Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio (Badajoz). (02969/2025)
Bases reguladoras de las subvenciones a asociaciones y entidades de Ribera del Fresno
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Ayuntamiento de Ribera del Fresno
Anuncio 2969/2025
1.3 Implicación y colaboración de la entidad en las actividades organizadas por el Ayuntamiento de Ribera del
Fresno en los años comprendidos en la convocatoria.
- Más de 5 actividades: 5 puntos.
- De 2 a 5 actividades: 3 puntos.
- Menos de 2 actividades: 2 puntos.
- Ninguna actividad: 0 puntos.
2. Según la memoria de actuaciones del ejercicio anterior. (35 puntos)
2.1 Actividades cofinanciadas con aportación propia de la asociación o entidad.
- Más del 50% del presupuesto total del gasto subvencionable: 15 puntos.
- Del 35,01% al 50%: del presupuesto total del gasto subvencionable: 12 puntos.
- Hasta el 35% del presupuesto total del gasto subvencionable: 10 puntos.
2.2 Según el público objetivo de algunas actividades:
- Público tercera edad: 20 puntos.
- Público adolescente: 15puntos.
- Público infantil: 10 puntos.
- Público adulto: 5 puntos.
3. Criterios de determinación de la cuantía a conceder:
El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva, en los términos establecidos en el artículo
22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de manera que la concesión se realizará mediante la
comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer un prelación entre las mismas de acuerdo con los anteriores
criterios de valoración.
Para determinar el importe de cada subvención se seguirá el siguiente procedimiento:
- De 40 a 60 puntos………………..1.500,00 euros.
- De 30 a 39 puntos………………..1.000,00 euros.
- De 29 a 29 puntos………………….800,00 euros.
- De 10 a 19 puntos…………………..600,00 euros.
- De 0 a 9 puntos………….………….400,00 euros.
Si la cuantía solicitada fuese inferior al límite máximo de la subvención, la cuantía de la subvención sería la cantidad
solicitada.
7.- Solicitudes.
7.1. Los interesados deberán presentar solicitud mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Ribera del Fresno, por quien tenga la representación legal de la entidad, en el Registro del Ayuntamiento o por cualquiera de
las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, durante el plazo de diez días hábiles, contados a
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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1.3 Implicación y colaboración de la entidad en las actividades organizadas por el Ayuntamiento de Ribera del
Fresno en los años comprendidos en la convocatoria.
- Más de 5 actividades: 5 puntos.
- De 2 a 5 actividades: 3 puntos.
- Menos de 2 actividades: 2 puntos.
- Ninguna actividad: 0 puntos.
2. Según la memoria de actuaciones del ejercicio anterior. (35 puntos)
2.1 Actividades cofinanciadas con aportación propia de la asociación o entidad.
- Más del 50% del presupuesto total del gasto subvencionable: 15 puntos.
- Del 35,01% al 50%: del presupuesto total del gasto subvencionable: 12 puntos.
- Hasta el 35% del presupuesto total del gasto subvencionable: 10 puntos.
2.2 Según el público objetivo de algunas actividades:
- Público tercera edad: 20 puntos.
- Público adolescente: 15puntos.
- Público infantil: 10 puntos.
- Público adulto: 5 puntos.
3. Criterios de determinación de la cuantía a conceder:
El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva, en los términos establecidos en el artículo
22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de manera que la concesión se realizará mediante la
comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer un prelación entre las mismas de acuerdo con los anteriores
criterios de valoración.
Para determinar el importe de cada subvención se seguirá el siguiente procedimiento:
- De 40 a 60 puntos………………..1.500,00 euros.
- De 30 a 39 puntos………………..1.000,00 euros.
- De 29 a 29 puntos………………….800,00 euros.
- De 10 a 19 puntos…………………..600,00 euros.
- De 0 a 9 puntos………….………….400,00 euros.
Si la cuantía solicitada fuese inferior al límite máximo de la subvención, la cuantía de la subvención sería la cantidad
solicitada.
7.- Solicitudes.
7.1. Los interesados deberán presentar solicitud mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Ribera del Fresno, por quien tenga la representación legal de la entidad, en el Registro del Ayuntamiento o por cualquiera de
las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, durante el plazo de diez días hábiles, contados a
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