Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hernán Cortés. Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo (Badajoz). (01596/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento regulador del uso, organización y funcionamiento del Centro de Educación Infantil "Los Caramelos"
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Ayuntamiento de Hernán Cortés
Anuncio 1596/2025
responsabilidades en razón de la aportación que realizan al proyecto común los/as alumnos/as, los/as profesores/as,
personal no docente, los/as padres/madres y la administración municipal.
6.1.- Derechos de la comunidad educativa.
- Ser respetada en sus derechos y en su integridad y dignidad personales.
- Conocer el proyecto educativo y el Reglamento de organización y funcionamiento del centro.
- Participar en el funcionamiento y la vida del centro conforme a este Reglamento y legislación
de aplicación.
- Celebrar reuniones en el centro para tratar asuntos de la vida escolar, con autorización de la
dirección.
- Constituir asociaciones de miembros de los distintos estamentos de la Comunidad, de
acuerdo con lo dispuesto en la Ley.
- Presentar alegaciones y quejas por escrito ante el órgano correspondiente.
- Reclamar ante el órgano competente la conculcación de cualquiera de sus derechos.
- Ejercer los derechos que la legislación y este Reglamento les/as reconocen.
6.2.- Deberes de la comunidad educativa.
- Respetar los derechos del alumnado, profesorado, progenitores/as o tutores/as, personal no
docente, personal de administración y autoridades y personal del Ayuntamiento.
- Conocer, respetar y cumplir el proyecto educativo, la programación anual, el presente
Reglamento y el resto de las normas de funcionamiento del centro.
- Colaborar en el desarrollo de las actividades y servicios del centro, dentro del ámbito de su
competencia.
- Respetar y promover positivamente la imagen del centro ante la sociedad.
- Asistir y participar activamente en las reuniones de los órganos de los que forman parte.
- Cumplir las obligaciones contraídas.
Artículo 7.- Derechos de los niños, progenitores y tutores.
Dada la edad del alumnado, este apartado es también aplicable a los/as progenitores/as y tutores/as legales.
- Recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad, de acuerdo con el proyecto
educativo del centro.
- Ser respetados/as en sus convicciones, y las de sus progenitores o tutores, ya sean religiosas, morales o
ideológicas, siempre que respeten la legalidad constitucional española.
- Respeto a su integridad física y moral y a su dignidad personal, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o
degradantes.
- Recibir los/as progenitores/as o tutores/as, la información que le permita optar a posibles ayudas que
compensen carencias de tipo familiar, económico o sociocultural.
- Ser respetados/as en su intimidad en el tratamiento de los datos personales de que dispone el centro y el
Ayuntamiento, y que por su naturaleza sean confidenciales.
- Los/as padres/madres o tutores tendrán derecho a participar en el funcionamiento del centro, en la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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responsabilidades en razón de la aportación que realizan al proyecto común los/as alumnos/as, los/as profesores/as,
personal no docente, los/as padres/madres y la administración municipal.
6.1.- Derechos de la comunidad educativa.
- Ser respetada en sus derechos y en su integridad y dignidad personales.
- Conocer el proyecto educativo y el Reglamento de organización y funcionamiento del centro.
- Participar en el funcionamiento y la vida del centro conforme a este Reglamento y legislación
de aplicación.
- Celebrar reuniones en el centro para tratar asuntos de la vida escolar, con autorización de la
dirección.
- Constituir asociaciones de miembros de los distintos estamentos de la Comunidad, de
acuerdo con lo dispuesto en la Ley.
- Presentar alegaciones y quejas por escrito ante el órgano correspondiente.
- Reclamar ante el órgano competente la conculcación de cualquiera de sus derechos.
- Ejercer los derechos que la legislación y este Reglamento les/as reconocen.
6.2.- Deberes de la comunidad educativa.
- Respetar los derechos del alumnado, profesorado, progenitores/as o tutores/as, personal no
docente, personal de administración y autoridades y personal del Ayuntamiento.
- Conocer, respetar y cumplir el proyecto educativo, la programación anual, el presente
Reglamento y el resto de las normas de funcionamiento del centro.
- Colaborar en el desarrollo de las actividades y servicios del centro, dentro del ámbito de su
competencia.
- Respetar y promover positivamente la imagen del centro ante la sociedad.
- Asistir y participar activamente en las reuniones de los órganos de los que forman parte.
- Cumplir las obligaciones contraídas.
Artículo 7.- Derechos de los niños, progenitores y tutores.
Dada la edad del alumnado, este apartado es también aplicable a los/as progenitores/as y tutores/as legales.
- Recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad, de acuerdo con el proyecto
educativo del centro.
- Ser respetados/as en sus convicciones, y las de sus progenitores o tutores, ya sean religiosas, morales o
ideológicas, siempre que respeten la legalidad constitucional española.
- Respeto a su integridad física y moral y a su dignidad personal, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o
degradantes.
- Recibir los/as progenitores/as o tutores/as, la información que le permita optar a posibles ayudas que
compensen carencias de tipo familiar, económico o sociocultural.
- Ser respetados/as en su intimidad en el tratamiento de los datos personales de que dispone el centro y el
Ayuntamiento, y que por su naturaleza sean confidenciales.
- Los/as padres/madres o tutores tendrán derecho a participar en el funcionamiento del centro, en la
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