Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (02990/2025)
Convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a entidades sin ánimo de lucro para la adquisición de vehículos nuevos adaptados para transporte de personas con movilidad reducida
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo
Anuncio 2990/2025
10. Que los justificantes presentados, y relacionados, corresponden a gastos efectuados como
consecuencia directa de la actividad objeto de subvención y estrictamente necesarios, que se
corresponden fielmente con documentos originales que se encuentran a disposición de la
Diputación, y que el importe imputado a esta subvención no ha servido para justificar otras
subvenciones distintas.
b) Al anexo de cuenta justificativa se adjuntarán, de manera ordenada y referidos con los números de orden
que aparezcan relacionados en este:
1. Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los requisitos necesarios
que establece el RD 1619/2012 o la legislación aplicable, demostrativos de los gastos realizados
y financiados con la aportación de Diputación. Dichas facturas/documentos serán presentados
en formato digital (escaneados o electrónicos), y no requerirán compulsa ni estampillado.
La no presentación de facturas/documentos originales o compulsadas, no exime en ningún
caso a el/la beneficiario/a, de su obligación de custodia y puesta a disposición de las mismas si
le son requeridas por la administración. En cualquier caso, la remisión a través de la sede
electrónica por la persona representante de la entidad, donde quede constancia de su firma,
presupondrá la originalidad de los documentos presentados.
2. Documentación que justifique el pago efectivo de los gastos, que se realizará mediante
cualquier documento con validez jurídica en el ámbito mercantil, como copias de transferencias
bancarias (La cuenta de cargo debe estar a nombre de la entidad), cheques con extracto
bancario justificativo de que los mismos han sido cobrados por el proveedor o cargos de pagos
con tarjeta de crédito/débito (El titular de la tarjeta debe ser la entidad). No se admitirán los
pagos en metálico.
Los documentos justificativos de los pagos deberán ir referidos con el mismo n.º de orden del
gasto correspondiente.
3. En su caso, justificante de pago del reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así
como de los intereses derivados de los mismos.
La Intervención Provincial, podrá realizar mediante técnicas de muestreo, el control financiero
de las subvenciones otorgadas, en los términos y condiciones a las que se refiere el título III) de
la Ley de Subvenciones, y del resultado del mismo podrá derivarse la apertura de expedientes
de reintegro, en su caso.
Formato.
Tanto la Memoria, como los anexos, facturas y documentos justificativos del pago deberán de entregarse en formato digital
no editable (Ej: PDF, JPG,...), sin perjuicio que los documentos originales estén disponibles para cualquier control o
requerimiento que se pueda realizar por el órgano concedente o la Intervención Provincial.
Prórroga de la justificación.
Si por alguna circunstancia excepcional, no pudiera acreditarse a tiempo la justificación, el/la beneficiario/a deberá solicitar
una autorización de prórroga, en la que se motiven y acrediten las circunstancias ante el órgano concedente de la
subvención.
La Diputación podrá conceder una ampliación del plazo de justificación que no excederá de la mitad del plazo para
presentar la justificación si lo considera conveniente para el interés público y no se perjudican derechos de tercero, y
siempre que esta solicitud de prórroga se formule antes de las fechas indicadas para la finalización de la justificación. Su
concesión no implica en absoluto la ampliación del plazo de ejecución.
El trámite de solicitud de prórroga de la justificación está disponible en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz.
Requerimiento de justificación.
Transcurrido el plazo de justificación, sin haberse presentado la misma, el órgano administrativo competente requerirá a
el/la beneficiaria para que en el plazo improrrogable de 15 días sea presentada.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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10. Que los justificantes presentados, y relacionados, corresponden a gastos efectuados como
consecuencia directa de la actividad objeto de subvención y estrictamente necesarios, que se
corresponden fielmente con documentos originales que se encuentran a disposición de la
Diputación, y que el importe imputado a esta subvención no ha servido para justificar otras
subvenciones distintas.
b) Al anexo de cuenta justificativa se adjuntarán, de manera ordenada y referidos con los números de orden
que aparezcan relacionados en este:
1. Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los requisitos necesarios
que establece el RD 1619/2012 o la legislación aplicable, demostrativos de los gastos realizados
y financiados con la aportación de Diputación. Dichas facturas/documentos serán presentados
en formato digital (escaneados o electrónicos), y no requerirán compulsa ni estampillado.
La no presentación de facturas/documentos originales o compulsadas, no exime en ningún
caso a el/la beneficiario/a, de su obligación de custodia y puesta a disposición de las mismas si
le son requeridas por la administración. En cualquier caso, la remisión a través de la sede
electrónica por la persona representante de la entidad, donde quede constancia de su firma,
presupondrá la originalidad de los documentos presentados.
2. Documentación que justifique el pago efectivo de los gastos, que se realizará mediante
cualquier documento con validez jurídica en el ámbito mercantil, como copias de transferencias
bancarias (La cuenta de cargo debe estar a nombre de la entidad), cheques con extracto
bancario justificativo de que los mismos han sido cobrados por el proveedor o cargos de pagos
con tarjeta de crédito/débito (El titular de la tarjeta debe ser la entidad). No se admitirán los
pagos en metálico.
Los documentos justificativos de los pagos deberán ir referidos con el mismo n.º de orden del
gasto correspondiente.
3. En su caso, justificante de pago del reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así
como de los intereses derivados de los mismos.
La Intervención Provincial, podrá realizar mediante técnicas de muestreo, el control financiero
de las subvenciones otorgadas, en los términos y condiciones a las que se refiere el título III) de
la Ley de Subvenciones, y del resultado del mismo podrá derivarse la apertura de expedientes
de reintegro, en su caso.
Formato.
Tanto la Memoria, como los anexos, facturas y documentos justificativos del pago deberán de entregarse en formato digital
no editable (Ej: PDF, JPG,...), sin perjuicio que los documentos originales estén disponibles para cualquier control o
requerimiento que se pueda realizar por el órgano concedente o la Intervención Provincial.
Prórroga de la justificación.
Si por alguna circunstancia excepcional, no pudiera acreditarse a tiempo la justificación, el/la beneficiario/a deberá solicitar
una autorización de prórroga, en la que se motiven y acrediten las circunstancias ante el órgano concedente de la
subvención.
La Diputación podrá conceder una ampliación del plazo de justificación que no excederá de la mitad del plazo para
presentar la justificación si lo considera conveniente para el interés público y no se perjudican derechos de tercero, y
siempre que esta solicitud de prórroga se formule antes de las fechas indicadas para la finalización de la justificación. Su
concesión no implica en absoluto la ampliación del plazo de ejecución.
El trámite de solicitud de prórroga de la justificación está disponible en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz.
Requerimiento de justificación.
Transcurrido el plazo de justificación, sin haberse presentado la misma, el órgano administrativo competente requerirá a
el/la beneficiaria para que en el plazo improrrogable de 15 días sea presentada.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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