Disposiciones generales. . (2025/81-8)
Orden de 24 de abril de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para el uso eficiente de la energía en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Miércoles, 30 de abril de 2025
página 6008/5

Subvenciones de la Consejería de Industria, Energía y Minas, para el periodo 2023-2027,
aprobado mediante Orden de 7 de julio de 2023, y con ella se pretende dar respuesta a
las necesidades del conjunto de la sociedad andaluza para alcanzar unos altos niveles
de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero basada en el incremento de
la eficiencia energética, las energías renovables y la movilidad sostenible, y configura el
mapa de las ayudas de mejora energética en Andalucía en el nuevo marco comunitario
2021-2027 de los fondos FEDER, cuyo punto de partida ha sido la Orden de la Consejería
de Industria, Energía y Minas, de 13 de marzo de 2025, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de incentivos integrados de competitividad y energía
para las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los espacios productivos
en Andalucía. Así mismo dicho Plan estratégico de Subvenciones permitirá un mayor
seguimiento y evaluación de los logros alcanzados en los objetivos propuestos.
Asimismo, esta orden se ajusta a los principios de buena regulación establecidos en
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ya que la norma es respetuosa con los
principios de necesidad, eficacia y proporcionalidad, en tanto que con ella se consigue
el fin perseguido, así como los principios de transparencia, igualdad y no discriminación,
eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante y
eficiencia en la asignación y utilización de los recursos destinados a tal fin.
En virtud de los principios de necesidad y eficacia, las presentes bases reguladoras
se ajustan a lo establecido en la Orden de 20 de diciembre de 2019. Asimismo, las
presentes bases reguladoras se ajustan a las bases tipo, sin exigir que, junto a la solicitud
de la subvención, las personas o entidades interesadas aporten ningún otro documento.
En cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de 27 de diciembre de 2016, del Consejo
de Gobierno, por el que se adoptan medidas para habilitar la participación pública en el
procedimiento de elaboración normativa a través del portal de la Junta de Andalucía, se
ha efectuado el trámite de consulta pública previa, habiendo participado además, distintas
Consejerías y entidades privadas, lo cual abunda, junto a lo anteriormente expuesto, en
que estas bases regladoras se adecúan a los principios de buena regulación.
En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Secretaría General de Energía,
y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 118.1 del Texto Refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.6 del
Reglamento de los Procedimientos de Concesiones de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo, y en el artículo
44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de
Andalucía,

Artículo 1. Aprobación de las bases reguladoras.
1. Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para el uso
eficiente de la energía en Andalucía, en la que se incluyen cuatro programas de actuación
integral:
Programa 1. Sector residencial y edificios e instalaciones públicas.
Programa 2. Sector empresarial y cadena agroalimentaria.
Programa 3. Redes y sistemas inteligentes.
Programa 4. Hogares vulnerables.
2. Las bases reguladoras para la concesión de incentivos para el uso eficiente de la
energía en Andalucía, estarán compuestas por:
a) El texto articulado de las bases reguladoras tipo de la Administración de la Junta
de Andalucía para la concesión de incentivos en régimen de concurrencia no competitiva,
aprobado mediante Orden de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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