Disposiciones generales. . (2025/146-1)
Resolución de 25 de julio de 2025, de la Viceconsejería, por la que se aprueban las Instrucciones para el desarrollo, la dirección y la coordinación del Plan General de Actuación de la Inspección Educativa y el Plan de Formación para el Perfeccionamiento y Actualización Profesional, para el curso escolar 2025-2026.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Jueves, 31 de julio de 2025
página 10749/9
4. La planificación de la actuación se desarrollará de acuerdo con la resolución que
publique la Dirección General competente en materia de Recursos Humanos.
Actuación homologada 3.
Demandas, incidencias y reclamaciones (HO.3).
OBJETIVOS GENERALES
OB.3 / OB.5 / OB.6
LÍNEAS ESTRATÉGICAS
L.E.2 / L.E.4
MUESTRA
Todos los Servicios Provinciales de Inspección de Educación.
Inspección General de Educación.
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS
OE.2.1 / OE 4.3
1. Los procesos de coordinación, información y colaboración con la Administración
Educativa estarán dirigidos a proporcionar información relevante a la misma para la toma
de decisiones en diversos asuntos, así como promover el trabajo coordinado con otros
servicios educativos, incluida la participación en comisiones, juntas y tribunales para la
evaluación de centros, selección de directores y directoras, y evaluación de la función
directiva, acceso a la función pública docente, evaluación de la práctica docente y otros
casos y supuestos conforme a la normativa vigente:
- Mediante la realización de dictámenes, informes y estudios a petición de la
Administración Educativa; así como la instrucción de procedimientos disciplinarios, en su
caso.
- En la participación en comisiones, juntas y tribunales para los supuestos
correspondientes, conforme a la normativa vigente.
2. El asesoramiento en situaciones de conflicto y/o disparidad entre sectores de la
comunidad educativa, o entre ésta y la Administración, se realizará de oficio o instancia
de parte, de acuerdo con el procedimiento que se establezca para ello, evacuando
informe, si se considerara necesario, en función de la naturaleza y posibles efectos del
asunto, realizándose estos dentro del módulo correspondiente del Sistema de Información
Séneca.
3. Cada uno de los procesos recogidos en esta actuación se desarrollarán teniendo
en cuenta, en su caso, los distintos procedimientos y modelos de informe homologados
que se establezcan para ello.
4. En aplicación del principio de integración de las actuaciones, las evidencias
recabadas durante el desarrollo de estas actuaciones podrán ser utilizadas en el marco
de la Actuación homologada 2.1 «Evaluación de la dirección escolar».
Actuación homologada 4.
Elaboración de las memorias anuales de la Inspección Educativa de Andalucía (HO.4).
LÍNEAS ESTRATÉGICAS
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS
LE.4 / LE. 5
OE. 4.1/OE 4.2/OE. 4.3/OE.4.4/OE.5.2
MUESTRA
Todos los Servicios Provinciales de Inspección de Educación.
Inspección General de Educación.
1. La Inspección Educativa de Andalucía realizará de manera permanente una
autoevaluación de su propio funcionamiento y de los planes de trabajo que desarrolla. Así
mismo, se establece para el seguimiento y evaluación del grado de cumplimiento de los
planes de actuación la elaboración de la Memoria Anual de la Inspección Educativa y las
Memorias Anuales de funcionamiento de los Servicios Provinciales, dando cumplimiento
a lo estipulado en el artículo 37.2 del Decreto 115/2002, de 25 de marzo, por el que se
regula la organización y el funcionamiento de la Inspección Educativa.
2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 67.4.d) de la Orden de 13 de julio de
2007 los planes provinciales de actuación contemplarán el procedimiento de evaluación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324347
OBJETIVOS GENERALES
OB. 5
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Jueves, 31 de julio de 2025
página 10749/9
4. La planificación de la actuación se desarrollará de acuerdo con la resolución que
publique la Dirección General competente en materia de Recursos Humanos.
Actuación homologada 3.
Demandas, incidencias y reclamaciones (HO.3).
OBJETIVOS GENERALES
OB.3 / OB.5 / OB.6
LÍNEAS ESTRATÉGICAS
L.E.2 / L.E.4
MUESTRA
Todos los Servicios Provinciales de Inspección de Educación.
Inspección General de Educación.
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS
OE.2.1 / OE 4.3
1. Los procesos de coordinación, información y colaboración con la Administración
Educativa estarán dirigidos a proporcionar información relevante a la misma para la toma
de decisiones en diversos asuntos, así como promover el trabajo coordinado con otros
servicios educativos, incluida la participación en comisiones, juntas y tribunales para la
evaluación de centros, selección de directores y directoras, y evaluación de la función
directiva, acceso a la función pública docente, evaluación de la práctica docente y otros
casos y supuestos conforme a la normativa vigente:
- Mediante la realización de dictámenes, informes y estudios a petición de la
Administración Educativa; así como la instrucción de procedimientos disciplinarios, en su
caso.
- En la participación en comisiones, juntas y tribunales para los supuestos
correspondientes, conforme a la normativa vigente.
2. El asesoramiento en situaciones de conflicto y/o disparidad entre sectores de la
comunidad educativa, o entre ésta y la Administración, se realizará de oficio o instancia
de parte, de acuerdo con el procedimiento que se establezca para ello, evacuando
informe, si se considerara necesario, en función de la naturaleza y posibles efectos del
asunto, realizándose estos dentro del módulo correspondiente del Sistema de Información
Séneca.
3. Cada uno de los procesos recogidos en esta actuación se desarrollarán teniendo
en cuenta, en su caso, los distintos procedimientos y modelos de informe homologados
que se establezcan para ello.
4. En aplicación del principio de integración de las actuaciones, las evidencias
recabadas durante el desarrollo de estas actuaciones podrán ser utilizadas en el marco
de la Actuación homologada 2.1 «Evaluación de la dirección escolar».
Actuación homologada 4.
Elaboración de las memorias anuales de la Inspección Educativa de Andalucía (HO.4).
LÍNEAS ESTRATÉGICAS
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS
LE.4 / LE. 5
OE. 4.1/OE 4.2/OE. 4.3/OE.4.4/OE.5.2
MUESTRA
Todos los Servicios Provinciales de Inspección de Educación.
Inspección General de Educación.
1. La Inspección Educativa de Andalucía realizará de manera permanente una
autoevaluación de su propio funcionamiento y de los planes de trabajo que desarrolla. Así
mismo, se establece para el seguimiento y evaluación del grado de cumplimiento de los
planes de actuación la elaboración de la Memoria Anual de la Inspección Educativa y las
Memorias Anuales de funcionamiento de los Servicios Provinciales, dando cumplimiento
a lo estipulado en el artículo 37.2 del Decreto 115/2002, de 25 de marzo, por el que se
regula la organización y el funcionamiento de la Inspección Educativa.
2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 67.4.d) de la Orden de 13 de julio de
2007 los planes provinciales de actuación contemplarán el procedimiento de evaluación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324347
OBJETIVOS GENERALES
OB. 5