Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (03016/2025)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas al fomento del turismo en entornos acuáticos, 2025
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo

Anuncio 3016/2025

factura, importes totales, e importes financiados con la subvención de Diputación.
Relación de obligaciones reconocidas netas contabilizadas en el presupuesto de la
entidad con cargo a fondos propios u otras subvenciones o recursos, con indicación de
la aplicación presupuestaria, números de operación, fecha de emisión de la factura,
fecha de pago de la factura, importes totales, importes financiados con otras
aportaciones, subvenciones o recursos, e indicación de la entidad financiadora de éstos.
Que todos los gastos relacionados fueron devengados durante el periodo de ejecución
establecido, y efectivamente pagados antes de que finalice el periodo de justificación
establecido. Asimismo, que han sido consideradas, a efectos de justificación, todas las
limitaciones establecidas en las bases de la convocatoria a los gastos justificables y a sus
correspondientes pagos.
Una relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada, con indicación del importe y su procedencia.
Que el importe de la subvención concedida, por sí sola o en concurrencia con otras
subvenciones concedidas por agentes financiadores, no excede del importe total de la
actividad o proyecto subvencionado.
En su caso, justificante de pago del reintegro en el supuesto de remanentes no
aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
El modelo de cuenta justificativa (anexo IV) se encuentran disponibles para su descarga en los siguientes
enlaces Web:
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
D.2.2.- Carta de pago, expedida por la entidad, indicativa de la contabilización del ingreso de
Diputación en los correspondientes presupuestos.
La Intervención Provincial, podrá realizar mediante técnicas de muestreo, el control financiero
de las subvenciones otorgadas, en los términos y condiciones a las que se refiere el Título III de
la Ley de Subvenciones, y del resultado del mismo podrá derivarse la apertura de expedientes
de reintegro, en su caso.
E. Formato. Tanto el informe técnico o memoria del proyecto, las facturas y los documentos justificativos del
pago, así como el informe económico se entregarán en formato digital, sin perjuicio que los documentos
originales estén disponibles para cualquier control o requerimiento que se pueda realizar por el órgano
concedente o la Intervención Provincial.
F. Prórroga de la Justificación. Si por alguna circunstancia excepcional, no pudiera acreditarse a tiempo la
justificación, el beneficiario deberá solicitar una autorización de prorroga, en la que se motiven y acrediten las
circunstancias ante el órgano concederte de la subvención.
La Diputación podrá conceder una ampliación del plazo de justificación que no excederá de la mitad del plazo
para presentar la justificación si lo considera conveniente para el interés publico y no se perjudican derechos
de tercero, y siempre que esta solicitud de prorroga se formule antes de las fechas indicadas para la
finalización de la justificación. Su concesión no implica en absoluto la ampliación del plazo de ejecución, en
ningún caso posterior al 31 de diciembre de 2025, siendo causa de reintegro total, sin que quepa aplicar el
principio de proporcionalidad ante el incumplimiento de dicho plazo.
La solicitud de prórroga debe tramitarse a través de la sede electrónica, seleccionando la Delegación del Área
de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo y, dentro de ella, el tramite de "Solicitud de Prorroga de
Justificación de subvención", solo disponible para su cumplimentación directa en la sede .
G. Requerimiento de justificación.
Transcurrido el plazo de justificación, sin haberse presentado la misma, el órgano administrativo competente
requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de 15 días sea presentada. La falta de
presentación de la justificación en este plazo llevara consigo la exigencia del reintegro y demás
responsabilidades establecidas en la LGS.
H. Requerimiento de subsanación de la documentación justificativa.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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