5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/71-82)
Anuncio de 6 de abril de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Almería, por el que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión celebrada el 19 de enero de 2022, por el que se aprueba definitivamente la Innovación (Modificación Puntual núm. 25) del PGOU de Vera (Almería), ámbito del Sector de Suelo Urbano no Consolidado R-16 en los términos establecidos en el apartado 1 del punto primero de la parte dispositiva del referido acuerdo.
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Número 71 - Miércoles, 13 de abril de 2022

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Técnico de la Edificación. La distribución de dichos hidrantes queda reflejada en el plano
correspondiente de Abastecimiento de Agua.
14.1.6. Red de Riego.
Su instalación se ajusta a las exigencias de la CTE-HS-4. Se ha previsto situar bocas
de riego en viales de tal forma que sea accesible a cualquier parte de la calzada con
manguera. El estudio en zonas ajardinadas será objeto del Proyecto de Urbanización
dependiendo del tratamiento que se les dé a dichas zonas.
14.2. Red de saneamiento.
Por su situación, se prevé que el nuevo desarrollo puede conectarse fácilmente a
la red de saneamiento del núcleo urbano interior de Vera, constituida por una red de
colectores y estaciones de bombeo con sobrada capacidad para absorber los vertidos
adicionales generados.
En cuanto a los vertidos generados por el nuevo desarrollo, serán transportados por
la red municipal de colectores hasta la nueva EDAR de Vera, situada en el Paraje del
Embosque, capaz de tratar 12.000 m3/d (73.000 hab. eq) de agua residual.
14.2.1. Criterios de Diseño.
El trazado de la red interior se ha hecho siguiendo los criterios especificados por
Codeur, S.A., el CTE DB-HS 4 y Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para
Tuberías de Saneamiento.
El saneamiento de la urbanización es separativo, de forma que se proyectarán dos
redes de alcantarillado independientes una para la recogida de las aguas pluviales y otra
para las aguas residuales urbanas.
Aguas Residuales:
La red de aguas residuales es íntegramente separativa y continua, adaptando el
trazado en lo posible a la geometría del terreno. Todo el saneamiento irá a un único punto
desde el cual se acometa a conducciones hacia los sistemas de saneamiento generales
del municipio.
Las conducciones de la red se harán por tuberías de PVC UNE 53332 con rigideces
circunferenciales SN-4 y SN-8 para profundidades de zanja inferiores y superiores a
2 metros respectivamente.
El trazado de la red se adapta a la altimetría de la zona de actuación, intentando
aprovechar al máximo la pendiente del terreno de forma que se minimicen la profundidad a la
que se instalen las conducciones, evitándose además la instalación de grupos de elevación.
Se han establecido una pendiente máxima de 10 mm/m y una mínima de 5 mm/m.
Las conducciones se realizarán en tramos rectos que discurrirán bajo la calzada
y por tanto se dispondrán los refuerzos para soportar las sobrepresiones debidas al
tráfico rodado. Se colocarán pozos de registro circulares en las acometidas a la red de
alcantarillado de cada parcela, en los encuentros de distintos conductos, en cambios de
dirección, pendiente o sección.
Todos los elementos de la infraestructura para la acometida a la red pública desde el
Sector R-16.B estarán dimensionados para evacuar a la red la totalidad de caudales de
agua residual que se generen.
La red pública de alcantarillado y estaciones de bombeo de agua existentes por
debajo del punto de conexión se deberá adaptar para que la incorporación de los caudales
generados en el futuro desarrollo no implique alivio de caudales de agua residual al DPH
sin depuración conforme a lo previsto en el R.D. 509/1996.
A fecha de redacción del presente documento, el Ilmo. Ayuntamiento de Vera no tiene
redactada una Ordenanza Municipal de Vertidos, por lo que los vertidos generados por
las posibles actividades que se ubiquen en el sector deberán cumplir lo dispuesto en el
Decreto 109/2015, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Vertidos al
Dominio Público Hidráulico y al Dominio Público Marítimo-Terrestre de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía