Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (2283/2020)
Base reguladora y convocatoria para la concesión de ayudas "plan estímulo al consumo en el comercio minorista de la ciudad de Mérida para el año 2020"
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Mérida

Anuncio 2283/2020

BASE 9.- RÉGIMEN DE COMPATIBILIDADES.
Las ayudas de esta convocatoria serán compatibles con otras subvenciones y ayudas, que, para las mismas finalidades,
hayan sido concedidas por las Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de
organismos internacionales, salvo cuando se trate de la misma categoría de gasto, en cuyo caso existirá causa de
incompatibilidad y las ayudas no podrán acumularse.
BASE 10.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
10.1. El plazo de solicitud para la ejecución de las ayudas es desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación
del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y durante los siguientes diez días hábiles.
10.2. Las solicitudes de ayudas se dirigirán a la Delegación de Comercio del Excmo. Ayuntamiento de Mérida.
10.3. Las solicitudes se tramitarán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Mérida: https://sede.merida.es.
10.4. Las solicitudes de ayudas deberán acompañarse de la siguiente documentación/información:
a) Datos identificativos del solicitante:
− Para personas físicas: Documento Nacional de Identidad, pasaporte o tarjeta de residencia.
− Para personas jurídicas: Tarjeta del Código de Identificación Fiscal (CIF), escritura de
constitución de la sociedad, así como poder del representante legal y Documento Nacional de
Identidad, pasaporte o tarjeta de residencia.
− Cuando se trate de comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica
propia, deberá nombrarse un representante o apoderado único, con poderes bastantes para
cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la comunidad o agrupación.
b) Justificación de estar al corriente de las obligaciones tributarias, tanto con la Administración Autonómica
como Estatal y Municipal, así como con la Seguridad Social. En el caso de comunidades de bienes y otras
agrupaciones sin personalidad jurídica propia, esta situación deberá ser acreditada por todos y cada uno de
sus integrantes.
c) Justificación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a
y de reunir los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener la subvención solicitada,
mediante declaración responsable que figura en el modelo de solicitud recogido en la sede electrónica.
d) Registro del IAE de la empresa como actividad comercial minorista.
e) Documento justificativo de la licencia de apertura expedida por el Ayuntamiento de Mérida.
10.5. Los/as solicitantes solo podrán presentar una única solicitud de ayudas que englobará todos los establecimientos
asociados a la empresa. La cuantía mínima de la ayuda se sumará por cada establecimiento cuyo gasto sea subvencionable
tal y como se detallada en la base 8 de la presente convocatoria.
BASE 11.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.
Los documentos que acompañan a las solicitudes habrán de ajustarse a los modelos previstos en los correspondientes
anexos que se incorporan a las presentes bases, podrán descargarse tanto desde la web municipal www.merida.es como
desde la sede electrónica Municipal: https://sede.merida.es.
11.1. Lugar de presentación: Las solicitudes se tramitarán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Mérida:
https://sede.merida.es.
La presentación de la solicitud implica el conocimiento y la aceptación de las bases de esta convocatoria.
11.2. El plazo de presentación: La presentación de solicitudes podrá efectuarse a partir del día siguiente a aquel en que
tenga lugar la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y durante los
siguientes diez días hábiles.
La presentación de las solicitudes fuera del plazo anterior dará lugar a la inadmisión sin más trámites, previa resolución que
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 5 de 12