3. Otras disposiciones. . (2023/53-47)
Orden de 14 de marzo de 2023, por la que se dispone la publicación de la Orden de 22 de agosto de 2022, por la que se resuelve la aprobación definitiva de la Modificación núm. 15 del PGOU de Linares.
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Número 53 - Lunes, 20 de marzo de 2023

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- La periodicidad de los riegos se adaptará a las características del suelo y de la
climatología, para mantener permanentemente húmedos los caminos utilizados. Se
tendrán en cuenta los siguientes factores:
•C
 omo norma general, se efectuarán determinados riegos diarios, según la
temperatura media del mes, con el siguiente criterio: 3 riegos si la temperatura
media es mayor de 20 ºC, dos riegos si es mayor de 15 ºC, un riego si es mayor de
10 ºC y ninguno si es menor de 10 ºC.
•L
 os días más calurosos y los más ventosos se efectuarán un mayor número de
riegos.
• Los días de lluvias no se efectuarán riegos.
- Los materiales tales como cemento, arena, etc., serán dispuestos en cubas durante
el tiempo de utilización o cubierto con lonas o similar cuando no se estén utilizando.
- En días de fuertes vientos, evitar trabajar en las zonas más expuestas y tener
siempre en cuenta la dirección del mismo para organizar los tajos.
- Se intentará agilizar el transporte hacia los vertederos autorizados de los escombros
y las tierras producidas para minimizar así la dispersión de polvo.
- Es aconsejable entoldar el preceptivo vallado de obras.
- Se recomienda la adquisición de áridos prelavados para evitar la generación de
polvo en suspensión durante las distintas fases constructivas. Los áridos serán adquiridos
en canteras legalizadas y autorizadas.
- Ubicar la actividad que genere polvo (por ejemplo: acopios pulverulentos, corte de
elementos cerámicos, taller de carpintería, etc.), en lugar protegido del aire y sin corriente,
siempre que sea posible.
- El transporte de material por camiones deberá realizarse con la preocupación de
cubrir la carga con una lona para evitar la emisión de polvo, tal y como exige la legislación
vigente.
- Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos por los caminos de firme
terrizo (aproximadamente a 20 km/h).
- Antes de la salida de la maquinaria e incorporación a las carreteras circundantes, se
extenderá una capa de zahorra por la que deberá pasar toda la maquinaria al salir de la
obra.
- En caso de acopiar escombros en la parcela antes de su retirada, éstos serán
regados anteriormente a la carga en el camión.
1.2.1.2. Protección acústica.
- Se comprobará que toda la maquinaria a utilizar durante las obra, está correctamente
marcada con el certificado CE.
- Se tendrá en cuenta en todo momento las recomendaciones y obligaciones del
Decreto 6/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección
contra la Contaminación Acústica en Andalucía.
- Se exigirá el estricto cumplimiento de lo establecido por la Dirección General de
Tráfico en lo referente a la Inspección de Vehículos (ITV).
- Realizar un esquema con un itinerario de tráfico de maquinaria, en el que se
señalen las zonas sensibles al ruido en las proximidades de la obra, marcando límites de
velocidad y eligiendo caminos que eviten el paso por las zonas sensibles. Hacer entrega
del itinerario recomendado a los operarios de la maquinaria y colocarlo en lugar bien
visible para conocimiento de todas las personas de la obra.
- Los elementos contaminantes considerados como fijos, se localizarán en zonas
alejadas de las zonas sensibles.
- Se prohibirá el uso de sirenas, cláxones u otros medios sonoros de señalización,
excepto en aquellas labores en que su uso sea necesario para la prevención de
accidentes.
- Evitar el vertido de materiales desde grandes alturas.
- Programar las actividades de obra para evitar efectos acumulativos de las emisiones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00280089

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía