Disposiciones generales. . (2025/146-1)
Resolución de 25 de julio de 2025, de la Viceconsejería, por la que se aprueban las Instrucciones para el desarrollo, la dirección y la coordinación del Plan General de Actuación de la Inspección Educativa y el Plan de Formación para el Perfeccionamiento y Actualización Profesional, para el curso escolar 2025-2026.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Jueves, 31 de julio de 2025
página 10749/8

las valoraciones de ambos cuestionarios a través de una reunión entre la Inspección de
referencia y las direcciones de los centros.
3. A la finalización del periodo de mandato del ejercicio de la dirección de aquellas
que fueron nombradas a propuesta de la Comisión de Selección, como resultado de
su participación en el concurso de méritos, así como aquellas que fueron nombradas
con carácter extraordinario en centros de nueva creación, la inspección de referencia
realizará una valoración final con la finalidad de obtener el reconocimiento personal y
profesional correspondiente, que se recogerá en el pertinente informe en el Sistema de
Información Séneca.
4. La Inspección General de Educación, en coordinación con los responsables
provinciales del grupo de trabajo de selección y evaluación de la función directiva del
área específica de trabajo estructural de evaluación del sistema educativo, establecerá
la planificación general de esta actuación, cuya concreción se realizará en la guía
correspondiente.
5. Los Servicios Provinciales de Inspección de Educación y los equipos de
inspección de zona procurarán en su planificación la integración con el máximo posible
de actuaciones de estas Instrucciones, teniendo en cuenta el número de reuniones e
informes a realizar con el objetivo de que exista un equilibrio adecuado en los tiempos y
las cargas de trabajo de los inspectores e inspectoras.
6. La actuación concluirá con la elaboración de un informe de la Jefatura de cada
uno de los Servicios Provinciales de Inspección de Educación, que se ajustará al modelo
homologado y se cumplimentará en el sistema de Información Séneca, que servirá
para la elaboración de la Memoria Anual de funcionamiento del Servicio Provincial de
Inspección de Educación.
Actuación homologada 2.2.
Participación en la selección de las direcciones escolares (HO.2.2).

1. Corresponde a la Inspección de Educación el ejercicio de la presidencia de
las distintas Comisiones de Selección que se constituyan en los centros y servicios
educativos, desarrollando las funciones y tareas que a estas comisiones reconoce la
normativa que regula el procedimiento, así como la presidencia de la Comisión Técnica de
baremación que se constituya en cada una de las Delegaciones Territoriales, que actuará
por delegación de las Comisiones de Selección, correspondiéndole las tareas materiales
y puramente regladas de la aplicación de la baremación de los méritos académicos y
profesionales de las candidaturas.
2. La Inspección General de Educación, en coordinación con los responsables
provinciales del grupo de trabajo de selección y evaluación de la función directiva del
área específica de trabajo estructural de evaluación del sistema educativo, establecerá la
planificación general de esta actuación. Asimismo, en la planificación de esta actuación
por parte de los Servicios Provinciales de Inspección de Educación se tendrá en cuenta
el número de centros en los que haya que realizar la selección, con el objetivo de realizar
un reparto equitativo de las cargas de trabajo en el seno de los equipos de inspección de
zona.
3. La actuación concluirá con la elaboración de un informe de la jefatura de cada uno
de los Servicios Provinciales de Inspección de Educación, que se ajustará al modelo
homologado, se elaborará dentro del módulo correspondiente del Sistema de información
Séneca y se incluirá en la Memoria Anual de funcionamiento del Servicio Provincial de
Inspección de Educación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00324347

MUESTRA
Todos los centros docentes públicos no universitarios de titularidad de la Junta de Andalucía para los
que se convoque el concurso de méritos para la selección y nombramiento de directores y directoras y
cuenten con candidaturas admitidas.