3. Otras disposiciones. . (2025/26-51)
Resolución de 3 de febrero de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se aprueban los Planes generales de inspección en el área de industria para el bienio 2025-2026.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 26 - Viernes, 7 de febrero de 2025

página 1501/9

Alcance: Mediante este Programa se realizará la inspección de ochenta (80)
establecimientos de pública concurrencia y centros comerciales en toda Andalucía,
seleccionados para cada provincia por la Delegación, que definirá las inspecciones a
realizar teniendo en cuenta el conjunto global de inspecciones que tiene asignada la
provincia en la totalidad del Plan.
En la selección se tendrán en cuenta las condiciones del establecimiento conforme a
los criterios de situación o proximidad a casco urbano o aglomeraciones humanas, tamaño
del establecimiento y de sus instalaciones y, en su caso, capacidad de almacenamiento
de los distintos productos.
Programa núm. 3. Industrias que han de aplicar los Reglamentos de seguridad ante los
riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
Objeto: Es objeto de este Programa la realización de las siguientes actuaciones:
Inspección de las industrias o establecimientos incluidos en el Grupo I de la Orden de
18 de octubre de 2000, de la entonces Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico,
que no se hayan sometido a inspección durante el plan anterior, con objeto de verificar
que estén cumpliendo en plazo lo requerido por la legislación.
Igualmente, se procederá al análisis del estado de situación acerca del cumplimiento
del Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus Instrucciones Técnicas
Complementarias (Real Decreto 668/1980, de 8 de febrero, Real Decreto 379/2001, de 6
de abril, y Real Decreto 656/2017, de 23 de junio) en el caso de que dicho Reglamento
resulte aplicable.
Alcance: Mediante este Programa se pretende realizar las inspecciones y
comprobaciones de doce (12) industrias y establecimientos existentes en Andalucía.
El informe contendrá un completo análisis del estado de situación acerca del
cumplimiento del Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban
medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que
intervengan sustancias peligrosas, con el detalle de las industrias o establecimientos
afectados, su nivel, sustancias peligrosas, etc.
Programa núm. 4. Inspección de instalaciones sujetas a especiales disposiciones
reglamentarias.
4.1. Instalaciones frigoríficas.
Objeto: Constituye el objeto de este Programa la inspección de instalaciones
frigoríficas que se encuentren ubicadas preferentemente en establecimientos no
industriales, de acuerdo con los requisitos técnicos del reglamento de seguridad de
instalaciones frigoríficas aplicable según su fecha de instalación.
Alcance: Con este Programa se realizarán ochenta (80) inspecciones en toda
Andalucía. Cada Delegación determinará los establecimientos a inspeccionar en su
provincia, por indicación de zonas geográficas o de establecimientos concretos.
4.2. Instalaciones de equipos a presión.
Objeto: Constituye el objeto de este Programa la inspección de instalaciones de
equipos a presión instaladas en cualquier tipo de establecimiento, de acuerdo con los
requisitos técnicos del reglamento de seguridad de equipos a presión aplicable según su
fecha de instalación.
Alcance: Con este Programa se realizarán sesenta (60) inspecciones en toda
Andalucía. Cada Delegación determinará las instalaciones a inspeccionar en su provincia,
por indicación de zonas geográficas o de establecimientos concretos.
4.3. Ascensores.
Objeto: Constituye el objeto de este Programa la inspección de las instalaciones
de ascensores en funcionamiento en edificios de viviendas, comerciales o industriales,
conforme a la normativa que le sea de aplicación.
Alcance: Con este Programa se realizarán trescientas (300) inspecciones en toda
Andalucía. Cada Delegación determinará las zonas geográficas y/o edificios a inspeccionar
en su provincia, bien por indicación de zonas geográficas o de edificios concretos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00315110

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía