Disposiciones generales. . (2025/78-1)
Resolución de fecha 9 de abril de 2025, del Vicerrectorado de Estudiantes, Empleabilidad y Emprendimiento de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convocan ayudas propias para el curso 2024/2025.
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Número 78 - Viernes, 25 de abril de 2025
página 5311/5
c) Ayudas para transporte. Destinada a ayudar a cubrir los gastos de desplazamiento
del estudiantado a su centro (Facultad o Escuela) durante el curso académico 2024/2025,
Por un importe según el kilometraje siguiente:
• De 0 a 25 km un importe de 100 €.
• De 26 a 50 km un importe de 150 €.
• Más de 50 km un importe de 250 €.
Para la adjudicación de esta ayuda se requerirá que el/la solicitante esté matriculado/a
en estudios presenciales y oficiales en un centro propio de la Universidad Pablo de
Olavide. En caso de estudiantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior
al 65% se incrementará la ayuda de transporte en un 50%.
Requisitos económicos.
Será necesario que la unidad familiar no supere los umbrales de renta y patrimonio
que se indican en el apartado 5 de estas bases.
Requisitos académicos.
Cumplir los requisitos durante el curso 2023/24 recogidos en el apartado 4 de estas
bases.
d) Ayuda de alojamiento: Se destinarán a aquellos estudiantes que acrediten que
por razón de la distancia entre el domicilio familiar y el Centro docente y/o los medios
de comunicación existentes, tiene que residir fuera del domicilio familiar durante todo el
curso académico.
Podrán ser beneficiarios de esta ayuda quienes cursen estudios de grado en régimen
presencial y de matrícula completa.
Para la adjudicación de esta ayuda, se requerirá que el/la solicitante acredite la
necesidad de residir fuera del domicilio familiar durante todo el curso escolar, por razón
de la distancia entre el mismo y el centro docente, los medios de comunicación existentes
y los horarios lectivos. En caso contrario, se entenderá no justificada esta necesidad por
lo que le será denegada la ayuda.
Con carácter general, como mínimo debe existir, al menos una distancia de 50 km
entre la localidad de residencia y la Universidad Pablo de Olavide.
La Comisión de Selección podrá considerar como domicilio de la familia el más
próximo al centro docente, aunque no coincida con el domicilio legal.
Tratándose de estudiantes independientes, se entenderá por domicilio familiar en el
que el estudiante habita durante el curso escolar por lo que no procederá la concesión de
esta ayuda, al coincidir en estos casos la residencia del estudiante durante el curso con
su domicilio familiar.
En ningún caso el importe de esta ayuda será superior al coste real del alquiler del
alojamiento.
La Comisión decidirá finalmente la cuantía a percibir por los/as beneficiarios/as.
Pudiéndose establecer como máximo una cuantía de 800 €.
Esta ayuda es incompatible con la ayuda de transporte recogida en esta convocatoria.
Requisitos económicos.
Será necesario que la unidad familiar no supere los umbrales de renta y patrimonio
que se indican en el apartado 5 de estas bases.
Requisitos académicos.
Cumplir los requisitos durante el curso 2023-24 recogidos en el apartado 4 de estas
bases.
En caso de que el número de solicitantes que cumpla los requisitos económicos y
académicos sea mayor que el presupuesto asignado a estas ayudas (a, b, c y d), se
utilizará como criterio de selección la renta per cápita de la unidad familiar.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318912
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 5311/5
c) Ayudas para transporte. Destinada a ayudar a cubrir los gastos de desplazamiento
del estudiantado a su centro (Facultad o Escuela) durante el curso académico 2024/2025,
Por un importe según el kilometraje siguiente:
• De 0 a 25 km un importe de 100 €.
• De 26 a 50 km un importe de 150 €.
• Más de 50 km un importe de 250 €.
Para la adjudicación de esta ayuda se requerirá que el/la solicitante esté matriculado/a
en estudios presenciales y oficiales en un centro propio de la Universidad Pablo de
Olavide. En caso de estudiantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior
al 65% se incrementará la ayuda de transporte en un 50%.
Requisitos económicos.
Será necesario que la unidad familiar no supere los umbrales de renta y patrimonio
que se indican en el apartado 5 de estas bases.
Requisitos académicos.
Cumplir los requisitos durante el curso 2023/24 recogidos en el apartado 4 de estas
bases.
d) Ayuda de alojamiento: Se destinarán a aquellos estudiantes que acrediten que
por razón de la distancia entre el domicilio familiar y el Centro docente y/o los medios
de comunicación existentes, tiene que residir fuera del domicilio familiar durante todo el
curso académico.
Podrán ser beneficiarios de esta ayuda quienes cursen estudios de grado en régimen
presencial y de matrícula completa.
Para la adjudicación de esta ayuda, se requerirá que el/la solicitante acredite la
necesidad de residir fuera del domicilio familiar durante todo el curso escolar, por razón
de la distancia entre el mismo y el centro docente, los medios de comunicación existentes
y los horarios lectivos. En caso contrario, se entenderá no justificada esta necesidad por
lo que le será denegada la ayuda.
Con carácter general, como mínimo debe existir, al menos una distancia de 50 km
entre la localidad de residencia y la Universidad Pablo de Olavide.
La Comisión de Selección podrá considerar como domicilio de la familia el más
próximo al centro docente, aunque no coincida con el domicilio legal.
Tratándose de estudiantes independientes, se entenderá por domicilio familiar en el
que el estudiante habita durante el curso escolar por lo que no procederá la concesión de
esta ayuda, al coincidir en estos casos la residencia del estudiante durante el curso con
su domicilio familiar.
En ningún caso el importe de esta ayuda será superior al coste real del alquiler del
alojamiento.
La Comisión decidirá finalmente la cuantía a percibir por los/as beneficiarios/as.
Pudiéndose establecer como máximo una cuantía de 800 €.
Esta ayuda es incompatible con la ayuda de transporte recogida en esta convocatoria.
Requisitos económicos.
Será necesario que la unidad familiar no supere los umbrales de renta y patrimonio
que se indican en el apartado 5 de estas bases.
Requisitos académicos.
Cumplir los requisitos durante el curso 2023-24 recogidos en el apartado 4 de estas
bases.
En caso de que el número de solicitantes que cumpla los requisitos económicos y
académicos sea mayor que el presupuesto asignado a estas ayudas (a, b, c y d), se
utilizará como criterio de selección la renta per cápita de la unidad familiar.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318912
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía