Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio (Badajoz). (03113/2025)
Convocatoria y bases del proceso selectivo para la provisión de una plaza de Trabajador/a Social, mediante la suscripción de un contrato de relevo
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Ayuntamiento de Montijo

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Para poder tomar en el proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir, siempre a fecha de terminación del plazo de
presentación de instancias, ostentarlos durante el proceso selectivo y hasta el momento en su caso de la formalización del
contrato, los siguientes requisitos:
a) Ser ciudadano de la Unión Europea o tener residencia legal en España (artículos 57.4 TREBEP y 90.4 LFPEX).
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para
ejercer funciones similares a las que pretende acceder. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Así mismo no estar incluido en
ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
e) Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
Diplomatura, grado en Trabajo Social o equivalentes.
En el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado expedido por
órgano competente en la materia, que acredite la citada equivalencia.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su
homologación o convalidación en su caso. Este requisito no será de aplicación a los/as aspirantes que
hubieran obtenido reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas,
al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
f) Certificación negativa del Registro central de delincuentes sexuales. (Este requisito deberá acreditarse en el
momento de la contratación).
Cuarta.- Solicitudes y publicaciones.
4.1.- Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo, deberán estar debidamente cumplimentadas.
Los aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos o en disposición de
obtenerlos, referidos al día en que concluya el plazo de su presentación.
Se ajustarán al modelo anexo II a las presentes bases, y se presentarán en el Registro general del Ayuntamiento o en los
lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, dentro
del plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOP de
Badajoz.
Para el resto de trámites derivados el desarrollo de la presente convocatoria, regirá el cómputo de plazos emanado de la
publicación oficial de los distintos anuncios en la sede electrónica municipal (https://montijo.sedelectronica.es/board),
exponiéndose así mismo en el tablón de anuncios físico de la Casa Consistorial.
4.2.- Junto con la instancia se aportará, copia auténtica del DNI, y de la titulación exigida y justificante del abono de las tasas.
El justificante del abono de los derechos de examen que asciende a 30,00 €, a hacer efectiva mediante ingreso en la cuenta
dispuesta en la entidad Unicaja Banco SA, IBAN: ES20 2103 7118 9100 3000 8432. Sin perjuicio de las bonificaciones
establecidas en el artículo 6.3. de la Ordenanza municipal fiscal reguladora de la tasa por concurrencia a pruebas selectivas,
que deberán acreditarse obligatoriamente. En ningún caso la presentación y pago de la tasa supondrá sustitución del
trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud, considerándose así mismo la falta del justificante de su abono,
motivo no subsanable de exclusión del aspirante al proceso selectivo.
Así mismo, deberá presentarse, en su caso, relación de méritos, adjuntando la documentación necesaria para su
comprobación, debidamente ordenada en original o copia auténtica.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados junto con la instancia o no acreditados documentalmente en plazo.
Los aspirantes, por el hecho de participar en las pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y a las
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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