Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Fomento. Servicio de Urbanismo, Vivienda y Arquitectura (Badajoz). (2311/2020)
Bases de la convocatoria de becas universitarias, de postgrado, régimen especial y Aula Mentor
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 2311/2020
- Fotocopia compulsada del DNI del interesado.
- Fotocopia compulsada del libro de familia.
- Fotocopia compulsada de la declaración de la renta del año 2018 o certificado de la Agencia Tributaria de no
estar obligado a presentarla acompañada de certificación de la empresa en la que constan los ingresos brutos
del último año.
- Fotocopia compulsada del resguardo de la matrícula 2019/20.
- Fotocopia compulsada de las notas de selectividad para primer curso.
- Fotocopia compulsada del certificado de notas del último curso para segundo y posteriores cursos.
- Documento oficial expedido por el Servicio de Becas del Centro competente que acredite no ser beneficiario
de beca del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ni de la Comunidad Autónoma donde se realizan los
estudios.
- Aquellas familias que disfruten de actividades o negocios y de otros bienes patrimoniales deberán presentar
fotocopia compulsada de la declaración del patrimonio de 2018.
- Fotocopia compulsada de los recibos de Impuesto de Bienes Inmuebles del año 2018, donde aparezca la
referencia catastral.
- Documentación acreditativa de independencia familiar y económica del solicitante, en su caso (contrato de
alquiler y declaración de la renta o certificado de no haberla presentado).
- Volante de empadronamiento, que se expedirá en el momento de la entrega de documentación.
- Documentos acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la
Hacienda Estatal, regional y local, y frente a al Seguridad Social, o, en su caso, documento acreditativo de la
exención de dichas obligaciones.
- En todos los documentos anteriores que se exige compulsa, pueden ser válidos si aparece en ellos la
certificación electrónica o mecánica correspondiente.
Artículo séptimo: Régimen de incompatibilidades.
Las becas son compatibles entre sí en las diferentes modalidades prevista, e incompatibles con las concedida por cualquier
otra entidad pública o privada si esta ha superado la cantidad de 650,00 €.
Artículo octavo: Presentación de solicitudes, plazo y subsanación.
El lugar de presentación de solicitudes: Irán dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, en la Oficina de Atención Ciudadana (calle
Mérida, 11) de este Excmo. Ayuntamiento, o conforme a lo dispuesto por el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: En este último
caso los/as interesados/as deberán adelantar, dentro del plazo de presentación de solicitudes, un fax con la copia de la
solicitud que se presente a través de estos medios.
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de esta
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en el Centro Cultural San Antonio, en la plaza de San Antonio,
s/n.
En el plazo de quince días, la Concejalía de Educación publicará lista provisional de admitidos y excluidos por falta de
documentación, que dispondrán de 15 días de plazo para entregar la documentación exigida en la Oficina de Atención
Ciudadana de este Excmo. Ayuntamiento. En caso de no presentar la documentación, el aspirante quedará excluido.
Artículo octavo: Ordenación, instrucción y baremación de solicitudes.
La ordenación, instrucción y baremación de las solicitudes corresponde a la Concejalía de Educación del Excmo.
Ayuntamiento de Almendralejo.
Se creará una Comisión de Valoración que estará integrada por:
- Presidente: Concejal de Educación o persona en la que delegue.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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- Fotocopia compulsada del DNI del interesado.
- Fotocopia compulsada del libro de familia.
- Fotocopia compulsada de la declaración de la renta del año 2018 o certificado de la Agencia Tributaria de no
estar obligado a presentarla acompañada de certificación de la empresa en la que constan los ingresos brutos
del último año.
- Fotocopia compulsada del resguardo de la matrícula 2019/20.
- Fotocopia compulsada de las notas de selectividad para primer curso.
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- Documento oficial expedido por el Servicio de Becas del Centro competente que acredite no ser beneficiario
de beca del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ni de la Comunidad Autónoma donde se realizan los
estudios.
- Aquellas familias que disfruten de actividades o negocios y de otros bienes patrimoniales deberán presentar
fotocopia compulsada de la declaración del patrimonio de 2018.
- Fotocopia compulsada de los recibos de Impuesto de Bienes Inmuebles del año 2018, donde aparezca la
referencia catastral.
- Documentación acreditativa de independencia familiar y económica del solicitante, en su caso (contrato de
alquiler y declaración de la renta o certificado de no haberla presentado).
- Volante de empadronamiento, que se expedirá en el momento de la entrega de documentación.
- Documentos acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la
Hacienda Estatal, regional y local, y frente a al Seguridad Social, o, en su caso, documento acreditativo de la
exención de dichas obligaciones.
- En todos los documentos anteriores que se exige compulsa, pueden ser válidos si aparece en ellos la
certificación electrónica o mecánica correspondiente.
Artículo séptimo: Régimen de incompatibilidades.
Las becas son compatibles entre sí en las diferentes modalidades prevista, e incompatibles con las concedida por cualquier
otra entidad pública o privada si esta ha superado la cantidad de 650,00 €.
Artículo octavo: Presentación de solicitudes, plazo y subsanación.
El lugar de presentación de solicitudes: Irán dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, en la Oficina de Atención Ciudadana (calle
Mérida, 11) de este Excmo. Ayuntamiento, o conforme a lo dispuesto por el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: En este último
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El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de esta
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s/n.
En el plazo de quince días, la Concejalía de Educación publicará lista provisional de admitidos y excluidos por falta de
documentación, que dispondrán de 15 días de plazo para entregar la documentación exigida en la Oficina de Atención
Ciudadana de este Excmo. Ayuntamiento. En caso de no presentar la documentación, el aspirante quedará excluido.
Artículo octavo: Ordenación, instrucción y baremación de solicitudes.
La ordenación, instrucción y baremación de las solicitudes corresponde a la Concejalía de Educación del Excmo.
Ayuntamiento de Almendralejo.
Se creará una Comisión de Valoración que estará integrada por:
- Presidente: Concejal de Educación o persona en la que delegue.
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