3. Otras disposiciones. . (2025/26-51)
Resolución de 3 de febrero de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se aprueban los Planes generales de inspección en el área de industria para el bienio 2025-2026.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 26 - Viernes, 7 de febrero de 2025

página 1501/10

Plan 5: Plan de control de puesta en mercado de productos industriales.
La finalidad de este Plan 5 reside en hacer efectiva la vigilancia y control de
determinados productos industriales puestos en el mercado, y que están sometidos
al cumplimiento de Reglamentos y normativa de seguridad o de otro tipo, como el
Reglamento (UE) núm. 305/2011 del Parlamento y el Consejo, de 9 de marzo de 2011, por
el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de
la construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo. Se verificará mediante
la inspección en destino de los productos, ya sea en obra, puntos de venta, distribuidores
o cualquier otro sistema de comercialización y usuario final. Este Plan se desarrollará
en tres (3) Programas de inspección, uno de carácter general e indeterminado para las
necesidades que se vayan presentando y dos específicos para productos concretos para
los que se ha identificado la conveniencia de establecer una campaña programada. A
continuación se indica la cantidad global para cada Programa:
Núm.
actuaciones

Programa
1. C
 ontrol de la introducción en el mercado de puertas industriales, comerciales, de
garaje y portones instaladas en industrias y establecimientos.
2. Control de cementos.
3. C
 ontrol general del cumplimiento de las especificaciones aplicables a productos
industriales.
TOTAL Actuaciones predeterminadas Plan 5.

32
10
Sin determinar
42

Programa núm. 1. Control de puertas industriales, comerciales, de garaje y portones
instaladas en industrias y establecimientos.
Objeto: Es objeto de este Programa la vigilancia y control de que las puertas de
acceso a recintos, locales, naves y establecimientos industriales o comerciales, ya
sea del conjunto de la industria o de edificaciones individuales dentro del perímetro del
establecimiento industrial, comercial o residencial, que se hayan introducido en el mercado
con fecha posterior al 1 de enero 2021, que estén dentro del ámbito de aplicación de la
norma EN 13241:2003+A2:2016. La verificación se llevará a cabo mediante actuaciones
de inspección «in situ» y revisión documental.
Alcance: Con este programa se pretende inspeccionar treinta y dos (32) localizaciones
o establecimientos en los que se encuentren instaladas puertas sometidas al marcado
CE e introducidas en mercado con posterioridad al 1 de enero de 2020. Se comprobarán
todas las puertas instaladas hasta un máximo de cuatro (4) puertas por establecimiento.
Las inspecciones se efectuarán prioritariamente en industrias o establecimientos de
los seleccionados dentro del Plan 2, de tal forma que las actuaciones inspectoras del
presente Programa se realicen simultáneamente con las de dicho Plan.

Programa núm. 3. Control general del cumplimiento de las especificaciones aplicables
a productos industriales.
Objeto: Es objeto de este Programa la verificación del cumplimiento, por parte de
productos industriales, de las especificaciones administrativas y técnicas establecidas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00315110

Programa núm. 2. Control de cementos.
Objeto: Es objeto de este Programa el control sobre el cumplimiento de los requisitos
para la introducción en el mercado de los cementos y adhesivos en general que estén
cubiertos por normas armonizadas europeas dentro del ámbito de aplicación del
Reglamento (UE) núm. 305/2011 del Parlamento y el Consejo, de 9 de marzo de 2011,
por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos
de la construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo.
Alcance: Con este programa se pretende inspeccionar diez (10) cementos de
fabricantes diferentes.