Autoridades y personal. Parlamento de Andalucía. (2022/74-18)
Acuerdo de 6 de abril de 2022, de la Mesa del Parlamento de Andalucía, por el que se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza del Cuerpo de Oficiales de Gestión, especialidad Ayudantes Técnicos Informáticos, del Parlamento de Andalucía, por el sistema de oposición libre.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Miércoles, 20 de abril de 2022
página 6285/8
8. Presentación de documentos.
8.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación en el Boletín
Oficial del Parlamento de Andalucía del nombre de la persona que ha superado el proceso
selectivo, ésta deberá presentar en el Registro General del Parlamento de Andalucía los
siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de
identidad de extranjero en vigor.
En el supuesto de descendientes de españoles o nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea o de su cónyuge, según lo recogido en la base 2.1.1,
deberán acreditar, además, el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a
expensas o estar a cargo de la persona nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea con la que tengan dicho vínculo.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas habituales del Cuerpo de Oficiales de Gestión, especialidad
Ayudantes Técnicos Informáticos, del Parlamento de Andalucía.
Los aspirantes con discapacidad, cualquiera que sea su grado, estarán exentos
de la presentación de dicho certificado, debiendo presentar certificado emitido por los
órganos competentes en la materia de la Junta de Andalucía u órganos similares de
otras administraciones públicas que acrediten tal condición, que especifique el grado de
discapacidad que padecen y su aptitud para desempeñar las funciones correspondientes
al cuerpo y especialidad a que se aspira.
c) Fotocopia compulsada del título académico oficial exigido para el ingreso en el
cuerpo.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separados, mediante
expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración pública o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial
y no poseer la condición de personal funcionario del Cuerpo de Oficiales de Gestión del
Parlamento de Andalucía, especialidad Ayudantes Técnicos Informáticos, del Parlamento
de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259573
7. Propuesta del tribunal calificador.
7.1. Finalizados los ejercicios de la oposición, el tribunal calificador hará público en el
Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía y en el tablón de anuncios y en la página web
de la Cámara el nombre de la persona que ha superado el proceso selectivo, que será,
en su caso, la persona aspirante que, habiendo superado cada uno de los ejercicios,
haya obtenido la mayor puntuación total, así como las calificaciones de cada uno de los
ejercicios y la puntuación total.
La puntuación total vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas
en cada uno de los ejercicios de la oposición.
En caso de empate en la puntuación final, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio; en caso de persistir el empate, el orden
se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si se
mantuviera el empate, se atenderá al sexo menos representado en el personal funcionario
de carrera en servicio activo del Cuerpo de Oficiales de Gestión, especialidad Ayudantes
Técnicos Informáticos, del Parlamento de Andalucía. Por último, si aun así persistiese la
igualdad, ésta se dirimirá por sorteo.
7.2. Contra el acuerdo del tribunal por el que se hace público el nombre de la persona
que ha superado el proceso selectivo se podrá interponer recurso de alzada ante la Mesa
del Parlamento de Andalucía, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía, de conformidad
con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Miércoles, 20 de abril de 2022
página 6285/8
8. Presentación de documentos.
8.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación en el Boletín
Oficial del Parlamento de Andalucía del nombre de la persona que ha superado el proceso
selectivo, ésta deberá presentar en el Registro General del Parlamento de Andalucía los
siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de
identidad de extranjero en vigor.
En el supuesto de descendientes de españoles o nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea o de su cónyuge, según lo recogido en la base 2.1.1,
deberán acreditar, además, el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a
expensas o estar a cargo de la persona nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea con la que tengan dicho vínculo.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas habituales del Cuerpo de Oficiales de Gestión, especialidad
Ayudantes Técnicos Informáticos, del Parlamento de Andalucía.
Los aspirantes con discapacidad, cualquiera que sea su grado, estarán exentos
de la presentación de dicho certificado, debiendo presentar certificado emitido por los
órganos competentes en la materia de la Junta de Andalucía u órganos similares de
otras administraciones públicas que acrediten tal condición, que especifique el grado de
discapacidad que padecen y su aptitud para desempeñar las funciones correspondientes
al cuerpo y especialidad a que se aspira.
c) Fotocopia compulsada del título académico oficial exigido para el ingreso en el
cuerpo.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separados, mediante
expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración pública o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial
y no poseer la condición de personal funcionario del Cuerpo de Oficiales de Gestión del
Parlamento de Andalucía, especialidad Ayudantes Técnicos Informáticos, del Parlamento
de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259573
7. Propuesta del tribunal calificador.
7.1. Finalizados los ejercicios de la oposición, el tribunal calificador hará público en el
Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía y en el tablón de anuncios y en la página web
de la Cámara el nombre de la persona que ha superado el proceso selectivo, que será,
en su caso, la persona aspirante que, habiendo superado cada uno de los ejercicios,
haya obtenido la mayor puntuación total, así como las calificaciones de cada uno de los
ejercicios y la puntuación total.
La puntuación total vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas
en cada uno de los ejercicios de la oposición.
En caso de empate en la puntuación final, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio; en caso de persistir el empate, el orden
se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si se
mantuviera el empate, se atenderá al sexo menos representado en el personal funcionario
de carrera en servicio activo del Cuerpo de Oficiales de Gestión, especialidad Ayudantes
Técnicos Informáticos, del Parlamento de Andalucía. Por último, si aun así persistiese la
igualdad, ésta se dirimirá por sorteo.
7.2. Contra el acuerdo del tribunal por el que se hace público el nombre de la persona
que ha superado el proceso selectivo se podrá interponer recurso de alzada ante la Mesa
del Parlamento de Andalucía, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía, de conformidad
con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.