Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02973/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno para el programa de formación y empleo escuela de aprendizaje laboral "Guareña 2024"
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Guareña

Anuncio 2973/2025

Artículo 2. Ámbito de aplicación.
El Reglamento de régimen interno será de aplicación a la totalidad de los participantes del proyecto (personal directivo,
docente y de apoyo y alumnado trabajador), y vinculará a la entidad promotora, sin perjuicio de lo establecido en la
normativa específica que regula los programas, el Estatuto de los Trabajadores, los convenios colectivos suscritos por las
entidades promotoras y demás legislación aplicable.
Artículo 3. Objetivos generales del programa.
- Mejorar la ocupabilidad y favorecer la inserción laboral de los destinatarios del programa.
- Dotar a los participantes de las competencias y capacidades que les posibiliten su aprovechamiento y
adquisición, en su caso, del correspondiente certificado de profesionalidad.
- Identificar las trayectorias formativas y laborales de los destinatarios de las acciones de formación.
- Poner en práctica mecanismos, materiales didácticos y recursos educativos acorde al colectivo participante.
- Fomentar la colaboración y el trabajo en equipo mediante la participación solidaria y la adquisición de
normas y hábitos de trabajo individual y colectivo.
- Consolidar y hacer grupo entre el colectivo de participantes, partiendo del análisis de las expectativas
previas.
- Elaborar la metodología específica de intervención, actuación y formación en base a los perfiles socioculturales y económicos de los diferentes participantes, trabajando diferentes aspectos como la autoestima,
la asertividad, la comunicación, la motivación, la solución de problemas, el proceso de búsqueda de empleo.
- Desarrollar la capacidad creativa, solidaria y emprendedora del alumnado-trabajador a través del
planteamiento y ejecución de un proyecto aprendizaje servicio.
Artículo 4. Condiciones del alumnado y alumnado trabajador.
Define la condición de alumno/a del proyecto, en la primera etapa de formación inicial, el mantener con el Ayuntamiento de
Guareña, en calidad de entidad promotora, una relación regulada formalmente por una póliza de seguro de accidentes y
responsabilidad civil.
La duración de esta etapa será la que la normativa aplicable a cada programa establezca, comprendiendo una duración de
tres meses comprendida del 16 de diciembre de 2024 hasta el 15 de marzo de 2025 donde recibe formación profesional o
formación en el trabajo relacionada con la ocupación a desempeñar.
Durante la vigencia de la etapa de formación inicial, el alumnado tendrá derecho a percibir una beca de asistencia y ayuda al
transporte, en su caso, que determine la normativa aplicable al programa.
Define la condición de alumno/trabajador del Programa de formación y empleo ESCALA "Guareña 2024", en la segunda
etapa de formación en alternancia, el mantener con el Ayuntamiento de Guareña, en calidad de entidad promotora, una
relación regulada formalmente por un contrato de trabajo de formación en alternancia, por lo que son considerados
trabajadores, sin perder en ningún caso la condición de alumno.
La duración máxima del contrato de trabajo de formación en alternancia es de 9 meses, y de acuerdo con la vigencia del
programa (16/03/2025 al 15/12/2025).
Durante la duración del contrato de trabajo de formación en alternancia, los alumnos/trabajadores tendrán derecho a la
percepción de un salario equivalente al 75 % del salario mínimo interprofesional vigente, incluida la parte proporcional de
dos pagas extraordinarias.
Artículo 5. Condiciones del personal técnico-docente.
El personal técnico-docente y de apoyo mantienen con la entidad promotora una relación regulada formalmente por un
contrato temporal desde el 9 de diciembre de 2024 hasta el 22 de diciembre de 2025, por lo que son considerados
trabajadores, según las condiciones de cada contrato suscrito entre ambas partes y hasta el final del programa.
Artículo 6. Organización general y órganos de gestión.
6.1. Organización general.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 3 de 14