3. Otras disposiciones. . (2025/26-47)
Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación del I Convenio Colectivo de ámbito autonómico de Andalucía del Sector de Transporte de Pasajeros en Vehículo de Turismo mediante Arrendamiento con Licencia VTC.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 26 - Viernes, 7 de febrero de 2025

página 1549/22

elaborado por una empresa, siempre que ésta o la representación de los trabajadores en
ella así lo requiera.
c. Emitir informes a su iniciativa o en aquellos casos en que se le solicite respecto de
los temas de su competencia.
d. Cuantas otras sean necesarias para desarrollar las actividades y funciones
asignadas
Cada una de las organizaciones sindicales que formen parte de la Comisión Paritaria
dispondrán de una bolsa de crédito sindical de 3.000 horas al año. Este crédito adicional
podrá ser utilizado, a criterio de cada organización, por una o varias personas de su
sindicato, pertenecientes a la representación unitaria o sindical.
Artículo 43. Inaplicación de las condiciones reguladas en el presente Convenio.
Cuando concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción,
por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores legitimados para
negociar un convenio colectivo conforme a lo previsto en el artículo 87.1 del Estatuto de
los Trabajadores, se podrá proceder, previo desarrollo de un periodo de consultas en los
términos del artículo 41.4 del citado estatuto, a inaplicar en la empresa las condiciones
de trabajo previstas en el presente Convenio Colectivo, en los términos previstos en el
artículo 82.3 de la reiterada norma.

Artículo 45. Cláusula general de no discriminación.
Se prohíbe toda discriminación en razón de raza, sexo, orientación e identidad sexual,
expresión de género o características sexuales, religión, etnia, opción política o sindical,
o edad, en materia salarial y queda prohibida la distinta retribución del personal que
ocupa puestos de trabajo de igual valor en una misma organización en razón de alguna
de dichas cuestiones.
Tanto las mujeres como los hombres gozarán de igualdad de oportunidades en
cuanto al empleo, la formación, la promoción y el desarrollo en su trabajo.
Mujeres y hombres recibirán igual salario a trabajo de igual valor; asimismo, se les
garantizará la igualdad en cuanto a sus condiciones de empleo en cualesquiera otros
sentidos del mismo.
Se adoptarán las medidas oportunas a fin de que los puestos de trabajo, las prácticas
laborales, la organización del trabajo y las condiciones laborales se orienten de tal
manera que sean adecuadas tanto para las mujeres como para los hombres.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00315158

Artículo 44. Gestión y protección medioambiental.
Las partes firmantes de este Convenio Colectivo consideran necesario que las
empresas del sector actúen de forma responsable y respetuosa con el Medio Ambiente,
prestando atención a su defensa y protección.
La defensa de la salud en los lugares de trabajo no puede ser eficaz, si al mismo
tiempo no se asume la responsabilidad propia en relación con la gestión de la repercusión
medio ambiental de las actividades laborales y no abarca la defensa del medio ambiente.
Por consiguiente, hay que evaluar y prevenir las condiciones en las que se desarrolla el
trabajo y también las repercusiones del mismo sobre este.
Esta responsabilidad exige que las empresas establezcan y pongan en práctica
políticas, objetivos y programas en materia de medio ambiente y sistemas eficaces de
gestión medio ambiental, por lo que deberá adoptarse una política en este sentido que
contemple el cumplimiento de todos los requisitos normativos correspondientes, así como
las responsabilidades derivadas de la acción empresarial en materia de medio ambiente.
Especialmente, por obvio, la política en la configuración de flotas de vehículos y su
renovación al objeto de transitar a cero emisiones debe ser la principal línea de actuación
prioritaria, priorizando la etiqueta ECO en todas las nuevas adquisiciones de flota.