Disposiciones generales. . (2025/78-1)
Resolución de fecha 9 de abril de 2025, del Vicerrectorado de Estudiantes, Empleabilidad y Emprendimiento de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convocan ayudas propias para el curso 2024/2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 78 - Viernes, 25 de abril de 2025
página 5311/2
1. BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Objeto de las ayudas.
Estas ayudas tienen por objeto complementar el Régimen General de Becas y Ayudas
al Estudio del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
2. Modalidades de ayudas. Las ayudas ofertadas serán las siguientes:
a) Ayudas para precios públicos por servicios académicos.
b) Ayudas para material.
c) Ayudas de transporte.
d) Ayudas para alojamiento.
4. Requisitos académicos.
Para disfrutar de esta ayuda al estudio, las personas candidatas han de cumplir el
requisito de rendimiento académico según lo establecido en los siguientes apartados.
4.1. Haber estado matriculado durante el curso 2023-2024, para todas las titulaciones
de un mínimo de créditos:
Matrícula completa para los estudiantes de grado: 60 créditos.
Matrícula parcial para los estudiantes de grados: 24 a 59 créditos.
Matrícula completa para los estudiantes de doble grado: La que comprenda, como
mínimo, todos los créditos que integren el curso completo de esa doble titulación conforme
al plan de estudios establecido. En el caso de que el estudiante esté matriculado de
créditos que correspondan a distinto curso se considerará curso completo el número de
créditos que resulte de dividir el total de los que integran el plan de estudios entre el
número de años que lo componen.
Matrícula parcial para los estudiantes de doble grados: Se considerará matrícula
parcial, la que comprenda, al menos, la mitad de los créditos que integran la matrícula
completa.
4.2. Haber superado el siguiente número de créditos:
Titulaciones de Grado (Rama Ingeniería) 50% créditos matriculados Titulaciones de
Grado/Dobles Grados (resto de Ramas) 70% créditos matriculados
Para estudiantes que accedan a primer curso universitario por primera vez, se tendrá
en cuenta la calificación obtenida en la prueba de acceso a la Universidad, excluida la
fase específica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318912
3. Requisitos generales.
Podrán solicitar estas ayudas el estudiantado matriculado en cualquiera de las
titulaciones de la Universidad Pablo de Olavide, en el curso 2024-25, en estudios
conducentes a la obtención de un título oficial de grado y que no hayan sido becarios del
Ministerio de Educación y Formación Profesional.
No obstante, podrán obtener las ayudas de desplazamiento, material y alojamiento,
el alumnado que únicamente hayan obtenido el componente de matrícula de la beca del
Ministerio de Educación y Formación Profesional o que hayan obtenido este componente
matrícula junto con la cuantía variable mínima y, en su caso, la cuantía fija ligada a la
excelencia en el rendimiento académico.
No podrán participar en esta modalidad de ayudas aquel alumnado de la convocatoria
de becas de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional en
el curso 2024-2025 que tengan la beca denegada por superar los umbrales de renta,
patrimonio y/o volumen de negocio. No obstante, aquellos que se encuentren en estas
circunstancias y presenten su solicitud, serán automáticamente excluidos.
No tendrán derecho a estas ayudas aquellos estudiantes que estén en posesión de
título universitario oficial o reúnan los requisitos legales para la obtención de un título del
mismo o superior nivel al de los estudios para los que se solicita la beca o ayuda.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 78 - Viernes, 25 de abril de 2025
página 5311/2
1. BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Objeto de las ayudas.
Estas ayudas tienen por objeto complementar el Régimen General de Becas y Ayudas
al Estudio del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
2. Modalidades de ayudas. Las ayudas ofertadas serán las siguientes:
a) Ayudas para precios públicos por servicios académicos.
b) Ayudas para material.
c) Ayudas de transporte.
d) Ayudas para alojamiento.
4. Requisitos académicos.
Para disfrutar de esta ayuda al estudio, las personas candidatas han de cumplir el
requisito de rendimiento académico según lo establecido en los siguientes apartados.
4.1. Haber estado matriculado durante el curso 2023-2024, para todas las titulaciones
de un mínimo de créditos:
Matrícula completa para los estudiantes de grado: 60 créditos.
Matrícula parcial para los estudiantes de grados: 24 a 59 créditos.
Matrícula completa para los estudiantes de doble grado: La que comprenda, como
mínimo, todos los créditos que integren el curso completo de esa doble titulación conforme
al plan de estudios establecido. En el caso de que el estudiante esté matriculado de
créditos que correspondan a distinto curso se considerará curso completo el número de
créditos que resulte de dividir el total de los que integran el plan de estudios entre el
número de años que lo componen.
Matrícula parcial para los estudiantes de doble grados: Se considerará matrícula
parcial, la que comprenda, al menos, la mitad de los créditos que integran la matrícula
completa.
4.2. Haber superado el siguiente número de créditos:
Titulaciones de Grado (Rama Ingeniería) 50% créditos matriculados Titulaciones de
Grado/Dobles Grados (resto de Ramas) 70% créditos matriculados
Para estudiantes que accedan a primer curso universitario por primera vez, se tendrá
en cuenta la calificación obtenida en la prueba de acceso a la Universidad, excluida la
fase específica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318912
3. Requisitos generales.
Podrán solicitar estas ayudas el estudiantado matriculado en cualquiera de las
titulaciones de la Universidad Pablo de Olavide, en el curso 2024-25, en estudios
conducentes a la obtención de un título oficial de grado y que no hayan sido becarios del
Ministerio de Educación y Formación Profesional.
No obstante, podrán obtener las ayudas de desplazamiento, material y alojamiento,
el alumnado que únicamente hayan obtenido el componente de matrícula de la beca del
Ministerio de Educación y Formación Profesional o que hayan obtenido este componente
matrícula junto con la cuantía variable mínima y, en su caso, la cuantía fija ligada a la
excelencia en el rendimiento académico.
No podrán participar en esta modalidad de ayudas aquel alumnado de la convocatoria
de becas de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional en
el curso 2024-2025 que tengan la beca denegada por superar los umbrales de renta,
patrimonio y/o volumen de negocio. No obstante, aquellos que se encuentren en estas
circunstancias y presenten su solicitud, serán automáticamente excluidos.
No tendrán derecho a estas ayudas aquellos estudiantes que estén en posesión de
título universitario oficial o reúnan los requisitos legales para la obtención de un título del
mismo o superior nivel al de los estudios para los que se solicita la beca o ayuda.