Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Área de Fomento. Servicio de Urbanismo, Vivienda y Arquitectura (Badajoz). (2407/2020)
Bases para la provisión, por el sistema de acceso de turno libre y el sistema de selección de oposición, de dos plazas de Agente de la Policía Local, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Castuera
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Ayuntamiento de Castuera
Anuncio 2407/2020
Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Castuera, en
horario de oficina, o conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.3. Plazo de presentación de instancias.
El plazo de presentación será de veinte (20) días naturales, a contar desde el siguiente a aquel en que aparezca publicado el
anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hubiesen publicado íntegramente las bases en
el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web institucional (www.castuera.es), así como el anuncio de la convocatoria
que también se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
3.4. Derechos de examen.
Los derechos de examen, que ascienden a doce (12,00) euros, deberán ser abonados en la c/c ES78 3001 0044 8144 1000
0820, de la entidad Caja Rural de Almendralejo, indicando en el comprobante o justificante "Pruebas selectivas para 2 plazas
de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Castuera (proceso de selección 2020)".
CUARTA. ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES.
4.1. Lista provisional de admitidos.
Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde-Presidente dictará resolución, en el plazo máximo de un mes,
declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la
Provincia, en la página web institucional y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, contendrá la relación alfabética de los
aspirantes admitidos y excluidos, así como las causas de exclusión.
4.2. Subsanación de instancias y reclamaciones.
Si alguna instancia adoleciese de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez (10) días hábiles,
contados a partir de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, se archivará su instancia sin más trámite y será
excluido de la lista de aspirantes admitidos.
4.3. Los aspirantes excluidos, así como los omitidos en la lista provisional de admitidos, dispondrán de idéntico plazo al
anterior a efectos de reclamaciones, que, de haberlas, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe
la lista definitiva, que será hecha pública y expuesta, asimismo, en la forma indicada anteriormente.
4.4. En la resolución aprobatoria de las listas definitivas se determinará el lugar, día y hora del comienzo de los ejercicios, así
como la composición del Tribunal Calificador.
QUINTA. TRIBUNAL CALIFICADOR.
5.1. Composición.
El Tribunal Calificador estará constituido por cinco miembros, con sus respectivos suplentes, y, en todo caso, formarán parte
del mismo:
a) Presidente: El Oficial Jefe de la Policía Local del Ayuntamiento de Castuera.
b) Secretario: Un funcionario de carrera de la Corporación, con voz pero sin voto, designado por el Alcalde.
c) Vocales: Un funcionario de carrera designado por la Consejería de la Comunidad Autónoma de
Extremadura competente en materia de coordinación de Policías Locales, un miembro de la Policía Local del
Ayuntamiento de Castuera con la categoría de Agente, y un miembro de la Policía Local de otro Ayuntamiento
con la categoría de Agente u Oficial.
La composición del Tribunal será predominantemente técnica. Todos sus miembros serán funcionarios de carrera y deberán
pertenecer a un grupo de clasificación igual o superior a aquel en el que se integren las plazas convocadas. Asimismo, todos
sus miembros poseerán titulación igual o superior a las exigidas para las plazas convocadas y, en caso de ser miembros de
un Cuerpo de Policía local, deberán, además, pertenecer a una categoría igual o superior a la correspondiente a las plazas
objeto de la presente convocatoria.
En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios de imparcialidad y profesionalidad, y asimismo se
garantizará la presencia paritaria de mujeres y hombres.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Castuera, en
horario de oficina, o conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.3. Plazo de presentación de instancias.
El plazo de presentación será de veinte (20) días naturales, a contar desde el siguiente a aquel en que aparezca publicado el
anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hubiesen publicado íntegramente las bases en
el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web institucional (www.castuera.es), así como el anuncio de la convocatoria
que también se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
3.4. Derechos de examen.
Los derechos de examen, que ascienden a doce (12,00) euros, deberán ser abonados en la c/c ES78 3001 0044 8144 1000
0820, de la entidad Caja Rural de Almendralejo, indicando en el comprobante o justificante "Pruebas selectivas para 2 plazas
de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Castuera (proceso de selección 2020)".
CUARTA. ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES.
4.1. Lista provisional de admitidos.
Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde-Presidente dictará resolución, en el plazo máximo de un mes,
declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la
Provincia, en la página web institucional y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, contendrá la relación alfabética de los
aspirantes admitidos y excluidos, así como las causas de exclusión.
4.2. Subsanación de instancias y reclamaciones.
Si alguna instancia adoleciese de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez (10) días hábiles,
contados a partir de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, se archivará su instancia sin más trámite y será
excluido de la lista de aspirantes admitidos.
4.3. Los aspirantes excluidos, así como los omitidos en la lista provisional de admitidos, dispondrán de idéntico plazo al
anterior a efectos de reclamaciones, que, de haberlas, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe
la lista definitiva, que será hecha pública y expuesta, asimismo, en la forma indicada anteriormente.
4.4. En la resolución aprobatoria de las listas definitivas se determinará el lugar, día y hora del comienzo de los ejercicios, así
como la composición del Tribunal Calificador.
QUINTA. TRIBUNAL CALIFICADOR.
5.1. Composición.
El Tribunal Calificador estará constituido por cinco miembros, con sus respectivos suplentes, y, en todo caso, formarán parte
del mismo:
a) Presidente: El Oficial Jefe de la Policía Local del Ayuntamiento de Castuera.
b) Secretario: Un funcionario de carrera de la Corporación, con voz pero sin voto, designado por el Alcalde.
c) Vocales: Un funcionario de carrera designado por la Consejería de la Comunidad Autónoma de
Extremadura competente en materia de coordinación de Policías Locales, un miembro de la Policía Local del
Ayuntamiento de Castuera con la categoría de Agente, y un miembro de la Policía Local de otro Ayuntamiento
con la categoría de Agente u Oficial.
La composición del Tribunal será predominantemente técnica. Todos sus miembros serán funcionarios de carrera y deberán
pertenecer a un grupo de clasificación igual o superior a aquel en el que se integren las plazas convocadas. Asimismo, todos
sus miembros poseerán titulación igual o superior a las exigidas para las plazas convocadas y, en caso de ser miembros de
un Cuerpo de Policía local, deberán, además, pertenecer a una categoría igual o superior a la correspondiente a las plazas
objeto de la presente convocatoria.
En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios de imparcialidad y profesionalidad, y asimismo se
garantizará la presencia paritaria de mujeres y hombres.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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