Disposiciones generales. . (2025/138-6)
Orden de 9 de julio de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la actividad cultural en áreas rurales de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Lunes, 21 de julio de 2025
página 10196/4

A la vista de lo anterior, a propuesta de la Secretaría General de Innovación Cultural
y Museos, en uso de las facultades que me confieren el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24
de octubre, y de conformidad con lo establecido en el artículo 118 del Texto Refundido de
la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
DISPONGO
Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras de concesión de subvenciones.
1. Mediante la presente orden se aprueban las bases reguladoras de concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la actividad
cultural en áreas rurales de Andalucía, integradas por:
a) El texto articulado de las bases reguladoras tipo de la Junta de Andalucía para la
concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva aprobadas mediante
Orden de 20 de diciembre de 2019, de la Consejería de la Presidencia, Administración
Pública e Interior (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre), que se considera parte integrante
de la presente norma.
b) El cuadro resumen correspondiente que se anexa a continuación.
2. Se establece la siguiente línea de subvenciones:
Ayudas para el fomento de la actividad cultural en áreas rurales de Andalucía.
Disposición adicional única. Delegación de competencias.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22
de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, se delega en la persona
titular de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales la competencia
para iniciar y resolver los procedimientos sancionadores derivados de las infracciones
administrativas cometidas en relación con la presente orden.
Disposición transitoria única. Procedimientos en curso.
Los procedimientos de concesión y gestión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, que a la entrada en vigor de la presente orden estuvieran
iniciados y no concluidos con arreglo al régimen jurídico que se deroga por la misma,
seguirán su tramitación, de acuerdo con la normativa aplicable en el momento de su
iniciación y en los distintos órganos que, por razón de la materia, asuman dichas
competencias de conformidad con lo dispuesto en la presente orden.
Disposición derogatoria. Derogación normativa.
Queda derogada la Orden de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, de 27 de
diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para ampliar y diversificar la
oferta cultural en áreas no urbanas de Andalucía.
Disposición final primera. Facultades de ejecución.
Se faculta a la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones
Culturales para que dicte cuantos actos sean necesarios para la ejecución, y cumplimiento
de lo dispuesto en la presente orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.

PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Cultura y Deporte

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Sevilla, 9 de julio de 2025