3. Otras disposiciones. . (2025/16-19)
Resolución de 16 de enero de 2025, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 11 de diciembre de 2024, que ordena proceder al registro y publicación de la «Modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Mijas».
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Número 16 - Viernes, 24 de enero de 2025

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1. Paneles Fotovoltaicos para la producción de energía eléctrica, agua caliente,
calefacción y refrigeración. Se situarán en todos los edificios (Hotel, Edificio principal de
Apartamentos, Nave de mantenimiento y Centro Ecuestre).
2. Sistemas de Micro-cogeneración. Sistema de producción energética en la que se
maximiza el rendimiento del combustible empleado, gas natural habitualmente y, cuando
haya excedentes, empleando biomasa para la producción energética.
Protección de la Atmósfera: Contaminación.
La calidad del aire va a verse afectada en la fase de construcción debido a la emisión
de polvo. Este impacto se ha valorado como compatible. Durante la ejecución deberán
tomarse como medidas correctoras:
- Riegos periódicos en la zona de ejecución y en los viales y accesos colindantes de
forma que se evite la emisión de partículas de polvo. Como se describió en el apartado
correspondiente, la principal fuente de contaminación atmosférica es debida a la emisión
de partículas provocada por el tránsito de la maquinaria y el movimiento de tierras en la
fase de construcción. Dicha emisión es difícil de controlar, si bien durante la ejecución de
las obras la utilización de agua para la compactación del terreno evitará en cierto modo
tal contaminación.
- Reducción de la actividad en períodos de fuerte viento.
- Los camiones deben cubrir su carga con lonas durante los traslados, para evitar la
dispersión de partículas a la atmósfera.
- Reducir velocidades. La cantidad de polvo generado durante el transporte es
directamente proporcional al número de vehículos que transita, la carga del vehículo, la
velocidad del mismo y el grado de finos en la pista.
- Instalación de pantallas cortavientos en zonas donde la emisión de polvo pueda
afectar a edificaciones o infraestructuras colindantes, en caso de ser necesario, y cuando
no sea posible el aprovechamiento de la vegetación como barrera natural.
Protección de la Atmósfera: Contaminación lumínica.
Respecto a la contaminación de tipo lumínica en los proyectos de urbanización se
tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
- Las edificaciones y sus instalaciones se realizarán cumpliendo todas las normas
en materia de iluminación (condiciones mínimas establecidas en los Reglamentos
Electrotécnicos).
- Adecuar los niveles de iluminación a las recomendaciones y normas generales para
la redacción de proyectos de alumbrado exterior.
- Los aparatos e instalaciones deben estar diseñados para prevenir la contaminación
lumínica y favorecer el ahorro y eficiencia energética. En este sentido, las instalaciones de
alumbrado deberán cumplir los valores máximos establecidos en la Instrucción Técnica
Complementaria EA-03 del Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, con objeto
de minimizar los efectos de la luz intrusa o molesta procedente de las mismas sobre las
personas residentes y sobre la ciudadanía en general. El Ayuntamiento deberá cumplir y
velar por algunos aspectos tales como:
• Restricciones de uso y excepciones a dichas restricciones. Características de las
lámparas y luminarias.
• Alumbrado ornamental.
• Alumbrado de señales y anuncios luminosos. Alumbrado festivo y navideño.
• Régimen y horario de usos del alumbrado.
- En áreas ecológicamente valiosas (zonas verdes propuestas) deberá buscarse la
iluminación menos dañina para la fauna: en particular, las especies animales prefieren
la iluminación amarilla a la blanca, atrae menos insectos y altera en menor medida las
condiciones del entorno.
- Se aplicará lo establecido en el artículo 66 de la Ley GICA respecto a restricciones
de uso.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00314251

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía