Autoridades y personal. . (2023/51-28)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que se hace público el Acuerdo de 20 de febrero de 2023, de la Comisión Coordinadora Interuniversitaria de Andalucía, por el que se publica el extracto de la Normativa y Organización de la Prueba de Evaluación para el Acceso a la Universidad y para la realización de Pruebas de Bachillerato y Admisión para el curso 2022-2023.
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CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
Consejería de Universidad, Investigación e Innovación

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Secretaría General Técnica

Número 51 - Jueves, 16 de marzo de 2023

ANEXO II y III

página
Hoja 164878/16
de 27

ORGANISMO:
Dirección General de Coordinación Universitaria

a) En aquellas imputables a la organización de las pruebas, la Comisión Coordinadora Interuniversitaria
tendrá previstos procedimientos de resolución.
b) En las imputables al propio alumnado, la Comisión Coordinadora Interuniversitaria estimará si procede
aplicar los procedimientos previstos en el apartado a) anterior.
Para que la Comisión Coordinadora Interuniversitaria pueda estimar una incidencia de carácter particular la
persona interesada deberá presentar, tan pronto como se produzca esta, justificación suficiente de carácter oficial
(certificado médico y, en su caso, parte de hospitalización y/o analítica realizada, si se trata de enfermedad; parte
oficial de accidente; certificación que proceda, en otros casos). El procedimiento de resolución de las incidencias es
el siguiente:
a. Una subcomisión se reúne el martes de la semana siguiente a la celebración de las pruebas, con la
documentación de las incidencias producidas. Esta subcomisión estará formada, al menos, por la
presidencia de la Comisión Coordinadora Interuniversitaria, la secretaría y la universidad o universidades
afectadas.
b. A la vista de las materias afectadas la subcomisión acordará un calendario de celebración de los exámenes
en el martes de la siguiente semana a la celebración de las pruebas de que se trate, y que se comunicará
al alumnado con, al menos, 24 horas de antelación para las mismas materias en cualquier universidad y la
posibilidad de que cualquier alumno o alumna realice los ejercicios pendientes.
c. Se utilizará, para cada materia, el examen de reserva correspondiente a la convocatoria de que se trate. En
caso de haberse utilizado, la Comisión Interuniversitaria determinará un juego de reserva alternativo que no
haya sido usado previamente.
d. La resolución de la subcomisión podría contemplar, en el caso de la convocatoria ordinaria, que la
celebración del o de los exámenes de quien se trate que falten por realizar, se hagan, en lugar de la
convocatoria de incidencias, en la convocatoria extraordinaria con validez de convocatoria ordinaria.
7.8.- Exámenes para alumnado con necesidades educativas especiales
El procedimiento para solicitar la adaptación de las pruebas para el alumnado con necesidades educativas
especiales será el que se recoge en la Circular de 4 de abril de 2014 de la Dirección General de Participación y
Equidad de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte.
No obstante, las universidades podrán establecer procedimientos complementarios para asegurar la
atención a todas y cada una de las posibles personas afectadas.

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En particular, en el caso de diagnóstico de dislexia y en aplicación de la circular de 4 de abril de 2014 de la
Dirección General de Participación y Equidad y la aclaración realizada por la Dirección General de Atención a la
Diversidad, Participación y Convivencia Escolar de 10 de junio de 2019: “cabe señalar que como
adaptaciones/recomendaciones específicas que, se realizan con este alumnado se encuentra la de primar los
contenidos sobre la expresión escrita, y no penalizar sus faltas de ortografía en las pruebas escritas” . Dicha medida
para este alumnado puede estar contemplada en sus adaptaciones durante su escolarización en Bachillerato, como
elemento que garantice la igualdad de oportunidades, y las condiciones de accesibilidad y no discriminación y que,

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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