Disposiciones generales. . (2025/79-1)
Decreto 96/2025, de 22 de abril, por el que se crean y regulan los Premios Andalucía de Fundaciones.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 79 - Lunes, 28 de abril de 2025
página 5876/2

Asimismo, establece las normas que rigen el procedimiento para la concesión de los
premios: convocatoria, candidaturas, causas de inadmisión de las candidaturas, criterios
de valoración, jurado, fallo, concesión y entrega de los premios, efectos y revocación.
En la parte final se contienen las disposiciones adicionales que no pueden situarse en el
articulado, la disposición derogatoria y las disposiciones finales sobre la entrada en vigor
y el desarrollo y ejecución de la norma.
De conformidad con el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, este decreto
se adapta a los principios de buena regulación conforme a los cuales deben actuar las
Administraciones Públicas en el ejercicio de la potestad reglamentaria. Así, la norma
respeta los principios de necesidad y eficacia por cuanto, identificados los fines de interés
general perseguidos, esto es, la creación y regulación de los Premios Andalucía de
Fundaciones de carácter honorífico como incentivo y promoción del sector fundacional,
resulta ser el instrumento normativo más indicado para su consecución; se dicta de
acuerdo con el principio de proporcionalidad, pues contiene la regulación imprescindible
para atender a esta necesidad, sin que existan otras medidas alternativas para alcanzarla;
asimismo, responde al principio de seguridad jurídica, pues la regulación es coherente con
el resto del ordenamiento jurídico, en especial, con el régimen jurídico de las fundaciones
y el previsto en el Decreto 602/2019, de 3 de diciembre, por el que se regulan las
distinciones honoríficas de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se crea el Catálogo de
Premios concedidos por la Administración de la Junta de Andalucía, y respeta el principio
de eficiencia, en tanto que asegura la máxima eficacia con los menores costes posibles
en su aplicación. Por último, se ha observado el principio de transparencia durante su
tramitación, al haber sido sometida su elaboración al trámite de consulta pública previa
en la sección de transparencia del portal web de la Junta de Andalucía, así como a los
trámites de audiencia y de información pública, posibilitando el acceso al texto y a los
documentos propios del procedimiento normativo en los términos establecidos en el
artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
Los artículos 1.i) y 11.5 del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,
disponen que le corresponde a esta la propuesta, desarrollo, ejecución, coordinación y
control de las directrices generales del Consejo de Gobierno en relación con las materias
relativas al régimen jurídico y registro de las fundaciones, así como al Protectorado de las
Fundaciones Andaluzas, que ejerce a través de la Dirección General de Justicia Juvenil y
Cooperación, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 21.3 y 27.8 de la
Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
a propuesta del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública y previa
deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día, 22 de abril de 2025,
DISPONGO

Artículo 2. Finalidad.
Los Premios Andalucía de Fundaciones tienen como finalidad distinguir y reconocer
públicamente la labor de las fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de Andalucía
que hayan destacado en el cumplimiento de sus fines fundacionales de interés general, así
como la de aquellas personas, físicas o jurídicas, tengan o no carácter fundacional, u otras
entidades o instituciones, públicas o privadas, que en el ejercicio de sus actividades hayan
contribuido a la difusión, conocimiento, desarrollo o promoción del sector fundacional.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00319477

Artículo 1. Objeto.
Este decreto tiene por objeto la creación y regulación de los Premios Andalucía de
Fundaciones.