Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (03066/2025)
Aprobación inicial del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural ATENEO "Orión Lumínica"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Puebla del Maestre
Anuncio 3066/2025
Cuando se alude a "deberes inexcusables de carácter público y personal", se refiere a los siguientes:
La asistencia a consulta médica, que deberá acreditarse mediante parte del facultativo en la que se hagan constar las
horas de asistencia y consulta.
El acompañamiento a consulta médica de hijos menores de edad o personas bajo su custodia legal, que deberá
acreditarse mediante parte del facultativo en la que se hagan constar las horas de citación y consulta.
La celebración de exámenes (permiso de conducir, oposiciones, exámenes de centros oficiales de formación), que
deberán acreditarse mediante permiso del órgano competente en la que se hagan constar las horas de inicio y
finalización.
La renovación del DNI o carné de conducir, que deberán acreditarse mediante las citaciones correspondientes.
La comparecencia a demanda de juzgados, que deberá acreditarse mediante la citación correspondiente.
Aquellos otros reconocidos por norma legal o convencional.
No se concederá permiso retribuido para la realización de cualesquiera actividades anteriores cuando puedan llevarse a
cabo en horario distinto de la jornada de trabajo.
Días de libre disposición:
Los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a tres días de libre disposición (asuntos propios), los cuales deberán
solicitarse por escrito, según modelo facilitado por la coordinación del proyecto y en ningún caso podrán acumularse a
periodos vacacionales.
La dirección podrá denegar su concesión cuando se acumulen para una misma jornada peticiones que superen el 30% de la
plantilla del taller o al entender que lesionan gravemente el funcionamiento del mismo.
IV. Derechos y deberes.
Artículo 9.- Derechos.
Los que a continuación se relacionan:
a. Respeto a la dignidad, intimidad y consideración debida de cada uno de los integrantes del proyecto
Colaborativo Rural ATENEO "Orión Lumínica", comprendida la protección frente a ofensas de naturaleza
verbal, física, ideológica, religiosa, étnica o sexual.
b. Respeto a su conciencia cívica y moral.
c. Respeto a su dignidad personal.
d. Recibir una educación integral y una formación profesional (alumnos-as/trabajadores-as) que les capacite
en el conocimiento de un oficio para su futura inserción laboral, conforme a los objetivos del proyecto y a las
necesidades y posibilidades personales de cada uno/a.
e. Utilizar con la corrección debida las instalaciones, mobiliario y material del Programa.
f. Disponer de las herramientas, equipos y utillaje adecuados para el desempeño de sus tareas conforme a las
normas de seguridad y salud laboral en el trabajo.
g. A su integridad física y a una adecuada puesta en práctica de las normas de seguridad e higiene en el
trabajo.
h. Realizar actividades culturales diversas que contribuyan a su formación integral.
i. A ser asesorados/as en la adquisición de técnicas de autoempleo y fórmulas para su inserción laboral.
j. A participar en la organización del Programa a través de la formulación de sugerencias y opiniones, bien de
forma individual o colectiva.
k. A no ser discriminados por razón de sexo, estado civil, raza, edad, condición social, ideas religiosas o
políticas, disminución física, según lo establecido en la Ley.
l. A la percepción de la remuneración legalmente establecida.
m. A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Cuando se alude a "deberes inexcusables de carácter público y personal", se refiere a los siguientes:
La asistencia a consulta médica, que deberá acreditarse mediante parte del facultativo en la que se hagan constar las
horas de asistencia y consulta.
El acompañamiento a consulta médica de hijos menores de edad o personas bajo su custodia legal, que deberá
acreditarse mediante parte del facultativo en la que se hagan constar las horas de citación y consulta.
La celebración de exámenes (permiso de conducir, oposiciones, exámenes de centros oficiales de formación), que
deberán acreditarse mediante permiso del órgano competente en la que se hagan constar las horas de inicio y
finalización.
La renovación del DNI o carné de conducir, que deberán acreditarse mediante las citaciones correspondientes.
La comparecencia a demanda de juzgados, que deberá acreditarse mediante la citación correspondiente.
Aquellos otros reconocidos por norma legal o convencional.
No se concederá permiso retribuido para la realización de cualesquiera actividades anteriores cuando puedan llevarse a
cabo en horario distinto de la jornada de trabajo.
Días de libre disposición:
Los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a tres días de libre disposición (asuntos propios), los cuales deberán
solicitarse por escrito, según modelo facilitado por la coordinación del proyecto y en ningún caso podrán acumularse a
periodos vacacionales.
La dirección podrá denegar su concesión cuando se acumulen para una misma jornada peticiones que superen el 30% de la
plantilla del taller o al entender que lesionan gravemente el funcionamiento del mismo.
IV. Derechos y deberes.
Artículo 9.- Derechos.
Los que a continuación se relacionan:
a. Respeto a la dignidad, intimidad y consideración debida de cada uno de los integrantes del proyecto
Colaborativo Rural ATENEO "Orión Lumínica", comprendida la protección frente a ofensas de naturaleza
verbal, física, ideológica, religiosa, étnica o sexual.
b. Respeto a su conciencia cívica y moral.
c. Respeto a su dignidad personal.
d. Recibir una educación integral y una formación profesional (alumnos-as/trabajadores-as) que les capacite
en el conocimiento de un oficio para su futura inserción laboral, conforme a los objetivos del proyecto y a las
necesidades y posibilidades personales de cada uno/a.
e. Utilizar con la corrección debida las instalaciones, mobiliario y material del Programa.
f. Disponer de las herramientas, equipos y utillaje adecuados para el desempeño de sus tareas conforme a las
normas de seguridad y salud laboral en el trabajo.
g. A su integridad física y a una adecuada puesta en práctica de las normas de seguridad e higiene en el
trabajo.
h. Realizar actividades culturales diversas que contribuyan a su formación integral.
i. A ser asesorados/as en la adquisición de técnicas de autoempleo y fórmulas para su inserción laboral.
j. A participar en la organización del Programa a través de la formulación de sugerencias y opiniones, bien de
forma individual o colectiva.
k. A no ser discriminados por razón de sexo, estado civil, raza, edad, condición social, ideas religiosas o
políticas, disminución física, según lo establecido en la Ley.
l. A la percepción de la remuneración legalmente establecida.
m. A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
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