Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Albuera. Área de Fomento. Servicio de Urbanismo, Vivienda y Arquitectura (Badajoz). (2430/2020)
Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural "Open Bar Albuera"
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de La Albuera
Anuncio 2430/2020
e) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o
convencionalmente.
f) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.
g) Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia
del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por
una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado
indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen.
- Días de libre disposición
Todos los miembros del programa tendrán derecho a 5 días de libre disposición anuales, en el caso del Programa que nos
ocupa estos días se reducen a 3 ya que la duración del mismo es de 6 meses.
Deberán solicitarse por escrito en plazo no inferior a tres días, según modelo facilitado por la Dirección del programa y en
ningún caso podrán acumularse a periodos vacacionales.
La Dirección podrá denegar su concesión cuando se acumulen para una misma jornada peticiones que superen el 50% de la
plantilla del taller o al entender que lesionan gravemente el funcionamiento del mismo.
7.- Medidas de seguridad e higiene en el trabajo.- El uso de vestuario y equipos de protección individual entregado a los alumnos-trabajadores es obligatorio y
su mantenimiento responsabilidad directa de cada trabajador. - Todo el personal está obligado a comunicar a la dirección del centro cualquier desperfecto que apreciase
tanto en instalaciones, mobiliario, equipos, herramientas, así como el abandono o incumplimiento de normas
de seguridad e higiene.
- De acuerdo con la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, no se permitirá fumar en ninguna de las instalaciones
del centro.
8.- Derechos.j) Al respeto a su conciencia cívica y moral y a su dignidad personal.
k) A no ser discriminado por razones de sexo, estado civil, edad, raza, condición social, ideas religiosas o
políticas, afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lengua.
l) A su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene.
m) A la utilización de las instalaciones y medios de que dispone el centro para los fines que les son propios.
n) A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Además, los beneficiarios del programa tendrán derecho a:
Recibir formación ocupacional específica y gratuita, adaptada a sus necesidades y posibilidades personales.
Participar en el programa a través de los representantes elegidos, o mediante aquellos cauces que para tal fin se
dispongan.
Recibir de forma periódica información y orientación sobre su rendimiento
9.- Deberes.Respetar la dignidad y el trabajo de cuantas personas prestan sus servicios en el proyecto.
Cumplir con las obligaciones derivadas del puesto de trabajo.
Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
Cumplir las órdenes e instrucciones impartidas por los superiores en el ejercicio de sus funciones.
Queda prohibida la entrada al interior de las instalaciones del centro de toda persona ajena al programa. Si algún
familiar necesita localizar a algún alumno/a de este programa sólo basta con preguntar en las oficinas por la persona
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 10
Anuncio 2430/2020
e) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o
convencionalmente.
f) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.
g) Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia
del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por
una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado
indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen.
- Días de libre disposición
Todos los miembros del programa tendrán derecho a 5 días de libre disposición anuales, en el caso del Programa que nos
ocupa estos días se reducen a 3 ya que la duración del mismo es de 6 meses.
Deberán solicitarse por escrito en plazo no inferior a tres días, según modelo facilitado por la Dirección del programa y en
ningún caso podrán acumularse a periodos vacacionales.
La Dirección podrá denegar su concesión cuando se acumulen para una misma jornada peticiones que superen el 50% de la
plantilla del taller o al entender que lesionan gravemente el funcionamiento del mismo.
7.- Medidas de seguridad e higiene en el trabajo.- El uso de vestuario y equipos de protección individual entregado a los alumnos-trabajadores es obligatorio y
su mantenimiento responsabilidad directa de cada trabajador. - Todo el personal está obligado a comunicar a la dirección del centro cualquier desperfecto que apreciase
tanto en instalaciones, mobiliario, equipos, herramientas, así como el abandono o incumplimiento de normas
de seguridad e higiene.
- De acuerdo con la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, no se permitirá fumar en ninguna de las instalaciones
del centro.
8.- Derechos.j) Al respeto a su conciencia cívica y moral y a su dignidad personal.
k) A no ser discriminado por razones de sexo, estado civil, edad, raza, condición social, ideas religiosas o
políticas, afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lengua.
l) A su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene.
m) A la utilización de las instalaciones y medios de que dispone el centro para los fines que les son propios.
n) A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Además, los beneficiarios del programa tendrán derecho a:
Recibir formación ocupacional específica y gratuita, adaptada a sus necesidades y posibilidades personales.
Participar en el programa a través de los representantes elegidos, o mediante aquellos cauces que para tal fin se
dispongan.
Recibir de forma periódica información y orientación sobre su rendimiento
9.- Deberes.Respetar la dignidad y el trabajo de cuantas personas prestan sus servicios en el proyecto.
Cumplir con las obligaciones derivadas del puesto de trabajo.
Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
Cumplir las órdenes e instrucciones impartidas por los superiores en el ejercicio de sus funciones.
Queda prohibida la entrada al interior de las instalaciones del centro de toda persona ajena al programa. Si algún
familiar necesita localizar a algún alumno/a de este programa sólo basta con preguntar en las oficinas por la persona
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 10