Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campanario. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (01544/2025)
Bases para la provisión de tres plazas de Agente de la Policía Local en el Ayuntamiento de Campanario
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Ayuntamiento de Campanario

Anuncio 1544/2025

Esta bonificación deberá ser rogada por el aspirante, indicándolo en su solicitud, acompañando
a la misma certificado o fotocopia del carné vigente de familia numerosa expedido por el
órgano competente.
- El 50 por ciento a quien tengan la condición de parado de larga duración, entendiendo como
tal los que tengan una antigüedad en desempleo mayor de un año, así como a los
demandantes de primer empleo. Para obtener este beneficio deberá aportarse la siguiente
documentación:
- Fotocopia del DNI del solicitante.
- Documento expedido por el SEXPE u órgano similar de otras comunidades autónomas o del
Estado acreditando antigüedad en desempleo.
- Vida laboral u otro documento acreditativo de ser demandante de primer empleo.
Exenciones:
Estarán exentos del pago de la tasa:
- Las personas que formen parte de familias numerosas que tengan reconocida tal condición,
clasificadas de "categoría especial", de acuerdo con el artículo 12.2,a) de la Ley 40/2003, de 18
de noviembre, de Protección de Familia Numerosa, debiendo acreditarse mediante certificado
o fotocopia del carné vigente de familia numerosa expedido por el órgano competente.
- De acuerdo con la disposición adicional 4.ª de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de
Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, las personas que tengan la
condición de víctimas del terrorismo, cónyuges o parejas de hecho, así como sus hijos,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición expedido por el
órgano competente del Ministerio del Interior, en el que conste la identificación de la víctima y,
en su caso, el parentesco.
Estas exenciones deberán ser rogadas por el aspirante, indicándolo en su solicitud, acompañando a la misma
la documentación requerida.
3.2. Lugar de presentación de solicitudes: Las instancias, debidamente cumplimentadas y acompañadas de la
documentación relacionada en el apartado anterior, se dirigirán a la Sr. Alcalde-Presidente (Ayuntamiento de Campanario,
plaza de España, número 1, 06460-Campanario) y se presentarán en el Registro electrónico general de este Ayuntamiento,
en horas de oficina, o conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las instancias presentadas a través de las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo 16.4, deberán
ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de
presentación de instancias. Sólo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro general de
este Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la mencionada oficina.
3.3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del
anuncio de la convocatoria en el BOE.
3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición de la
persona interesada.
3.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido en el apartado 3.3 de la presente base para la
presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de un mes, declarando
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el BOP de Badajoz, en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el tablón electrónico de la sede electrónica https://campanario.sedelectronica.es,
junto con la relación de aspirantes excluidos y causas que han motivado su exclusión, se señalará un plazo de diez días
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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