Autoridades y personal. . (2023/51-28)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que se hace público el Acuerdo de 20 de febrero de 2023, de la Comisión Coordinadora Interuniversitaria de Andalucía, por el que se publica el extracto de la Normativa y Organización de la Prueba de Evaluación para el Acceso a la Universidad y para la realización de Pruebas de Bachillerato y Admisión para el curso 2022-2023.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
Consejería de Universidad, Investigación e Innovación
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Secretaría General Técnica
Número 51 - Jueves, 16 de marzo de 2023
ANEXO II y III
página
Hoja 154878/15
de 27
ORGANISMO:
Dirección General de Coordinación Universitaria
capacidad para el almacenamiento de voz y/o de datos o trasmisión de estos. Tampoco se permite el uso de relojes
que aporten algunas prestaciones equivalentes a las anteriores. Todos estos elementos deben estar fuera del
alcance de quienes se están examinando.
Excepcionalmente, se podrá hacer uso de dispositivos móviles necesarios por motivos médicos. En estos
casos, el uso de estos dispositivos se realizará bajo estricta supervisión del tribunal y previa solicitud en tiempo y
forma por parte de estudiante.
7.4.3.- Responsabilidad del alumnado respecto al uso de calculadoras y actuación, en su caso, en la
verificación de las capacidades de estas
1. No será retirada o requerida la calculadora a ningún examinando, se hará una fotografía o se tomará nota
del modelo de la calculadora en cuestión y se levantará acta que quedará firmada por las personas
responsables de sede, el alumno/a propietario/a de la calculadora y un vocal vigilante del aula donde se ha
producido la incidencia.
2. Si con posterioridad se comprobase que la calculadora, según modelo anotado, no cumple las
especificaciones permitidas, quedará anulado, exclusivamente, el examen que el alumno o alumna estuviese
realizando, asignándose una calificación de cero en la materia de que se trate sin afectar al resto de
calificaciones.
7.5.- Primera media hora de examen
Tras la distribución de los exámenes y con el objeto de evitar el intercambio de información entre las distintas
sedes que no hayan podido comenzar la correspondiente sesión de exámenes a la hora exacta, todas las personas
deberán permanecer en el aula durante la primera media hora de cada examen. Asimismo, durante esta primera
media hora nadie podrá usar dispositivos que permitan la comunicación con el exterior de las aulas. Quedan
excluidos de las obligaciones anteriores quienes sean responsables y secretarios o secretarias de sede.
7.6.- Identificación de los exámenes y custodia de las cabeceras o códigos identificativos
Una vez mezclados los ejercicios de las distintas sedes, serán identificados con el sistema que cada
universidad estime oportuno, garantizando en todo caso el anonimato.
Posteriormente, se separarán las cabeceras, que quedarán custodiadas por la presidencia del tribunal y se
repartirán los exámenes entre quienes sean vocal corrector, que en ningún caso conocerán ni la procedencia ni la
autoría de los ejercicios.
7.7.- Resolución de incidencias y situaciones extraordinarias
La presidencia del tribunal o quienes sean responsables de sedes resolverán todas aquellas incidencias que
ocurran. En caso necesario, remitirán las resoluciones a la Comisión Universitaria, que podrá recabar el
asesoramiento de los expertos correspondientes.
Las incidencias de carácter general y aquellas otras de especial gravedad serán resueltas por la Comisión
Coordinadora Interuniversitaria.
00279931
En las incidencias de carácter general, se procederá de la siguiente forma:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
Consejería de Universidad, Investigación e Innovación
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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Número 51 - Jueves, 16 de marzo de 2023
ANEXO II y III
página
Hoja 154878/15
de 27
ORGANISMO:
Dirección General de Coordinación Universitaria
capacidad para el almacenamiento de voz y/o de datos o trasmisión de estos. Tampoco se permite el uso de relojes
que aporten algunas prestaciones equivalentes a las anteriores. Todos estos elementos deben estar fuera del
alcance de quienes se están examinando.
Excepcionalmente, se podrá hacer uso de dispositivos móviles necesarios por motivos médicos. En estos
casos, el uso de estos dispositivos se realizará bajo estricta supervisión del tribunal y previa solicitud en tiempo y
forma por parte de estudiante.
7.4.3.- Responsabilidad del alumnado respecto al uso de calculadoras y actuación, en su caso, en la
verificación de las capacidades de estas
1. No será retirada o requerida la calculadora a ningún examinando, se hará una fotografía o se tomará nota
del modelo de la calculadora en cuestión y se levantará acta que quedará firmada por las personas
responsables de sede, el alumno/a propietario/a de la calculadora y un vocal vigilante del aula donde se ha
producido la incidencia.
2. Si con posterioridad se comprobase que la calculadora, según modelo anotado, no cumple las
especificaciones permitidas, quedará anulado, exclusivamente, el examen que el alumno o alumna estuviese
realizando, asignándose una calificación de cero en la materia de que se trate sin afectar al resto de
calificaciones.
7.5.- Primera media hora de examen
Tras la distribución de los exámenes y con el objeto de evitar el intercambio de información entre las distintas
sedes que no hayan podido comenzar la correspondiente sesión de exámenes a la hora exacta, todas las personas
deberán permanecer en el aula durante la primera media hora de cada examen. Asimismo, durante esta primera
media hora nadie podrá usar dispositivos que permitan la comunicación con el exterior de las aulas. Quedan
excluidos de las obligaciones anteriores quienes sean responsables y secretarios o secretarias de sede.
7.6.- Identificación de los exámenes y custodia de las cabeceras o códigos identificativos
Una vez mezclados los ejercicios de las distintas sedes, serán identificados con el sistema que cada
universidad estime oportuno, garantizando en todo caso el anonimato.
Posteriormente, se separarán las cabeceras, que quedarán custodiadas por la presidencia del tribunal y se
repartirán los exámenes entre quienes sean vocal corrector, que en ningún caso conocerán ni la procedencia ni la
autoría de los ejercicios.
7.7.- Resolución de incidencias y situaciones extraordinarias
La presidencia del tribunal o quienes sean responsables de sedes resolverán todas aquellas incidencias que
ocurran. En caso necesario, remitirán las resoluciones a la Comisión Universitaria, que podrá recabar el
asesoramiento de los expertos correspondientes.
Las incidencias de carácter general y aquellas otras de especial gravedad serán resueltas por la Comisión
Coordinadora Interuniversitaria.
00279931
En las incidencias de carácter general, se procederá de la siguiente forma:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja