Disposiciones generales. . (2023/57-5)
Orden de 10 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la modernización de las instalaciones de los centros de tecnificación deportiva de la Comunidad Autónoma de Andalucía, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), Componente 26, Inversión 2, y se efectúa su convocatoria.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Viernes, 24 de marzo de 2023

página 5301/25

a la que se podrá acceder a través del catálogo de procedimientos administrativos,
disponible en la siguiente dirección electrónica:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/25218.html
En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación y surtirá sus mismos efectos.
2. Conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las entidades solicitantes de
estas ayudas están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.
3. Al practicar las publicaciones previstas en el apartado anterior se realizará un
aviso de carácter únicamente informativo a las entidades incluidas en la correspondiente
publicación. Este aviso se enviará al dispositivo electrónico y/o a la dirección de correo
electrónico especificada en el Anexo I (Solicitud). La falta de práctica de este aviso no
impedirá que la publicación sea considerada plenamente válida.
Decimosexta. Subsanación de solicitudes.
1. Si en las solicitudes no se hubieran cumplimentado los extremos contenidos en
la base decimotercera, o no se hubiese aportado la documentación requerida en la
base decimocuarta, el órgano instructor requerirá de manera conjunta a las entidades
interesadas para que en el plazo de diez días procedan a la subsanación, con la indicación
de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidas de su solicitud de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, previa resolución que
deberá ser dictada en los términos del artículo 21 de la referida ley.
2. Transcurrido el plazo para subsanar, se dictará resolución declarando el archivo de
las solicitudes no subsanadas y la inadmisión en los casos en que corresponda.
3. Los escritos mediante los que las entidades interesadas efectúen la subsanación
se presentarán de forma exclusivamente electrónica en los mismos puntos de acceso
indicados en la base decimotercera.

Decimoctava. Comisión evaluadora
1. La evaluación de las solicitudes se llevará a cabo por un órgano colegiado (comisión
evaluadora) con la composición indicada en esta base, en la que se deberá respetar la
presencia equilibrada de mujeres y hombres en los términos previstos en los artículos 3.3
y 11.2 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género
en Andalucía.
2. La comisión evaluadora estará compuesta por las siguientes personas que forman
parte de la Administración:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280352

Decimoséptima. Órganos competentes para la instrucción y resolución
1. La competencia para la instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones
corresponde al Servicio de Gestión de Inversiones de la Dirección General de Eventos e
Instalaciones Deportivas.
La competencia para la resolución de dicho procedimiento corresponde a la persona
que ostenta la titularidad de la citada Dirección General, por delegación, al amparo de
lo previsto en el artículo 8.1 de la aún vigente Orden de la Consejería de Educación y
Deporte de 7 de noviembre de 2019, por la que se delegan competencias en diversos
órganos de la Consejería.
2. El órgano competente para la resolución llevará a cabo los procedimientos y
mecanismos oportunos que reduzcan el riesgo de fraude, corrupción y conflictos de
intereses, de conformidad con el artículo 22.2.b) del Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y del artículo 61, apartados
2 y 3, del Reglamento Financiero (Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018), mediante la cumplimentación por parte de
quienes participen en el procedimiento de una Declaración de Ausencia de Conflicto de
Intereses (DACI) (Modelo Anexo IV.A de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre).