Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (03066/2025)
Aprobación inicial del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural ATENEO "Orión Lumínica"
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Ayuntamiento de Puebla del Maestre

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similares con el fin de hacerlos viables.
3.1.3. Delegados/as del alumnado.
Representar a su grupo ante el equipo directivo-docente.
Cooperar con el monitor en el mantenimiento del orden en los espacios de formación y
trabajo asignados al grupo, haciéndose cada persona responsable de las tareas que le
hayan sido encomendadas.
Asistir a las reuniones que por su cargo le correspondan.
Proponer acciones y actividades al equipo técnico y docente, que convengan al
alumnado-trabajador a los que representan, por decisión consensuada de los mismos.
Informar a sus compañeros y compañeras de los aspectos relativos a cada grupo.
Elaborar, redactar y comunicar propuestas y posibles incidencias al equipo técnico por
iniciativa propia o a petición de sus compañeros y compañeras.

III. Condiciones laborales.
Artículo 4.- Normativa laboral aplicable.
Define la condición del alumnado-trabajador del Programa Colaborativo Rural ATENEO, al mantener con el Ayuntamiento de
Puebla del Maestre (entidad promotora) una relación regulada formalmente por un contrato de formación y aprendizaje.
Por lo que son considerados trabajadores, sin perder la condición, de alumno, en ningún caso.
La duración del contrato es de seis meses. Durante la duración del contrato de formación, los alumnos/trabajadores tendrán
derecho a la percepción de un salario equivalente al 75% del salario mínimo interprofesional vigente, incluida la parte
proporcional de una paga extraordinaria.
El personal docente mantiene con la entidad promotora una relación regulada formalmente por un contrato de duración
determinada con cláusula objetiva de resolución, por lo que son considerados trabajadores y trabajadoras, según
condiciones de cada contrato suscrito entre ambas partes y hasta el final del Programa.
La duración del contrato es de seis meses y 14 días.
Artículo 5.- Jornada laboral.
La jornada laboral se establece en 37,5 horas semanales, que se distribuirán de lunes a viernes en horario de 7:30 a 15:00
horas.
Este horario queda sujeto a modificaciones en días y horas según necesidades específicas de la entidad promotora.
Se considera jornada laboral tanto las horas dedicadas a la formación teórico-práctica, como las dedicadas a trabajos reales.
A la hora que mejor se adapte a las necesidades y eficacia del módulo, se establecerá a criterio del equipo docente, un
descanso de treinta minutos pasados los cuales todo el personal se incorporará a las tareas que sus monitores les indiquen.
Artículo 6.- Calendario laboral.
El Programa se regirá por el calendario laboral que anualmente elabora la administración, de tal forma que se considerarán
no laborables, además de los días considerados como tales tanto a nivel Nacional como Regional, los dos días establecidos
por la entidad promotora para el ejercicio 2025 que afecten al desarrollo del Programa.
Artículo 7.- Vacaciones.
El personal del Programa tendrá derecho a vacaciones anuales retribuidas con duración de once días hábiles.
Las vacaciones del Programa coincidirán para todo el personal perteneciente a este servicio (equipo técnico y alumnostrabajadores). El periodo de disfrute de las vacaciones anuales se fijará prioritariamente en un periodo que atienda a las
necesidades del proceso formativo y de ejecución de los proyectos de obra del Programa. Dicho periodo se determinará a
propuesta del equipo técnico y sometido a consenso por parte de todo el personal del Programa (equipo técnico y alumnostrabajadores), debiendo ser autorizado por la entidad promotora.
Artículo 8.- Permisos y licencias.
El trabajador, previo aviso y justificación, tendrá derecho al disfrute de los permisos retribuidos, recogidos en el acuerdo
regulador de los empleados públicos del Ayuntamiento de Puebla del Maestre.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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