Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (03016/2025)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas al fomento del turismo en entornos acuáticos, 2025
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo

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los cuales se otorgó.
Tal consideración merecerá las pequeñas desviaciones en la tipología de los gastos
presentados en la justificación económica respecto de los considerados inicialmente en el
presupuesto de la solicitud, cuando puedan ser considerados subvencionables conforme a lo
establecido en la base 5, guarden proporcionalidad con estos y no supongan modificación de
los objetivos del proyecto.
También incluirá información de todo el material documental (gráfico, digital o audiovisual) a
que haya dado lugar la realización del proyecto, destacando dónde han hecho constar la
colaboración de la Diputación de Badajoz y su imagen corporativa, según establece el apartado
d) de la base 9 de la convocatoria.
La exigencia sobre la obligación de difundir que la actividad ha sido subvencionada por esta
Diputación, está referida a que el beneficiario debe hacer mención a esta colaboración a través
de las diferentes notas de prensa que pudiera publicar, contenidos disponibles en páginas web,
entrevistas que les realicen, foros a los que asistan, videos que editen, cartelería u otros
similares donde difundan la actividad subvencionada, haciendo constar siempre la imagen
corporativa de esta Diputación.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades
realizadas, mediante la presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por
fotografías, vídeos u otros soportes digitales con un tamaño superior al permitido por la sede
electrónica solicitará al correo ofsubvenciones@dipbadajoz.es, la autorización para el acceso a
la plataforma de intercambio de documentación MERCURIO para su aportación.
No se admitirá la aportación física de esta documentación.
Asimismo, informará a la Diputación sobre la concesión al proyecto subvencionado, en su caso,
de otras subvenciones por parte de cualquier otra institución pública o privada. En el supuesto
de que con ellas se supere el coste total del proyecto, la entidad beneficiaria está obligada a
reintegrar dicho sobrante a la Diputación de Badajoz, en el exceso que corresponda a
Diputación conforme a la proporción que suponga la subvención concedida respecto del coste
total del proyecto u actividad subvencionada.
C.2.- Anexo VIII de indicadores de resultado y actividad establecidos en la base 12 de la
convocatoria.
D. Justificación económica. Se deberá presentar la siguiente documentación:
D.1.- Importe a justificar.
Como regla general, el importe a justificar es aquel que resulte en la resolución de concesión.
Sin embargo, cuando las actividades hayan sido cofinanciadas, además de con la subvención
relativa a esta convocatoria, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá
acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las
actividades subvencionadas.
De no justificarse así, la Diputación exigirá el reintegro por el porcentaje correspondiente al
importe no justificado.
D.2. Documentación a aportar
D.2.1.- Certificado expedido por el Secretario/a o Secretario-Interventor/a y V.º B.º del
Presidente de la entidad, conforme al modelo de anexo de cuenta justificativa para
ayuntamientos y entidades locales menores (anexo IV) , en el que se hace constar:
Que de acuerdo con el artículo 4 del RD 128/2018 de 16 de los gastos responden
indubitadamente a la naturaleza de la misma, obrando los justificantes en poder de esta
entidad local.
Relación de obligaciones reconocidas netas contabilizadas en el presupuesto de la
entidad con cargo a la subvención de Diputación, con indicación de la aplicación
presupuestaria, números de operación, fecha de emisión factura, fecha de pago de la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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