5. Anuncios. . (2025/77-78)
Anuncio de 2 de abril de 2025, del Ayuntamiento de Atarfe, de modificación de bases reguladoras del proceso selectivo para la cobertura de 2 plazas de Policía Local (PP. 725/2025).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Número 77 - Jueves, 24 de abril de 2025
página 4846/5
En la fase de oposición los aspirantes deberán superar las siguientes pruebas, que
se desarrollarán en el orden establecido en la convocatoria, asegurando la objetividad y
racionalidad de la selección.
8.1.1. Primera prueba: aptitud física.
Los aspirantes realizarán las pruebas de aptitud física que se describen en la Orden
de 22 de diciembre de 2003, de la Consejería de Gobernación, por la que se establecen
las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción
interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local,
detalladas en el Anexo I de la presente convocatoria, y en el orden que se establece,
siendo cada una de ella de carácter eliminatorio. Se calificará de apto o no apto.
Para la realización de las pruebas de aptitud física, los aspirantes deberán entregar
al Tribunal Calificador, un certificado médico en el que se haga constar que el aspirante
reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas.
Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas se
encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará
el resto de las pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase todas las
demás, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que
el Tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el
aplazamiento. Dicho plazo no podrá superar los 6 meses de duración, desde el comienzo
de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten
las causas, en cuyo caso se podrá ampliar dicho plazo otros 6 meses.
Cuando el número de plazas convocadas sea superior al de aspirantes que se puedan
acoger al anterior derecho, el aplazamiento no afectará al desarrollo del proceso selectivo
de las restantes plazas. En todo caso, se entiende que han superado el proceso selectivo
aquellos aspirantes cuya puntuación final no puede ser alcanzada por las aspirantes con
aplazamiento, aunque éstas superen las pruebas físicas.
Para la realización de las pruebas físicas los opositores deberán presentarse provistos
de atuendo deportivo.
Se calificará de apto o no apto.
8.1.2. Segunda prueba: conocimientos.
Consistirá en la contestación, por escrito, de los siguientes ejercicios, para lo que se
dispondrá de 3 horas de manera conjunta, como mínimo:
Prueba teórica:
Contestación de cuestionario de cien preguntas tipo test con cuatro respuestas
alternativas, de las que solamente una será considerada como correcta, propuestos por
el Tribunal para cada materia en relación con el temario del Anexo III de las bases de la
convocatoria, debiendo consignarse un número de preguntas proporcional al número de
temas de dicho Anexo, y como mínimo una pregunta por tema.
El criterio de corrección será el siguiente: Por cada tres preguntas contestadas
erróneamente se penalizará con una contestada correctamente. Una vez realizada esta
operación, se dividirá la puntuación máxima a otorgar, es decir 10,00 puntos, entre el
número de preguntas del cuestionario, en este caso 100, multiplicándose el cociente
obtenido por el número de preguntas correctas después de realizada la operación inicial
(descontadas las erróneas), siendo 5,00 puntos el mínimo necesario para considerar
superado el cuestionario. Se calificará de 0 a 10 puntos.
El cuestionario que se proponga tendrá diez preguntas más de reserva, claramente
identificadas como tales, las cuales sustituirán por su orden a las preguntas que en su
caso pudieran ser objeto de anulación. Dichas preguntas de reserva solo serán valoradas
en el caso de que sustituyan a alguna otra que haya sido objeto de anulación. Estas 10
preguntas de reserva habrán de ser contestadas dentro del tiempo disponible para la
totalidad del ejercicio.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318448
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 4846/5
En la fase de oposición los aspirantes deberán superar las siguientes pruebas, que
se desarrollarán en el orden establecido en la convocatoria, asegurando la objetividad y
racionalidad de la selección.
8.1.1. Primera prueba: aptitud física.
Los aspirantes realizarán las pruebas de aptitud física que se describen en la Orden
de 22 de diciembre de 2003, de la Consejería de Gobernación, por la que se establecen
las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción
interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local,
detalladas en el Anexo I de la presente convocatoria, y en el orden que se establece,
siendo cada una de ella de carácter eliminatorio. Se calificará de apto o no apto.
Para la realización de las pruebas de aptitud física, los aspirantes deberán entregar
al Tribunal Calificador, un certificado médico en el que se haga constar que el aspirante
reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas.
Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas se
encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará
el resto de las pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase todas las
demás, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que
el Tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el
aplazamiento. Dicho plazo no podrá superar los 6 meses de duración, desde el comienzo
de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten
las causas, en cuyo caso se podrá ampliar dicho plazo otros 6 meses.
Cuando el número de plazas convocadas sea superior al de aspirantes que se puedan
acoger al anterior derecho, el aplazamiento no afectará al desarrollo del proceso selectivo
de las restantes plazas. En todo caso, se entiende que han superado el proceso selectivo
aquellos aspirantes cuya puntuación final no puede ser alcanzada por las aspirantes con
aplazamiento, aunque éstas superen las pruebas físicas.
Para la realización de las pruebas físicas los opositores deberán presentarse provistos
de atuendo deportivo.
Se calificará de apto o no apto.
8.1.2. Segunda prueba: conocimientos.
Consistirá en la contestación, por escrito, de los siguientes ejercicios, para lo que se
dispondrá de 3 horas de manera conjunta, como mínimo:
Prueba teórica:
Contestación de cuestionario de cien preguntas tipo test con cuatro respuestas
alternativas, de las que solamente una será considerada como correcta, propuestos por
el Tribunal para cada materia en relación con el temario del Anexo III de las bases de la
convocatoria, debiendo consignarse un número de preguntas proporcional al número de
temas de dicho Anexo, y como mínimo una pregunta por tema.
El criterio de corrección será el siguiente: Por cada tres preguntas contestadas
erróneamente se penalizará con una contestada correctamente. Una vez realizada esta
operación, se dividirá la puntuación máxima a otorgar, es decir 10,00 puntos, entre el
número de preguntas del cuestionario, en este caso 100, multiplicándose el cociente
obtenido por el número de preguntas correctas después de realizada la operación inicial
(descontadas las erróneas), siendo 5,00 puntos el mínimo necesario para considerar
superado el cuestionario. Se calificará de 0 a 10 puntos.
El cuestionario que se proponga tendrá diez preguntas más de reserva, claramente
identificadas como tales, las cuales sustituirán por su orden a las preguntas que en su
caso pudieran ser objeto de anulación. Dichas preguntas de reserva solo serán valoradas
en el caso de que sustituyan a alguna otra que haya sido objeto de anulación. Estas 10
preguntas de reserva habrán de ser contestadas dentro del tiempo disponible para la
totalidad del ejercicio.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318448
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía