bolígrafo. Quedarán
decaídos en su derecho cuando no se personen en los lugares de celebración una vez iniciada la prueba o por
la inasistencia a esta, no obstante, aquellos aspirantes no presentados en el momento previsto, en el
supuesto de caso fortuito o fuerza mayor, cuando esté debidamente justificado y así lo aprecie el Tribunal,
podrán ser admitidos, siempre y cuando estas no hayan finalizado, y dicha admisión no menoscabe el
principio de igualdad con el resto de aspirantes.
El orden de actuación de los aspirantes, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse de forma conjunta, se
iniciará por orden alfabético, salvo que el Tribunal decida otro más conveniente. El Tribunal, salvo razones
que justifiquen lo contrario, podrá adoptar las medidas oportunas para que los ejercicios escritos sean
corregidos sin conocer la identidad del aspirante.
Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal o del órgano
convocante, que alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la
convocatoria, o bien, que se han producido variaciones de las circunstancias alegadas en la solicitud, se
iniciará expediente de comprobación acerca del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al
interesado. El órgano convocante, de forma motivada, podrá en su caso, declarar decaído en su derecho al
interesado.
El órgano de selección podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento para que acrediten su
personalidad, a cuyo fin deberán acudir provistos del DNI o, en defecto de éste, de otro documento oficial que
acredite su identidad.
8.3.- Calificación definitiva.
La calificación definitiva del proceso selectivo se obtendrá por la suma de ambas fases (concurso y oposición)
hasta un máximo de 30 puntos.
Los empates se resolverán atendiendo en primer lugar a la mejor puntuación obtenida en la fase de
oposición, de mantenerse el empate, en segundo lugar, a la mejor puntuación en la fase de concurso, de
persistir, como último recurso se procederá a sorteo público.
Novena.- Lista de aprobados.
El Tribunal publicará la relación de aspirantes con la puntuación obtenida en cada fase del presente proceso en la sede
electrónica (https://montijo.sedelectronica.es/board), concediéndose un plazo de cinco días hábiles para formular las
reclamaciones y/o alegaciones que estimen oportunas, la calificación definitiva contará con la propuesta de contratación en
favor del aspirante con mayor puntuación.
De acuerdo con esta lista, se elevará así mismo, propuesta para constituir una bolsa con los aspirantes que hayan superado
el proceso, para cubrir futuras necesidades, con las siguientes normas de funcionamiento:
La renuncia a un puesto de trabajo ofertado supondrá el pase del aspirante al último lugar de la lista de espera, salvo que
concurra una de las siguientes circunstancias:
- Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.
- Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acredite debidamente.
- Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
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