3. Otras disposiciones. . (2025/16-19)
Resolución de 16 de enero de 2025, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 11 de diciembre de 2024, que ordena proceder al registro y publicación de la «Modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Mijas».
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Número 16 - Viernes, 24 de enero de 2025
página 642/33
- Incremento de la biodiversidad tanto vegetal como animal.
- Contribución a la mejora ambiental de la zona aledaña al río Fuengirola.
- Contribución a disminuir los efectos sobre el cambio climático.
Los terrenos en los que se va a implantar el campo de Golf y el resto de actividades
proyectadas tienen actualmente muy escaso valor ambiental y paisajístico, debido a su
vocación agraria durante décadas.
2. Mejora e Incremento muy significativo de las masas forestales en la Finca.
Se va a reforestar un 60% de la superficie de la finca con especies autóctonas. En
la selección de especies se primará que conformen el bosque autóctono de especies
forestales y de matorral. La zona norte, lindando con el río Fuengirola se reforestará con
especies de bosque de ribera locales.
Especies arbóreas que se utilizarán en el conjunto de la finca en función de la
vocación de los terrenos:
- Quercus ilex. Encina. 1.800 ud.
- Ceratonia siliqua. Algarrobo. 1.800 ud.
- Olea europea var. Sylvestris. Acebuche. 2.000 ud.
- Quercus suber. Alcornoque. 3.000 ud.
- Pinus pinea. Pino piñonero. 600 ud.
- Pinus halepensis. Pino carrasco. 200 ud.
- Cupressus sempervirens. Ciprés. 500 ud.
Especies arbustivas que se utilizarán en el conjunto de la finca en función de la
vocación de los terrenos:
- Rosmarinus officinalis. Romero.
- Chamaerops humilis. Palmito.
- Thymbra capitata. Tomillo andaluz.
- Cistus albidus. Jara Blanca.
- Cistus ladanifer. Jara pringosa.
- Pistacia lentiscus. Lentisco.
- Crataegus monogyna. Majuelo.
- Retama sphaerocarpa. Retama amarilla.
- Retama monosperma. Retama blanca.
- Lavandula stoechas. Cantueso.
- Quercus coccifera. Coscoja.
- Myrtus communis. Mirto.
- Phillyrea angustifolia. Labiérnago.
- Erica arborea. Brezo arbóreo.
- Erica scoparia. Brezo escoba.
- Calicotome villosa. Jerguen.
- Sacumbus nigra. Sauco.
3. Mejora del Paisaje.
Las especies seleccionadas, tanto para el conjunto de la finca como para la zona
norte aledaña al río Fuengirola, supondrán una mejora muy sustancial del paisaje,
generando en los terrenos actuales con vocación agrícola, un mosaico de ecosistemas
forestales y de matorral diferenciados, diversificados e interconectados.
4. Incremento de la biodiversidad tanto vegetal como animal.
Los efectos sobre la biodiversidad vegetal son apreciables tan sólo con la descripción
y cantidades de las especies que se utilizarán para la revegetación y reforestación de la
finca. Además, lógicamente el incremento de la biodiversidad vegetal traerá consigo de
forma automática el incremento muy significativo también de la biodiversidad animal.
No obstante, con vistas a favorecer aún más a determinados grupos faunísticos, se
tomarán las siguientes medidas:
- En parte de los edificios que se construyan se instalarán cajas nido para murciélagos.
30 ud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314251
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 642/33
- Incremento de la biodiversidad tanto vegetal como animal.
- Contribución a la mejora ambiental de la zona aledaña al río Fuengirola.
- Contribución a disminuir los efectos sobre el cambio climático.
Los terrenos en los que se va a implantar el campo de Golf y el resto de actividades
proyectadas tienen actualmente muy escaso valor ambiental y paisajístico, debido a su
vocación agraria durante décadas.
2. Mejora e Incremento muy significativo de las masas forestales en la Finca.
Se va a reforestar un 60% de la superficie de la finca con especies autóctonas. En
la selección de especies se primará que conformen el bosque autóctono de especies
forestales y de matorral. La zona norte, lindando con el río Fuengirola se reforestará con
especies de bosque de ribera locales.
Especies arbóreas que se utilizarán en el conjunto de la finca en función de la
vocación de los terrenos:
- Quercus ilex. Encina. 1.800 ud.
- Ceratonia siliqua. Algarrobo. 1.800 ud.
- Olea europea var. Sylvestris. Acebuche. 2.000 ud.
- Quercus suber. Alcornoque. 3.000 ud.
- Pinus pinea. Pino piñonero. 600 ud.
- Pinus halepensis. Pino carrasco. 200 ud.
- Cupressus sempervirens. Ciprés. 500 ud.
Especies arbustivas que se utilizarán en el conjunto de la finca en función de la
vocación de los terrenos:
- Rosmarinus officinalis. Romero.
- Chamaerops humilis. Palmito.
- Thymbra capitata. Tomillo andaluz.
- Cistus albidus. Jara Blanca.
- Cistus ladanifer. Jara pringosa.
- Pistacia lentiscus. Lentisco.
- Crataegus monogyna. Majuelo.
- Retama sphaerocarpa. Retama amarilla.
- Retama monosperma. Retama blanca.
- Lavandula stoechas. Cantueso.
- Quercus coccifera. Coscoja.
- Myrtus communis. Mirto.
- Phillyrea angustifolia. Labiérnago.
- Erica arborea. Brezo arbóreo.
- Erica scoparia. Brezo escoba.
- Calicotome villosa. Jerguen.
- Sacumbus nigra. Sauco.
3. Mejora del Paisaje.
Las especies seleccionadas, tanto para el conjunto de la finca como para la zona
norte aledaña al río Fuengirola, supondrán una mejora muy sustancial del paisaje,
generando en los terrenos actuales con vocación agrícola, un mosaico de ecosistemas
forestales y de matorral diferenciados, diversificados e interconectados.
4. Incremento de la biodiversidad tanto vegetal como animal.
Los efectos sobre la biodiversidad vegetal son apreciables tan sólo con la descripción
y cantidades de las especies que se utilizarán para la revegetación y reforestación de la
finca. Además, lógicamente el incremento de la biodiversidad vegetal traerá consigo de
forma automática el incremento muy significativo también de la biodiversidad animal.
No obstante, con vistas a favorecer aún más a determinados grupos faunísticos, se
tomarán las siguientes medidas:
- En parte de los edificios que se construyan se instalarán cajas nido para murciélagos.
30 ud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314251
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía