Autoridades y personal. Parlamento de Andalucía. (2022/74-18)
Acuerdo de 6 de abril de 2022, de la Mesa del Parlamento de Andalucía, por el que se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza del Cuerpo de Oficiales de Gestión, especialidad Ayudantes Técnicos Informáticos, del Parlamento de Andalucía, por el sistema de oposición libre.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Miércoles, 20 de abril de 2022

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En el caso de no poseer la nacionalidad española, declaración jurada o promesa
de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni estar o haber sido sometidos a
sanción disciplinaria o equivalente que impida en sus Estados, en los mismos términos, el
acceso al empleo público.
8.2. Las personas aspirantes que tengan la condición de personal funcionario del
Parlamento de Andalucía y aquellas otras que estuvieran prestando servicios en el
Parlamento de Andalucía estarán exentas de justificar las condiciones y los requisitos ya
acreditados para obtener su anterior nombramiento.
8.3. Si la persona interesada, dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor,
no presentase la documentación señalada anteriormente, o del examen de ésta se
dedujera que carece de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, no podrá
ser nombrada personal funcionario y quedarán sin efecto sus actuaciones, sin perjuicio
de la responsabilidad por falsedad en que hubiese incurrido en la solicitud inicial de
participación.
8.4. Con el fin de asegurar la cobertura de la plaza convocada cuando se produzca
renuncia, o cuando la persona seleccionada carezca de los requisitos señalados en la
base 2, la Mesa de la Cámara podrá requerir al tribunal calificador relación complementaria
con la persona aspirante que siga a la persona propuesta para su posible nombramiento
como personal funcionario de carrera; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 61.8 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
9. Nombramiento y toma de posesión.
9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Mesa del Parlamento
procederá al nombramiento de la persona seleccionada, si cumple con los requisitos
establecidos en la convocatoria, como funcionario en prácticas del Parlamento de
Andalucía. El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía
y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El nombramiento definitivo procederá,
una vez concluido el período provisional, de conformidad con el artículo 8 del Estatuto del
Personal del Parlamento de Andalucía.
9.2. En el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del
nombramiento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, la persona interesada deberá
tomar posesión de su plaza. Se entenderá que si dicha persona no toma posesión en el
plazo señalado renuncia a los derechos derivados de las actuaciones de la oposición.

11. Protección de datos.
Los datos personales aportados por las personas candidatas serán tratados por
el Parlamento de Andalucía para gestionar el proceso selectivo, incorporándolos a la
actividad de tratamiento relativa a la selección de personal y provisión de puestos de
trabajo. Podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad,
de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas
únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, dirigiendo
escrito al Parlamento de Andalucía, C/ San Juan de Ribera, s/n, 41009 Sevilla, o correo
electrónico a la dirección: dpd@parlamentodeandalucia.es
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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10. Embarazo de riesgo y parto.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada
a la finalización del mismo y a la superación de las pruebas que hayan quedado aplazadas
cuando tal aplazamiento no menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una
resolución del proceso ajustada a tiempos razonables. Este extremo deberá ser valorado
por el tribunal. En tal caso, la realización de las pruebas pendientes deberá tener lugar
antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.