3. Otras disposiciones. . (2025/16-19)
Resolución de 16 de enero de 2025, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 11 de diciembre de 2024, que ordena proceder al registro y publicación de la «Modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Mijas».
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Número 16 - Viernes, 24 de enero de 2025

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Respecto a la contaminación de tipo lumínica, el Informe del Departamento de
Calidad del Aire del Servicio de Protección Ambiental, de fecha 24/03/2021, indica que el
proyecto tendrá en cuenta los siguientes aspectos:
- Serán de aplicación a las instalaciones de alumbrado exterior las disposiciones
contenidas en el reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado
exterior y sus Instrucciones técnicas complementarlas, aprobado mediante el Real
Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por lo que habrá de tenerse en consideración
los aspectos relativos a la eficiencia energética y los niveles de iluminación que se
recogen en las instrucciones técnicas complementarias EA-02 y EA-03 respectivamente.
- La actuación se emplaza, en función de sus características, en una zona E2, por
lo que deberá atenderse asimismo a las prescripciones técnicas que se incluyen en la
ITC-EA-03
- Se cumplirá con todas las disposiciones relativas a contaminación lumínica recogidas
en el artículo 60 y siguientes de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la
Calidad Ambiental.
Protección de la Atmósfera: Ruidos.
En la fase de construcción, una medida a adoptar es la reducción del nivel de emisión
de la fuente. En este sentido el diseño de la maquinaria móvil ha mejorado en los últimos
años y se han ido desarrollando sistemas combinados para reducir el ruido, por ejemplo,
silenciadores más grandes para los gases de escape, envío del aire del ventilador
soplante hacia arriba, a través de rejillas que disponen de material absorbente, desarrollo
de los equipos de accionamiento eléctrico, etc.
Una medida complementaria y de gran efectividad es el mantenimiento preventivo
regular de la maquinaria, ya que de esta forma se eliminan ruidos procedentes de
elementos desajustados o desgastados que trabajan con altos niveles de vibración.
Las actividades más ruidosas se emplazarán lo más lejos posible de los potenciales
receptores, así como establecer una limitación del trabajo de las unidades ruidosas a
horas diurnas.
Para minimizar la contaminación acústica debido al ruido producido por el futuro
desarrollo residencial turístico, se deberán cumplir los siguientes condicionantes
exigibles a las edificaciones: Las edificaciones habrán de cumplir, antes de obtener
la licencia de primera ocupación, lo establecido en el Capítulo III del Título III y en la
Instrucción Técnica IT.5 del reglamento de protección contra la contaminación acústica
en Andalucía, así como en el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, por el que se
aprueba el documento básico «DB-HR Protección frente al ruido del código técnico de la
edificación».
El Informe del Departamento de Calidad del Aire del Servicio de Protección Ambiental
de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Málaga, de fecha 24/03/2021,
en lo concerniente a la contaminación acústica, indica que deberá atenderse a la
servidumbre acústica de la Infraestructura viaria establecida y delimitada, en su caso, por
la administración competente conforme a lo dispuesto en el artículo octavo y siguientes
del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003,
de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad
y emisiones acústicas.
La finalidad última será dar cumplimiento a los objetivos de calidad determinados en
el reglamento de protección contra la contaminación acústica en Andalucía, aprobado
mediante eI Decreto 6/2012, de 17 de enero, para los usos previstos la innovación.
Es por ello que se ha redactado Estudio Acústico de la Modificación de Elementos
del PGOU de Mijas para el proyecto de campo de golf de Interés Turístico «Valle del Golf
Resort», del cual se extraen los siguientes resultados y medidas correctoras:
El informe señala que las edificaciones evaluadas cumplen los objetivos de calidad
acústica señalados en función de la zonificación acústica establecida. Igualmente, se han
calculado los niveles de ruido postoperacionales en receptores ubicados en el perímetro
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00314251

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía