Disposiciones generales. . (2025/78-1)
Resolución de fecha 9 de abril de 2025, del Vicerrectorado de Estudiantes, Empleabilidad y Emprendimiento de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convocan ayudas propias para el curso 2024/2025.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 78 - Viernes, 25 de abril de 2025
página 5311/6
2. P ROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LAS DISTINTAS MODALIDADES DE
AYUDAS PROPIAS DE LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE
La instrucción del procedimiento será competencia del Área de Estudiantes de Grado,
que establecerá los procedimientos adecuados y dará las instrucciones necesarias para
la tramitación y gestión de la convocatoria.
El procedimiento se iniciará al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el
BOJA.
El proceso de selección se efectuará en régimen de concurrencia competitiva para
las modalidades A, B, C y D, de conformidad con los criterios de valoración y requisitos
establecidos en la presente convocatoria.
2. Documentación.
Para optar a las ayudas será imprescindible aportar la siguiente documentación:
a) NIF de todos los miembros de la unidad familiar. En el caso de estudiantes
extranjeros, será obligatoria la presentación del NIE del solicitante y el de todos los
miembros computables de la unidad familiar que residan en España.
b) Fotocopia de los recibos de Impuestos sobre Bienes Inmuebles Rústicos y Urbanos
pertenecientes a los miembros computables, a excepción de la vivienda habitual, y
referidos al ejercicio 2023.
2.1. La presentación de la solicitud de ayuda implicará la autorización a la Universidad
Pablo de Olavide, para requerir a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria los
datos económicos y patrimoniales necesarios para determinar la renta familiar a efectos
de beca y los bienes inmuebles que posean los miembros computables de la unidad
familiar del solicitante. Y autorización a obtener los datos económicos de la unidad familiar
del solicitante que consten en su expediente de solicitud de beca de convocatoria general
del Ministerio de Educación y Formación Profesional para el curso 2024-25.
2.2. En casos específicos en los que no se pueda determinar la renta de la unidad
familiar a través de la información facilitada por la AEAT, se podrá requerir los documentos
complementarios que se estimen precisos para un adecuado conocimiento de las
circunstancias peculiares de cada caso, a los efectos de garantizar la correcta inversión
de los recursos presupuestarios destinados para las ayudas.
2.3. En el caso de que la solicitud de ayuda sea formulada por personas que formen
parte de unidades familiares de las que las Administraciones Tributarias no dispongan
de datos, será el propio solicitante quien deba aportar información fehaciente sobre la
situación económica de renta y patrimonio de su unidad familiar, denegándose la ayuda
en caso contrario.
2.4. Igualmente deberá acreditarse cada una de las circunstancias que se hagan
constar en la solicitud de beca:
• Fotocopia de matrícula de los hermanos/as, referente al curso académico
2023/2024, que hayan cursado estudios universitarios fuera del domicilio familiar y no
sean estudiantes de la Universidad Pablo de Olavide, en su caso.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318912
1. Presentación de la solicitud. Los solicitantes deberá presentar la solicitud que
se encuentra en el Tablón Electrónico de la Universidad Pablo de Olavide, aportando
la documentación según lo dispuesto en el artículo 4.1.f) del Reglamento de Uso y
Funcionamiento del Registro Electrónico General de la Universidad Pablo de Olavide de
Sevilla, la presentación de la documentación recogida en el apartado 2 de este anexo
deberá hacerse por la sede electrónica de la Universidad a través del procedimiento de
«Instancia Genérica» que encontrará en la sede electrónica de la UPO
https://sede.upo.es/opencms/system/modules/sede/index
o bien de forma electrónica por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 78 - Viernes, 25 de abril de 2025
página 5311/6
2. P ROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LAS DISTINTAS MODALIDADES DE
AYUDAS PROPIAS DE LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE
La instrucción del procedimiento será competencia del Área de Estudiantes de Grado,
que establecerá los procedimientos adecuados y dará las instrucciones necesarias para
la tramitación y gestión de la convocatoria.
El procedimiento se iniciará al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el
BOJA.
El proceso de selección se efectuará en régimen de concurrencia competitiva para
las modalidades A, B, C y D, de conformidad con los criterios de valoración y requisitos
establecidos en la presente convocatoria.
2. Documentación.
Para optar a las ayudas será imprescindible aportar la siguiente documentación:
a) NIF de todos los miembros de la unidad familiar. En el caso de estudiantes
extranjeros, será obligatoria la presentación del NIE del solicitante y el de todos los
miembros computables de la unidad familiar que residan en España.
b) Fotocopia de los recibos de Impuestos sobre Bienes Inmuebles Rústicos y Urbanos
pertenecientes a los miembros computables, a excepción de la vivienda habitual, y
referidos al ejercicio 2023.
2.1. La presentación de la solicitud de ayuda implicará la autorización a la Universidad
Pablo de Olavide, para requerir a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria los
datos económicos y patrimoniales necesarios para determinar la renta familiar a efectos
de beca y los bienes inmuebles que posean los miembros computables de la unidad
familiar del solicitante. Y autorización a obtener los datos económicos de la unidad familiar
del solicitante que consten en su expediente de solicitud de beca de convocatoria general
del Ministerio de Educación y Formación Profesional para el curso 2024-25.
2.2. En casos específicos en los que no se pueda determinar la renta de la unidad
familiar a través de la información facilitada por la AEAT, se podrá requerir los documentos
complementarios que se estimen precisos para un adecuado conocimiento de las
circunstancias peculiares de cada caso, a los efectos de garantizar la correcta inversión
de los recursos presupuestarios destinados para las ayudas.
2.3. En el caso de que la solicitud de ayuda sea formulada por personas que formen
parte de unidades familiares de las que las Administraciones Tributarias no dispongan
de datos, será el propio solicitante quien deba aportar información fehaciente sobre la
situación económica de renta y patrimonio de su unidad familiar, denegándose la ayuda
en caso contrario.
2.4. Igualmente deberá acreditarse cada una de las circunstancias que se hagan
constar en la solicitud de beca:
• Fotocopia de matrícula de los hermanos/as, referente al curso académico
2023/2024, que hayan cursado estudios universitarios fuera del domicilio familiar y no
sean estudiantes de la Universidad Pablo de Olavide, en su caso.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318912
1. Presentación de la solicitud. Los solicitantes deberá presentar la solicitud que
se encuentra en el Tablón Electrónico de la Universidad Pablo de Olavide, aportando
la documentación según lo dispuesto en el artículo 4.1.f) del Reglamento de Uso y
Funcionamiento del Registro Electrónico General de la Universidad Pablo de Olavide de
Sevilla, la presentación de la documentación recogida en el apartado 2 de este anexo
deberá hacerse por la sede electrónica de la Universidad a través del procedimiento de
«Instancia Genérica» que encontrará en la sede electrónica de la UPO
https://sede.upo.es/opencms/system/modules/sede/index
o bien de forma electrónica por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común.