3. Otras disposiciones. . (2025/16-19)
Resolución de 16 de enero de 2025, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 11 de diciembre de 2024, que ordena proceder al registro y publicación de la «Modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Mijas».
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Número 16 - Viernes, 24 de enero de 2025

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81, a fin de asegurar la correcta gestión de los residuos generados, siendo la entrega de
esta suma imprescindible para el otorgamiento de la licencia municipal de obras.
Los residuos de construcción y demolición generados se destinarán preferentemente
a operaciones de reutilización, reciclado u otras formas de valorización, no pudiendo
depositarse en vertedero sin someterse a alguna operación de tratamiento previo.
Deberá obrar constancia documental de la entrega de esta clase de residuos a un gestor,
debiendo figurar la identificación del poseedor y del productor, la obra de procedencia,
el número de licencia de obra, la cantidad en toneladas o metros cúbicos, y el tipo de
residuos según el código de la lista europea de residuos.
En caso de que la valorización de los suelos no contaminados excavados y otros
materiales excavados excedentes procedentes de la obra (LER 17 05 04) se destinase a
operaciones de relleno u otras obras fuera del ámbito, se atenderá a lo dispuesto en la
Orden APM/1007/2017, de 10 de octubre, y particularmente en su artículo 3.
Quienes lleven a cabo la valorización habrán de presentar una comunicación previa al
inicio de la actividad ante la Delegación Territorial conforme a lo señalado en el artículo 5
de la mencionada orden. Si por el contrario se pretende valorizar en la obra residuos
procedentes de otros emplazamientos, de igual manera quien tenga la intención de
acometer la valorización deberá presentar dicha comunicación previa.
Residuos no peligrosos:
Los residuos no peligrosos de competencia municipal que se generaren se pondrán a
disposición de la entidad local tal como dispongan las ordenanzas municipales, y siempre
conforme a lo indicado en el artículo 25 del Reglamento de residuos de Andalucía. De
producirse residuos no peligrosos en cantidad superior a mil toneladas/año, la actividad
habrá de comunicarse previamente a efectos de Inscripción en el registro conforme a lo
estipulado en el artículo 17 del Reglamento de residuos de Andalucía.
Otras medidas correctoras:
Como otras medidas correctoras aplicables se enumeran las siguientes:
-Se incluirán las medidas necesarias para garantizar el control sobre los desechos y
residuos sólidos que se generarán durante las fases de construcción y funcionamiento,
mediante aquellas acciones que permitan una correcta gestión de los mismos. Se deben
establecer puntos limpios para la separación y almacenamiento de residuos.
- Los residuos de obra deberán ser transportados a vertederos o plantas de
tratamiento controlados debidamente legalizados. Debe de existir una adecuada gestión
de los residuos peligrosos, mediante su entrega a gestores autorizados, que garanticen
su destino final. Los entes locales serán los encargados de recoger y garantizar un
destino adecuado para los residuos asimilables a urbanos. Con una adecuada gestión en
la obra se minimizan los impactos generados.
- La tierra vegetal a retirar de los terrenos afectados deberá ser acumulada para su
posterior utilización en las tareas de restitución al estado natural, en caballones de una
altura no superior a 1,5 m en un lugar libre de afección de la obra y fuera del cauce del
arroyo. La capa de suelo más fértil que se elimina se debe de reutilizar en zonas que se
vayan a regenerar o a habilitar para las plantaciones posteriores; así eliminamos suelo
fértil de una zona, pero lo utilizamos para restaurar otra.
- Creación de pistas para vehículos de obras para evitar la compactación del suelo
debido al paso de maquinaria pesada utilizada en la ejecución de las obras.
- Utilizar maquinaria ligera, en la medida de lo posible y que transitará únicamente por
los caminos habilitados para tal efecto.
- Realizar los acopios de los materiales de construcción en las zonas de menor cota,
y fuera del cauce de los arroyos, para evitar posibles escorrentías contaminantes.
- Los residuos procedentes de las podas y siegas del césped del campo de golf,
deberán ser tratados correctamente y ajustándose a la normativa vigente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía