Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02973/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno para el programa de formación y empleo escuela de aprendizaje laboral "Guareña 2024"
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Ayuntamiento de Guareña
Anuncio 2973/2025
1. Eficacia, participación, autonomía, responsabilidad, flexibilidad y coordinación son los
criterios de organización que están presentes en este tipo de programas cuya misión es ofrecer
una formación de calidad, personalizada, que propicie la adquisición de certificados de
profesionalidad y una práctica laboral a través de la ejecución de una obra o servicio de interés
social directamente relacionada con las especialidades formativas de cada proyecto,
desarrollando las capacidades y destrezas del alumnado, así como su capacidad
emprendedora.
2. La organización general corresponderá a dos niveles:
El institucional: La máxima responsabilidad institucional de los proyectos corresponderá
al Excmo. Ayuntamiento de Guareña como entidad promotora y contratante, cargo que
compartirá con el organismo responsable de la Junta de Extremadura, que puede ser el
SEXPE u otro departamento, que ejercerá de órgano gestor de la subvención concedida
para la puesta en marcha del proyecto en los términos que marca la legislación y la
normativa publicada al efecto.
El interno: La organización interna de los proyectos se asentará sobre el equipo
directivo-docente, entendido este como órgano de trabajo colectivo. Se completará este
órgano con la existencia de un delegado/a de alumnos/as.
6.2. Organización operativa.
Las responsabilidades internas o específicas de cada proyecto se reparten en tres planos, cada uno de los
cuales se formaliza en los organigramas específicos a través de los órganos de funcionamiento y
participación. El Claustro, la Comisión de Convivencia y la Asamblea General del Alumnado.
6.2.1. Claustro.
Es el órgano propio de participación de todo el personal directivo, docente y de apoyo y está
presidido por el director-gestor.
Son competencias del claustro:
Programar las actividades formativas.
Fijar y coordinar criterios sobre la evaluación de los alumnos.
Promover iniciativas en el ámbito de la formación.
Elaboración, coordinación y seguimiento del plan de inserción laboral y plan de
actuación coordinación colaboración con las empresas.
Supervisión, coordinación y seguimiento del Proyecto Aprendizaje - Servicio.
El Claustro se reunirá una vez al mes y con carácter extraordinario cuando así lo decida la
Dirección o lo solicite, al menos, un tercio de sus componentes. La asistencia a las reuniones
del Claustro es obligatoria. Los delegados de cada especialidad representantes del alumnado
participarán en dichas reuniones cuando sean requeridos para evaluar la marcha del proyecto,
resolver pequeños problemas, recoger sugerencias, etc.
6.2.2. Comisión de Convivencia.
Es el órgano de representación de todos los implicados en el proyecto: Entidad promotora,
equipo técnico y alumnado/trabajador. En concreto, su composición sería la de un
representante de la entidad que tenga funciones relativas a formación y empleo, director/agestor/a, coordinador/a de formación / tutora de acompañamiento, un representante del resto
del equipo técnico y el delegado del alumnado-trabajador.
Es competencia de la comisión de convivencia:
Fomentar un buen ambiente de trabajo, resolviendo pequeños conflictos.
Vigilar el cumplimiento del Reglamento de régimen interno.
Proponer actividades complementarias.
Hacer cuantas sugerencias estime oportunas para la mejor consecución de los objetivos
del programa.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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1. Eficacia, participación, autonomía, responsabilidad, flexibilidad y coordinación son los
criterios de organización que están presentes en este tipo de programas cuya misión es ofrecer
una formación de calidad, personalizada, que propicie la adquisición de certificados de
profesionalidad y una práctica laboral a través de la ejecución de una obra o servicio de interés
social directamente relacionada con las especialidades formativas de cada proyecto,
desarrollando las capacidades y destrezas del alumnado, así como su capacidad
emprendedora.
2. La organización general corresponderá a dos niveles:
El institucional: La máxima responsabilidad institucional de los proyectos corresponderá
al Excmo. Ayuntamiento de Guareña como entidad promotora y contratante, cargo que
compartirá con el organismo responsable de la Junta de Extremadura, que puede ser el
SEXPE u otro departamento, que ejercerá de órgano gestor de la subvención concedida
para la puesta en marcha del proyecto en los términos que marca la legislación y la
normativa publicada al efecto.
El interno: La organización interna de los proyectos se asentará sobre el equipo
directivo-docente, entendido este como órgano de trabajo colectivo. Se completará este
órgano con la existencia de un delegado/a de alumnos/as.
6.2. Organización operativa.
Las responsabilidades internas o específicas de cada proyecto se reparten en tres planos, cada uno de los
cuales se formaliza en los organigramas específicos a través de los órganos de funcionamiento y
participación. El Claustro, la Comisión de Convivencia y la Asamblea General del Alumnado.
6.2.1. Claustro.
Es el órgano propio de participación de todo el personal directivo, docente y de apoyo y está
presidido por el director-gestor.
Son competencias del claustro:
Programar las actividades formativas.
Fijar y coordinar criterios sobre la evaluación de los alumnos.
Promover iniciativas en el ámbito de la formación.
Elaboración, coordinación y seguimiento del plan de inserción laboral y plan de
actuación coordinación colaboración con las empresas.
Supervisión, coordinación y seguimiento del Proyecto Aprendizaje - Servicio.
El Claustro se reunirá una vez al mes y con carácter extraordinario cuando así lo decida la
Dirección o lo solicite, al menos, un tercio de sus componentes. La asistencia a las reuniones
del Claustro es obligatoria. Los delegados de cada especialidad representantes del alumnado
participarán en dichas reuniones cuando sean requeridos para evaluar la marcha del proyecto,
resolver pequeños problemas, recoger sugerencias, etc.
6.2.2. Comisión de Convivencia.
Es el órgano de representación de todos los implicados en el proyecto: Entidad promotora,
equipo técnico y alumnado/trabajador. En concreto, su composición sería la de un
representante de la entidad que tenga funciones relativas a formación y empleo, director/agestor/a, coordinador/a de formación / tutora de acompañamiento, un representante del resto
del equipo técnico y el delegado del alumnado-trabajador.
Es competencia de la comisión de convivencia:
Fomentar un buen ambiente de trabajo, resolviendo pequeños conflictos.
Vigilar el cumplimiento del Reglamento de régimen interno.
Proponer actividades complementarias.
Hacer cuantas sugerencias estime oportunas para la mejor consecución de los objetivos
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