3. Otras disposiciones. . (2025/143-35)
Resolución de 11 de julio de 2025, de la Presidencia de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, M.P., por la que se acuerda la publicación del Reglamento de Régimen Interior aprobado por el Consejo Rector.
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Lunes, 28 de julio de 2025
página 10464/12

a) Eficiencia, promoviéndose el uso eficiente de los recursos económicos mejorando
la relación entre los resultados obtenibles respecto a los recursos empleables.
b) Economía, a través de la obtención de las condiciones económicamente más
ventajosas.
c) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados.
d) Estabilidad Presupuestaria, a cuyo efecto el presupuesto de gastos necesarios para
la consecución de los objetivos fijados estará equilibrado con los ingresos de cualquier
naturaleza previstos, incluidas las transferencias de financiación que sean aprobadas
anualmente.
e) Claridad y transparencia: La gestión presupuestaria, incluidas las operaciones
extrapresupuestarias, contendrá información suficiente y adecuada para permitir la
verificación del cumplimiento de los principios y reglas que la rigen y de los objetivos que
se proponen alcanzar.
f) Legalidad: La elaboración y ejecución del presupuesto se sujetará a la normativa
pública nacional y autonómica aplicables.
4. Mediante la estructura documental del sistema de gestión se desarrollan los
elementos esenciales que configuran la elaboración de los instrumentos de planificación y
presupuestación anual o plurianual hasta su definitiva aprobación. Entre otros se definirán
los responsables e hitos del proceso, el calendario de elaboración, el ámbito temporal de
planificación y presupuestación, la actualización de datos de referencia, el nivel de detalle
de la información según las necesidades para la toma de decisiones y lo establecido en
la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, las
órdenes de elaboración del presupuesto y cualquier otra normativa presupuestaria que le
sirva de complemento o desarrollo, así como en los Estatutos de la Agencia.
5. La unidad de planificación económica básica es la unidad de acumulación
de información homogénea y relevante para la toma de decisiones sobre la gestión
técnica, económica y administrativa de un proyecto o actuación que es conocido en la
organización con el nombre de Centro de Coste.

Artículo 28. Sistema de gestión por objetivos.
1. La Agencia orientará en todo momento sus actividades al cumplimiento de los
objetivos plurianuales contenidos en el Programa de Gestión, concretados anualmente
en el Plan de Acción Anual, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25 y 27 de sus
Estatutos.
2. En relación a las actividades a desempeñar y los objetivos asociados a las
mismas, que se concretarán anualmente en el Plan de Acción Anual, se diferenciarán
las actividades atribuidas de forma ordinaria, conforme a las dotaciones contenidas en
sus presupuestos anuales y las actividades que se podrán ejecutar mediante encargos,
en su consideración de medio propio personificado de la Administración de la Junta
de Andalucía y sus entes instrumentales, cuando se trate de actividades puntuales y
concretas relativas a obras, suministros, servicios, concesión de obras y concesión de
servicios, que no estén ya financiadas por el presupuesto de la Agencia en calidad de
actividades atribuidas.
3. La Agencia desarrolla sus fines en el marco de los planes y programas que
determinen las Consejerías competentes en materia de medio ambiente y agua, a las que
está adscrita, lo cual implica que los objetivos estratégicos y operativos que se le asignan
específicamente, son propios de dichas Consejería de adscripción. En consecuencia,
las actividades y actuaciones que desarrolla se unen a las desplegadas por éstas,
ejecutándose bajo su seguimiento y control de la eficacia a través de lo regulado en
el Programa de Gestión, concretado en los planes de acción anual, así como en las
resoluciones que formalicen los encargos a medio propio personificado, cuando proceda.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00324062

SECCIÓN SEGUNDA. GESTIÓN POR OBJETIVOS