Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio (Badajoz). (02969/2025)
Bases reguladoras de las subvenciones a asociaciones y entidades de Ribera del Fresno
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Ribera del Fresno

Anuncio 2969/2025

partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
7.2. A la solicitud se deberá acompañar la siguiente documentación:
Fotocopia compulsada del CIF de la entidad solicitante y del DNI de su representante.
Declaración responsable suscrita por el presidente de la entidad en la que se haga constar que la misma no se halla
incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General
de Subvenciones, conforme al modelo que figura en el anexo II de estas bases.
Certificación administrativa positiva expedida por el órgano competente acreditativa de estar al corriente de
obligaciones tributarias con la hacienda local, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
Proyecto para el que se solicita subvención, firmado por la persona responsable del mismo, que deberá incluir
nombre y apellidos, puesto de trabajo que desarrolla, así como sello de la entidad solicitante.
Certificado emitido por el Secretario de la entidad, indicando el número de personas asociadas y la antigüedad de la
asociación. Se facilita un modelo en el anexo III de estas bases.
Declaración de insuficiencia financiera conforme al modelo disponible en el anexo IV.
Declaración de condición de beneficiaria o situación de concurrencia a subvenciones de otras administraciones,
entidades públicas o privadas. Dispone de un modelo en el anexo V de esta convocatoria.
Certificado del Secretario de la Junta Directiva de la entidad, que acredite que quien firma la solicitud es el
representante legal de la misma y que tiene capacidad para realizar tal acto conforme al anexo VI.
El Excmo. Ayuntamiento de Ribera del Fresno podrá requerir la aportación de otra documentación acreditativa del
cumplimiento de los requisitos para participar, o complementaria de la información facilitada por los solicitantes para una
mejor valoración/ponderación de las peticiones y proyectos.
8.- Pago de las subvenciones.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, el importe de la subvención
será abonado a la entidad beneficiaria, con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a
cabo las actividades previstas en la cláusula primera de este convenio.
Se producirá la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en caso de falta de justificación o concurrencia
de causas previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones, en los términos previstos en la base décima de
estas bases.
No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.
El órgano instructor correspondiente deberá remitir los expedientes a la Secretaria-Intervención municipal con informe que
acredite la adecuación de la documentación solicitada y el proyecto o actividad subvencionable, a las bases de la
convocatoria.
9.- Justificación de la subvención.
Las entidades beneficiarias de las subvenciones deberán justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concede la
subvención y la aplicación de los fondos percibidos siendo el último día límite de justificación el 12 de diciembre de 2025.
La justificación de la subvención concedida constará de:
A) Memoria de actuación justificativa de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, así como, su
relación directa con los justificantes de gasto. Para ello el representante de la entidad deberá certificar la
realización de las actividades subvencionadas.
Se adjuntarán un ejemplar original de cada uno de los folletos, carteles, libros, videos, CD, etc., que en su
caso, se hayan editado o publicado con ocasión de las actividades subvencionadas.
B) Memoria económica justificativa de los gastos efectuados debidamente pagados. Los gastos y pagos deben
realizarse realizados dentro del periodo elegible de la actividad, es decir, desde el 1 de diciembre de 2024
hasta el 30 de noviembre de 2025. Cualquier gasto y/o pago realizado fuera de este periodo no será
subvencionable. El contenido de la memoria económica es el siguiente:
I.- Relación de los gastos y pagos de la actividad, cumplimentada según el anexo IV de estas
bases.
II.- Relación de los ingresos que han financiado la actividad subvencionada según el anexo V de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 5 de 12