3. Otras disposiciones. . (2025/143-35)
Resolución de 11 de julio de 2025, de la Presidencia de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, M.P., por la que se acuerda la publicación del Reglamento de Régimen Interior aprobado por el Consejo Rector.
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Lunes, 28 de julio de 2025
página 10464/16

Artículo 39. Innovación, desarrollo e investigación.
1. La Agencia desarrollará una actividad continuada de proyectos de innovación y
desarrollo tecnológico y ejecutará, igualmente, aquellas actividades de I+D+i que le sean
encomendadas o contratadas.
2. Asimismo, la Agencia:
a) Fomentará las actividades de I+D+i y motivará e implicará a las personas de su
organización en dichas actividades.
b) Sostendrá un sistema de vigilancia tecnológica pro-activa, a través del cual se
tenga conocimiento de la situación tecnológica interna y externa.
c) Asegurará que no se pierdan las ideas y actividades susceptibles de generar
innovación en sus procesos, tecnologías propias y patentes.
3. Mediante las herramientas de creatividad, vigilancia, previsión, análisis interno y
externo y a partir de las necesidades de los grupos de interés se detectarán aquellas
necesidades u oportunidades que puedan generar proyectos de I+D+i.
4. Las ideas, generadas en continuo en el seno de la Agencia, se valorarán
preliminarmente mediante análisis cuantitativo y cualitativo en base al interés, viabilidad,
posibilidades de éxito o aptitud, para convertirse en proyectos de I+D+i, que deberán
planificarse para una posterior aprobación por parte de la Dirección Gerencia.
5. Finalizado el proyecto, se analizarán las posibilidades de proceso de patente e
inscripción de los resultados en registros oficiales de la Propiedad Industrial e Intelectual.
Se llevará un registro de dichas patentes existentes.
6. Los resultados de los proyectos deberán incluir las pautas de explotación de
resultados y las vías mediante las cuales transferir la tecnología, esto es, adquirir, ceder,
compartir, o posicionar conocimiento innovador.
Artículo 40. Desarrollo tecnológico y TIC.
1. La Agencia identificará en continuo las necesidades y expectativas internas
en cuanto a Sistemas de Información plasmándolas en proyectos con el fin de alinear
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00324062

función del conocimiento disponible, utilizando como mecanismos básicos la gestión
del conocimiento, el desarrollo tecnológico y de las Tecnologías de la Información y
Comunicación (TIC, en adelante) o la inversión en Investigación, desarrollo e innovación
(I+D+i, en adelante) para lograr el crecimiento y dar solución a las necesidades
medioambientales de nuestra Comunidad Autónoma.
2. El desarrollo y uso de las TIC estará orientado a la agilización de procedimientos,
mejora de la eficiencia de los procesos, mejora en la eficacia de la toma de decisiones y
la comunicación de las distintas unidades directivas y territoriales, mejorando en definitiva
el acceso a la información y creando conocimiento, de forma que dicho uso repercuta de
forma positiva en la productividad y en la mejora continua de sus procesos y actividades.
3. Los principios que sustentan la apuesta por el desarrollo tecnológico y la innovación
en la Agencia son los siguientes:
a) Participación activa: Implicación de toda la organización en la participación activa
a través de la integración de diversos campos de conocimiento y experiencias para
encontrar soluciones diferentes.
b) Creatividad: La Agencia impulsará la creatividad de las personas de la organización,
propiciando el pensamiento divergente y la búsqueda de nuevas soluciones en el
desarrollo de sus procesos.
c) Colaboración externa: En la camino de la innovación se fomentará la colaboración
con entidades externas que proporcionen o complementen conocimientos y metodologías.
d) Vigilancia tecnológica: Análisis continuo y proactivo de información, novedades y
avances para su integración dentro de la organización.
e) Flexibilidad: Su funcionamiento debe permitir la transferencia de la tecnología y
gestión del cambio.
f) Protección del conocimiento generado y propiedad intelectual garantizando la
explotación de los resultados bajo los principios y criterios establecidos en la organización.