Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campanario. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (01544/2025)
Bases para la provisión de tres plazas de Agente de la Policía Local en el Ayuntamiento de Campanario
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Ayuntamiento de Campanario

Anuncio 1544/2025

sede electrónica https://sede.campanario.es/.
El Tribunal ajustarán su funcionamiento a las normas prevenidas para los órganos colegiados en los artículos 15 a 18 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.6. El Tribunal Calificador podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores en aquellas pruebas que demanden
oír la opinión de técnicos especialistas. Dichos/as asesores/as se limitarán a la colaboración que, en función de sus
especialidades técnicas, les solicite el Tribunal, por lo que actuarán con voz, pero sin voto.
5.7. A iniciativa de cada central sindical podrán estar presentes en los tribunales durante la totalidad del proceso selectivo, a
excepción de a aquellos actos o fases en los que se delibere, decida y materialice el contenido de las pruebas antes de su
realización en calidad de observadores, un representante de cada una de las centrales u organización sindicales con
representatividad en el ámbito de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Sexta. Actuación de los aspirantes.
El orden de actuación de los opositores en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, se hará por orden
alfabético del primer apellido, segundo apellido y nombre, comenzando por la letra "E" según sorteo al efecto realizado por
la Junta de Extremadura para las pruebas selectivas del corriente ejercicio, conforme la Resolución de 18 de febrero de 2019
(DOE 21/2/2019).
Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación en el Boletín Oficial, de los sucesivos anuncios
de celebración de las restantes pruebas, haciéndose público únicamente en los locales donde se hayan celebrado las
pruebas anteriores, y en todo caso, en el tablón electrónico de la sede electrónica https://campanario.sedelectronica.es).
Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único y deberán ir provistos del DNI, salvo casos de
fuerza mayor, invocados con anterioridad debidamente justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de
criterio. La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado determinará
automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el proceso selectivo.
No obstante lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres, y en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en
Extremadura, se hará excepción en el llamamiento único por la coincidencia de hospitalización, con motivo de embarazo y/o
parto de las aspirantes, con el día de la celebración de alguna prueba en la que tenga que participar. Para ello las aspirantes
deberán presentar, si fuera posible dentro del plazo de los cinco días hábiles anteriores o, en todo caso, dentro del plazo de
los cinco días hábiles posteriores a la realización de la prueba, un escrito dirigido al presidente del Tribunal de Selección
comunicando el hecho de la hospitalización, y adjuntando informe médico que lo demuestre, junto con la solicitud expresa
del deseo de la realización de la prueba.
Los aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos de telefonía móvil, pulseras
electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita emisión o recepción de comunicaciones, ni siquiera apagados,
pudiendo ser comprobado este extremo en cualquier momento por parte del Tribunal Calificadora través de los medios que
estime oportuno. Ante el incumplimiento de esta previsión, el Tribunal Calificador podrá acordar, motivadamente, la
exclusión del aspirante del proceso selectivo.
Séptima. Sistema de selección y desarrollo de las pruebas.
Procedimiento de selección.
Se utilizará el procedimiento de oposición libre, que constará de dos fases de carácter eliminatorio:
Una de oposición libre y un curso selectivo a superar en la Academia de la Seguridad Pública de Extremadura, incluyendo un
período de prácticas en el respectivo ayuntamiento, por el que haya sido nombrada la persona aspirante como funcionaria
en prácticas.
La fase de oposición consistirá en superar las siguientes pruebas de carácter eliminatorio, a desarrollar por el siguiente
orden:
a) Prueba teórica: Consistirá en la contestación, durante un período de sesenta minutos, de un cuestionario
de 50 preguntas tipo test, con 4 respuestas, siendo válida solo una de ellas. Versarán sobre el contenido del
anexo II.
Para el supuesto de que el Tribunal Calificador estimara motivadamente anular alguna de las cincuenta
preguntas, por entenderla mal formulada, o no ajustada al temario, se establecerán, además de las cincuenta
anteriores, otras cinco preguntas de reserva, las cuales sustituirán, siguiendo el mismo orden en el que estén
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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