3. Otras disposiciones. . (2025/16-19)
Resolución de 16 de enero de 2025, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 11 de diciembre de 2024, que ordena proceder al registro y publicación de la «Modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Mijas».
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 16 - Viernes, 24 de enero de 2025
página 642/28
2. Fase de funcionamiento:
En la fase de funcionamiento del proyecto, el impacto más significativo sobre la fauna
del ámbito de estudio es la pérdida de hábitats naturales que conlleva la eliminación de
la cubierta vegetal y de suelo. Se destruyen refugios, zonas de alimentación, campeo,
descansaderos, etc. Esta destrucción de hábitat induce desplazamientos de la fauna, en
busca de nuevos lugares para satisfacer sus necesidades.
Debido a ello, se aplicarán las mismas medidas correctoras enumeradas para la
protección de la vegetación puesto que la cubierta vegetal es el máximo enclave biótico
para la fauna.
Igualmente, se adoptarán las mismas medidas de protección de la hidrología para el
cauce de los arroyos para el caso de vertidos, ya que podría verse seriamente afectada la
fauna acuática, y para el caso de residuos, las medidas de protección del suelo descritas
en el apartado correspondiente.
Para no provocar efectos adversos sobre la fauna, el uso de productos fitosanitarios
será racional y éstos serán de baja toxicidad.
Los rough pueden ser convertidos en santuarios de vida silvestre. Manteniendo y
preservando la vegetación autóctona el rough se convertirá en un oasis para especies
endémicas. Por ello es importante dejar grandes zonas rough que no afecten el juego,
con vegetación abundante para favorecer el hábitat de las especies autóctonas.
Para facilitar a la fauna el acceso a la lámina de agua, el perímetro de los lagos se
diseñará en rampa de poca pendiente, del 6%, y además, se construirán bebederos de
menor escala dispersos por las áreas forestadas y no muy distanciados para que no
queden concentrados en los mismo puntos. Por otra parte, en las ramas de los árboles se
colgarán nidos artificiales para favorecer y facilitar la reproducción de las aves.
Para que la fauna se instale de nuevo sobre la vegetación del campo de golf una vez
construido éste e incrementar la biodiversidad de la zona, se colocarán refugios para
pequeños vertebrados, comederos y puntos de agua en lugares apropiados, implantación
de majanos como refugio para los conejos, etc.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314251
- Se limitará el desbroce a las áreas estrictamente necesarias para el desarrollo de
las actuaciones (greens, tees y calles) manteniéndose la vegetación autóctona en las
zonas de rouge, con el fin de recuperar en lo posible la vegetación y hábitats naturales.
De esta forma se mantiene en cierto grado el paisaje autóctono del ámbito de estudio,
de forma que se aproveche al máximo la potencialidad natural de los terrenos que se
adecuan.
- Se usarán variedades de césped que a igualdad de condiciones requieran menos
dosis de riego.
- Deberá especificarse, además, qué tipo de especies vegetales se prevé emplear, no
pudiendo figurar ninguna de las que están incluidas en el Real Decreto 630/2013, de 2 de
agosto, por el que se regula el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras.
- En cuanto a fauna, se realizará como medida preventiva, una prospección previa
al inicio de las obras, ya que pueden encontrarse algunos ejemplares de determinadas
especies con menor capacidad de movimiento como anfibios y reptiles o nidos, durante el
periodo de reproducción de aves (de marzo a junio).
En caso de localización de alguna especie de fauna, se deberá recoger y translocar la
totalidad individuos encontrados a las zonas cercanas y potencialmente favorables para
el desarrollo de los mismos, siempre con la supervisión de un Agente, y si es de especies
amenazadas con autorización de la Delegación Territorial, o en su caso de la Dirección
General de Gestión del Medio Natural y Espacios Naturales Protegidos.
-La ejecución de las actuaciones debe ser comunicada previamente al Agente de
Medio Ambiente de la zona, mediante notificación, a la Delegación Territorial de Málaga.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 16 - Viernes, 24 de enero de 2025
página 642/28
2. Fase de funcionamiento:
En la fase de funcionamiento del proyecto, el impacto más significativo sobre la fauna
del ámbito de estudio es la pérdida de hábitats naturales que conlleva la eliminación de
la cubierta vegetal y de suelo. Se destruyen refugios, zonas de alimentación, campeo,
descansaderos, etc. Esta destrucción de hábitat induce desplazamientos de la fauna, en
busca de nuevos lugares para satisfacer sus necesidades.
Debido a ello, se aplicarán las mismas medidas correctoras enumeradas para la
protección de la vegetación puesto que la cubierta vegetal es el máximo enclave biótico
para la fauna.
Igualmente, se adoptarán las mismas medidas de protección de la hidrología para el
cauce de los arroyos para el caso de vertidos, ya que podría verse seriamente afectada la
fauna acuática, y para el caso de residuos, las medidas de protección del suelo descritas
en el apartado correspondiente.
Para no provocar efectos adversos sobre la fauna, el uso de productos fitosanitarios
será racional y éstos serán de baja toxicidad.
Los rough pueden ser convertidos en santuarios de vida silvestre. Manteniendo y
preservando la vegetación autóctona el rough se convertirá en un oasis para especies
endémicas. Por ello es importante dejar grandes zonas rough que no afecten el juego,
con vegetación abundante para favorecer el hábitat de las especies autóctonas.
Para facilitar a la fauna el acceso a la lámina de agua, el perímetro de los lagos se
diseñará en rampa de poca pendiente, del 6%, y además, se construirán bebederos de
menor escala dispersos por las áreas forestadas y no muy distanciados para que no
queden concentrados en los mismo puntos. Por otra parte, en las ramas de los árboles se
colgarán nidos artificiales para favorecer y facilitar la reproducción de las aves.
Para que la fauna se instale de nuevo sobre la vegetación del campo de golf una vez
construido éste e incrementar la biodiversidad de la zona, se colocarán refugios para
pequeños vertebrados, comederos y puntos de agua en lugares apropiados, implantación
de majanos como refugio para los conejos, etc.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314251
- Se limitará el desbroce a las áreas estrictamente necesarias para el desarrollo de
las actuaciones (greens, tees y calles) manteniéndose la vegetación autóctona en las
zonas de rouge, con el fin de recuperar en lo posible la vegetación y hábitats naturales.
De esta forma se mantiene en cierto grado el paisaje autóctono del ámbito de estudio,
de forma que se aproveche al máximo la potencialidad natural de los terrenos que se
adecuan.
- Se usarán variedades de césped que a igualdad de condiciones requieran menos
dosis de riego.
- Deberá especificarse, además, qué tipo de especies vegetales se prevé emplear, no
pudiendo figurar ninguna de las que están incluidas en el Real Decreto 630/2013, de 2 de
agosto, por el que se regula el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras.
- En cuanto a fauna, se realizará como medida preventiva, una prospección previa
al inicio de las obras, ya que pueden encontrarse algunos ejemplares de determinadas
especies con menor capacidad de movimiento como anfibios y reptiles o nidos, durante el
periodo de reproducción de aves (de marzo a junio).
En caso de localización de alguna especie de fauna, se deberá recoger y translocar la
totalidad individuos encontrados a las zonas cercanas y potencialmente favorables para
el desarrollo de los mismos, siempre con la supervisión de un Agente, y si es de especies
amenazadas con autorización de la Delegación Territorial, o en su caso de la Dirección
General de Gestión del Medio Natural y Espacios Naturales Protegidos.
-La ejecución de las actuaciones debe ser comunicada previamente al Agente de
Medio Ambiente de la zona, mediante notificación, a la Delegación Territorial de Málaga.