Autoridades y personal. . (2025/141-31)
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se aprueban las bases y se convocan, por el sistema de concurso-oposición, procesos selectivos para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales de los Grupos I y II, en el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público 2022 y 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 141 - Jueves, 24 de julio de 2025
página 10379/15
Novena. Relación de personas seleccionadas y petición de destino.
1. Finalizado el plazo previsto en el apartado 4 de la base octava, las comisiones de
selección procederán, en primer lugar, a la verificación de la autobaremación y valoración
de méritos alegados. En dicho proceso de verificación, las comisiones de selección
podrán minorar la puntuación consignada por las personas aspirantes en el caso de
méritos no valorables conforme al baremo de méritos o en el caso de apreciar errores
aritméticos.
2. Ultimada la calificación de las personas aspirantes aprobadas, la comisión de
selección publicará en la Sede Electrónica general
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html)
y a título informativo en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública
(www.juntadeandalucia.es/organismos/iaap)
la lista provisional de personas seleccionadas, con indicación de la puntuación obtenida
tanto en la fase de oposición como en la de concurso, desglosada esta última conforme a
los apartados del baremo de méritos. Dicha lista irá ordenada por orden alfabético.
Contra esta lista podrán presentarse alegaciones de forma electrónica, que no
tendrán carácter de recurso, ante la comisión de selección, en el plazo de diez días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la publicación de la misma. Dichas alegaciones
serán decididas en la relación definitiva de personas seleccionadas.
La tramitación de las alegaciones y la vista de expedientes se realizarán
electrónicamente por todas las personas participantes interesadas, en la forma en que se
determine en la publicación de la lista provisional de personas seleccionadas.
3. Transcurrido el plazo referido en el punto anterior y resueltas las alegaciones en
su caso presentadas, el órgano de selección hará pública en la Sede Electrónica General
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html)
y a título informativo en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública
(www.juntadeandalucia.es/organismos/iaap)
la relación definitiva de personas seleccionadas por orden de puntuación con las
calificaciones obtenidas en cada una de las fases del proceso selectivo y la elevará como
propuesta a la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública para su correspondiente tramitación. La misma persona aspirante no podrá
figurar seleccionada en más de una categoría.
Contra esta lista definitiva de personas seleccionadas podrá interponerse recurso de
alzada ante la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se haga
pública, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
4. Al objeto de garantizar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 del Decreto
51/2025, de 24 de febrero, las personas con discapacidad que resulten seleccionadas
que necesiten adaptaciones que hayan de ser tenidas en cuenta por la Dirección General
de Recursos Humanos y Función Pública para realizar la oferta de vacantes, deberán
comunicarlo por medios electrónicos en el plazo de diez días hábiles contados a partir
del día siguiente al de la publicación de la relación definitiva de personas seleccionadas.
5. A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública les podrá requerir la información que estime necesaria en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323977
aunque no precisarán de acreditación documental, debiendo señalarse esta circunstancia
en el formulario de autobaremo referido en el apartado 4 de la presente base.
10. A la puntuación obtenida en la fase de concurso se sumarán los puntos obtenidos
en la fase de oposición, siempre que en esta se haya superado la puntuación mínima
necesaria para aprobar, determinando de esta forma la puntuación final de cada aspirante
y el número de aprobados, que no podrá ser superior al de plazas convocadas, ello sin
perjuicio de lo dispuesto en el apartado 9 de la base novena.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 141 - Jueves, 24 de julio de 2025
página 10379/15
Novena. Relación de personas seleccionadas y petición de destino.
1. Finalizado el plazo previsto en el apartado 4 de la base octava, las comisiones de
selección procederán, en primer lugar, a la verificación de la autobaremación y valoración
de méritos alegados. En dicho proceso de verificación, las comisiones de selección
podrán minorar la puntuación consignada por las personas aspirantes en el caso de
méritos no valorables conforme al baremo de méritos o en el caso de apreciar errores
aritméticos.
2. Ultimada la calificación de las personas aspirantes aprobadas, la comisión de
selección publicará en la Sede Electrónica general
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html)
y a título informativo en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública
(www.juntadeandalucia.es/organismos/iaap)
la lista provisional de personas seleccionadas, con indicación de la puntuación obtenida
tanto en la fase de oposición como en la de concurso, desglosada esta última conforme a
los apartados del baremo de méritos. Dicha lista irá ordenada por orden alfabético.
Contra esta lista podrán presentarse alegaciones de forma electrónica, que no
tendrán carácter de recurso, ante la comisión de selección, en el plazo de diez días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la publicación de la misma. Dichas alegaciones
serán decididas en la relación definitiva de personas seleccionadas.
La tramitación de las alegaciones y la vista de expedientes se realizarán
electrónicamente por todas las personas participantes interesadas, en la forma en que se
determine en la publicación de la lista provisional de personas seleccionadas.
3. Transcurrido el plazo referido en el punto anterior y resueltas las alegaciones en
su caso presentadas, el órgano de selección hará pública en la Sede Electrónica General
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html)
y a título informativo en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública
(www.juntadeandalucia.es/organismos/iaap)
la relación definitiva de personas seleccionadas por orden de puntuación con las
calificaciones obtenidas en cada una de las fases del proceso selectivo y la elevará como
propuesta a la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública para su correspondiente tramitación. La misma persona aspirante no podrá
figurar seleccionada en más de una categoría.
Contra esta lista definitiva de personas seleccionadas podrá interponerse recurso de
alzada ante la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se haga
pública, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
4. Al objeto de garantizar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 del Decreto
51/2025, de 24 de febrero, las personas con discapacidad que resulten seleccionadas
que necesiten adaptaciones que hayan de ser tenidas en cuenta por la Dirección General
de Recursos Humanos y Función Pública para realizar la oferta de vacantes, deberán
comunicarlo por medios electrónicos en el plazo de diez días hábiles contados a partir
del día siguiente al de la publicación de la relación definitiva de personas seleccionadas.
5. A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública les podrá requerir la información que estime necesaria en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323977
aunque no precisarán de acreditación documental, debiendo señalarse esta circunstancia
en el formulario de autobaremo referido en el apartado 4 de la presente base.
10. A la puntuación obtenida en la fase de concurso se sumarán los puntos obtenidos
en la fase de oposición, siempre que en esta se haya superado la puntuación mínima
necesaria para aprobar, determinando de esta forma la puntuación final de cada aspirante
y el número de aprobados, que no podrá ser superior al de plazas convocadas, ello sin
perjuicio de lo dispuesto en el apartado 9 de la base novena.